Plazo no verificadoBDNS 922972
Subvención 2026 para la financiación de programas de interés general, con cargo a la asignación general del 0,7% del IRPF, según Resolución de 15 de julio de 2026 que la convoca
AUTONOMICA · EXTREMADURA · DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 00:25 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 31/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 05/08/2026
Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN
Texto oficial de cierre: DIEZ DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN A LA CONVOCATORIA
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presenteDOE.Primero. Beneficiarias.Podrán obtener la condición de beneficiarias de estas subvenciones, lasentidades del Tercer Sector de Acción Social definidas en el artículo 2de la Ley 10/2018,de 22 de noviembre, del Tercer Sector Social deExtremadura, la Cruz Roja Española, así como las contempladas en elartículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre del Tercer Sector Socialde Acción Social, siempre que reúnan los requisitos establecidos en elartículo 4.1 del Decreto 142/2024, de 12 de Noviembre, (DOE nº 229 de 25de noviembre) por el que se establecen las bases reguladora desubvenciones para la financiación de programas de interés general paraatender fines de interés social, con cargo a la asignación tributariadel 0.7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobreSociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura. Quedan excluidas de estas subvenciones los organismos o entidades dederecho público adscritos o vinculados a una administración pública, lasuniversidades, los partidos políticos y las fundaciones de ellosdependientes, los colegios profesionales, las cámaras oficiales decomercio, industria y navegación, las sociedades civiles, lasorganizaciones empresariales y los sindicatos, así como otras entidadescon análogos fines específicos y naturaleza que los citadosanteriormente.Segundo. Objeto.La financiación, total o parcial, de programas de interés general paraatender fines de interés social, con cargo a la asignación tributariadel 0,7% de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobreSociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 142/2024 de 12 de noviembre (DOE nº 229 de 25 de noviembre), porel que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para lafinanciación de programas de interés general para atender fines deinterés social, con cargo a la asignación tributaria del 0.7% de losImpuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades agestionar por la Comunidad Autónoma de Extremadura.Cuarto. Cuantía.La cuantía total máxima de la convocatoria destinada a la financiaciónde programas de interés general es de nueve millones doscientoscincuenta y dos mil noventa y nueve euros (9.252.099,00€), con cargo ala aplicación presupuestaria 110030000/G/252B/48000/TE25005001/20170098proyecto de gasto denominado “Programas de Interés General. AsignaciónTributaria 0,7 % IRPF y sobre Sociedades” de la Ley 1/2024, de 5 defebrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma deExtremadura para el año 2024, prorrogados para el año 2026.La cuantía individualizada de subvención a conceder se determinaráconforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 142/2024, de 12 denoviembre. No obstante, la cuantía individualizada máxima a concederpara la financiación de un programa de interés general será del 2,5% delos créditos fijados en la convocatoria y para una misma entidad, conindependencia de los programas de interés general que presente, será del5,5% de los créditos fijados en la convocatoria.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contadosa partir del día siguiente al de la publicación de la presenteresolución y de su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.Sexto. Otros datos.El procedimiento de concesión de las subvenciones es el de concurrenciacompetitiva y convocatoria pública periódica.
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 31/07/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Resolución del Secretario General por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general para atender a fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre Sociedades a gestionar por la Comunidad Autónoma, 2026Publicado 05/08/2026Decreto 142/2024, de 12 de noviembre, de bases reguladoras de subvenciones para la financiación de programas de interés general para fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7% de los Impuestos IRPF e IS a gestionar por CA ExtreInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.