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Plazo no verificadoBDNS 922944

Bases-convocatòria per a Festivals Artístics a les Terres de Lleida per anualitats, 2025 i 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · FUNDACIÓ PÚBLICA INSTITUT D'ESTUDIS ILERDENCS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES513 - Lleida

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
31/07/2026
Publicación en diario oficial
04/08/2026

Texto oficial de apertura: A las 9,00 horas del dia siguiente a la publicación del extracto en el BOP

Texto oficial de cierre: A las 12,00 horas del vigésimo dia natural del dia siguiente a la publicación del extracto en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS (_____) : De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b i 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las Bases-convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans). Primero. BeneficiariosDe acuerdo con el artículo 7, pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:? Los ayuntamientos de las comarcas de Lleida de menos de 5.000 habitantes, según las cifras oficiales de población resultantes de la última revisión del Padrón Municipal, publicada en el Boletín Oficial del Estado.? Los ayuntamientos de las comarcas de Lleida de más de 5.000 habitantes, únicamente cuando representen a las entidades municipales descentralizadas que les pertenecen.Quedan excluidas, expresamente, las entidades municipales descentralizadas como núcleos agregados sin ayuntamiento propio, que solo podrán participar en esta línea mediante el ayuntamiento al cual pertenecen y no podrán presentar solicitud en nombre propio. También serán excluidas las entidades que no presenten la solicitud con certificado digital de representación y a través del trámite establecido en la Sede Electrónica.Segundo. ObjetoEl objeto de estas bases-convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas del Institut d?Estudis Ilerdencs para la realización de festivales artísticos profesionales durante las anualidades 2025 y 2026.Los festivales artísticos profesionales subvencionables pueden corresponder a las tipologías siguientes:A. Festivales de música.B. Festivales de artes escénicas.C. Festivales de artes visuales.Se entiende por festival el proyecto dedicado a uno o varios ámbitos profesionales de la creación artística que forme una unidad programática, llevado a cabo en un municipio durante un periodo determinado, que no forme parte de la programación regular de un espacio determinado y que tenga unos objetivos claros y definidos.El artículo 3 de las bases-convocatoria concreta los requisitos específicos que deben cumplir los festivales subvencionables en cuanto a la programación mínima, al contenido lingüístico y a las actividades que quedan excluidas.Tercero. Régimen de concesiónDe acuerdo con el artículo 6, el procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva y convocatoria pública. Las subvenciones se conceden mediante la comparación de las solicitudes y la prelación, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el artículo 16, de forma separada para cada anualidad de la convocatoria y con el límite del importe establecido en el artículo 5. Cuarto. Normativa reguladoraEsta convocatoria se aprueba mediante el sistema de bases-convocatoria, de acuerdo con el procedimiento de tramitación simultánea, previsto en las bases generales reguladoras de concesión de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, aprobadas por el Pleno en sesión de 28 de noviembre de 2024 y publicadas en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida, n.º 58, de 25 de marzo de 2025. Asimismo, la presente convocatoria incorpora las bases que establecen las regulaciones particulares de este procedimiento de concesión, de acuerdo con lo que prevé el artículo 23.2.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (art. 1).Quinto. Crédito presupuestario y cuantía de las subvencionesDe acuerdo con el artículo 5, la dotación económica total de la convocatoria es de 300.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 070 334 4620017 - Subv. Ayuntamientos, colaboraciones en festivales de música, distribuida en 80.000,00 € para la anualidad 2025 y 220.000,00 € para la anualidad 2026.De acuerdo con el artículo 8, la subvención tendrá la consideración de importe cierto, se determinará según la puntuación obtenida y las disponibilidades presupuestarias, y no podrá superar el 80% del coste total de la actuación, con un máximo de 12.000,00 € por festival. Se denegarán las solicitudes con un coste inferior a 6.000,00 €.Sexto. Plazo de presentación de solicitudesDe acuerdo con el artículo 13, el plazo de presentación de solicitudes comienza a las 9:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto en el BOP y finaliza a las 12:00 horas del vigésimo día natural a contar desde el día siguiente a dicha publicación.Séptimo. Otros datosI. Ámbito temporal. De acuerdo con el artículo 9, las actuaciones subvencionables se deberán ejecutar dentro de los periodos siguientes:? Para la anualidad 