Plazo no verificadoBDNS 922958
RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2026, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la cual se convocan subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesidades educativas especiales, escolari
AUTONOMICA · COMUNITAT VALENCIANA · SECRETARÍA AUTONÓMICA DE EDUCACIÓN
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 01/09/2026
- Fin de solicitudes
- 12/09/2026
- Registro en BDNS
- 31/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 31/08/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3b y 20.8a de la Ley 38/2023, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones: .
Así mismo, se encuentra disponible en la dirección web: https://ovice.gva.es/
Primero. Objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria
1. La convocatoria tiene como objeto regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas para subvencionar los gastos generados por la adquisición de productos de apoyo no informáticos, adaptaciones para la comunicación y mobiliario y adaptaciones, para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2026.
2. Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos privados concertados y los centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat (en adelante, centros sostenidos con fondos públicos de titularidad diferente de la Generalitat), que imparten enseñanzas no universitarias a partir de segundo ciclo de educación infantil.
Segundo. Bases reguladoras
Orden 3/2023, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros educativos privados concertados y en centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat. (DOGV 9695, 02.10.2023)
Tercero. Dotación presupuestaria
1. El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de la presente convocatoria asciende a 85.000,00 euros.
2. La cantidad mencionada se financiará a cargo de la línea S1562 «Adquisición productos de apoyo para el alumnado con necesidades educativas especiales de centros educativos sostenidos con fondos públicos», perteneciente al Capítulo VII, del subprograma 422H00, de los presupuestos de la Generalitat del ejercicio 2026.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 hasta el 12 de septiembre de 2026. El incumplimiento de este plazo determinará la no admisión de la solicitud.
Así mismo, se encuentra disponible en la dirección web: https://ovice.gva.es/
Primero. Objeto y ámbito de aplicación de la convocatoria
1. La convocatoria tiene como objeto regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas para subvencionar los gastos generados por la adquisición de productos de apoyo no informáticos, adaptaciones para la comunicación y mobiliario y adaptaciones, para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en la Comunitat Valenciana, durante el ejercicio 2026.
2. Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos privados concertados y los centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat (en adelante, centros sostenidos con fondos públicos de titularidad diferente de la Generalitat), que imparten enseñanzas no universitarias a partir de segundo ciclo de educación infantil.
Segundo. Bases reguladoras
Orden 3/2023, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros educativos privados concertados y en centros públicos de titularidad diferente de la Generalitat. (DOGV 9695, 02.10.2023)
Tercero. Dotación presupuestaria
1. El importe global máximo de las ayudas a conceder derivadas de la presente convocatoria asciende a 85.000,00 euros.
2. La cantidad mencionada se financiará a cargo de la línea S1562 «Adquisición productos de apoyo para el alumnado con necesidades educativas especiales de centros educativos sostenidos con fondos públicos», perteneciente al Capítulo VII, del subprograma 422H00, de los presupuestos de la Generalitat del ejercicio 2026.
Cuarto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 hasta el 12 de septiembre de 2026. El incumplimiento de este plazo determinará la no admisión de la solicitud.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 25/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 25/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2026, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la cual se convocan subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesidades educativas especiales, escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos de titularidad distinta de la Generalitat, para el ejercicio 2026.Publicado 31/08/2026ORDEN 3/2023, de 27 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de productos de apoyo no informáticos para el alumnado con necesiInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.