CerradaBDNS 921844
Mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de CO2 – 2026
ESTADO · MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO · DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES - ESPAÑA
Finalidad
Industria y Energía
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 30/07/2026
- Fin de solicitudes
- 26/08/2026
- Registro en BDNS
- 28/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 29/07/2026
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Extracto publicado
Primero.- Beneficiarios.Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:a. Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.b. Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de la Orden de convocatoria.c. Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2025, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.Segundo.- Objeto.Compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2025, conforme al Real Decreto 309/2022 de 3 de mayo, y al amparo de lo establecido en la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas.Tercero.- Bases reguladoras.Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030.Cuarto.- Cuantía.La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 600.000.000 euros. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Bases y documentación
Orden de tramitación de urgenciaPublicado 28/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 28/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden de 24 de julio de 2026 por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo.Publicado 29/07/2026Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece mecanismo de compensación costes indirectos para los sectores y subsectores industriales expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.