2025: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.? Para la anualidad 2026: del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. En todos los casos, este plazo es improrrogable.II. Gastos subvencionables y no subvencionablesDe acuerdo con el artículo 4, son subvencionables los gastos necesarios para la realización del festival, siempre que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se realicen dentro del plazo establecido y no superen el valor de mercado.Son subvencionables, con el detalle previsto en el artículo 4:? Servicios técnicos, profesionales, infraestructuras y espacios.? Comunicación, publicaciones, publicidad y difusión.? Cachés de grupos y artistas, incluidos los gastos de alojamiento y manutención vinculados a la actuación.? Implementación de medidas de seguridad.No son subvencionables:? Los gastos de funcionamiento ordinario de la entidad.? Las retribuciones del personal trabajador de la entidad.? Los gastos inventariables, como mobiliario, equipación informática, equipación técnica, vehículos o similares.? Los gastos protocolarios, gastronómicos u otros similares.Los gastos presentados para justificar la subvención deberán haber sido realizados y pagados antes de la presentación de la justificación.III. Forma y lugar de presentación de solicitudesLa presentación se realizará a través de la Sede Electrónica del IEI (https://convocatoriapublicacionsiei.diputaciolleida.cat/). La solicitud se deberá presentar mediante formulario normalizado, dirigido a la Presidencia del IEI, disponible en el Catálogo de trámites de la Sede Electrónica de acuerdo con el detalle que establece el artículo 12.IV. Criterios de valoración de las solicitudesDe acuerdo con el artículo 16, la Comisión de Valoración comprobará la adecuación del proyecto cultural a los objetivos y finalidades descritos en el artículo 3 y valorará las solicitudes sobre un máximo de 100 puntos, de acuerdo con el detalle y la ponderación establecidos en el mismo artículo, repartidos entre los criterios siguientes:? Calidad e interés del proyecto: hasta 40 puntos.? Adecuación del proyecto: hasta 15 puntos.? Integración de valores, como la participación ciudadana, la sostenibilidad ambiental, la inclusión, la accesibilidad y el diálogo intercultural: hasta 10 puntos.? Transversalidad del proyecto: hasta 10 puntos.? Viabilidad económica: hasta 10 puntos.? Plan de comunicación de las actividades del proyecto: hasta 10 puntos.? Antigüedad del festival: hasta 5 puntos.Se establece una puntuación mínima de 60 puntos para que se pueda conceder la ayuda.V. Plazo de resolución y notificaciónEl plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de seis meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes (art. 17).La notificación no se hará de manera individual, sino a través del BOP y de la página web del IEI.VI. Publicación de los acuerdos de concesión de las subvencionesLas subvenciones otorgadas se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida, en la Sede Electrónica de la Diputación de Lleida y en el Portal de Transparencia de la Diputación de Lleida, de acuerdo con el artículo 19. Asimismo, el acuerdo de concesión se publicará en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida con indicación de los datos previstos en el artículo 18 y en el Portal de Transparencia, de acuerdo con el artículo 27.VII. Justificación de la ejecución de la actuación: documentación y plazoDe acuerdo con el artículo 23, las actuaciones subvencionadas se deberán justificar en los plazos siguientes:? Anualidad 2025: dos meses desde la notificación de la concesión de la ayuda.? Anualidad 2026: hasta el 31 de marzo de 2027.En todos los casos, el plazo es improrrogable.De acuerdo con el artículo 24, la justificación se deberá presentar a través de la Sede Electrónica del IEI, mediante certificación de funcionario público habilitado, y tendrá que incluir:? Una memoria final detallada de la actuación, con las actividades realizadas, los objetivos y finalidades logrados y los resultados obtenidos.? Una memoria económica justificativa del coste total, con la relación de gastos y la financiación de la actuación.El importe a justificar será, como mínimo, el presupuesto de la actuación determinado en el acuerdo de concesión.VIII. PublicidadLa convocatoria se publicará en el Butlletí Oficial de la Província de Lleida en forma de extracto, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que publicará su texto íntegro en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones, así como en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación de Lleid (art. 11 y 27).?

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Acuerdo del Consejo Rector del Institut d¿Estudis Ilerdencs de la Diputación de Lleida, número 5/26, de 16 de julio de 2026, por el que se convocan las subvenciones a ayuntamientos destinadas a financiar festivales artísticos en las Terres de Lleida para las anualidades 2025 y 2026Publicado 04/08/2026Bases generals reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i els seus organismes autònoms (CONCURRÈNCIA COMPETITIVA)