¿A quién se dirige?
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES43 - EXTREMADURA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 31/07/2026
- Publicación en diario oficial
- 06/08/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de la publicación de la Resolución de la Convocatoria en el DOE
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde el siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOE
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de las ayudas del Fondo de Cooperación para las MancomunidadesIntegrales de Municipios de Extremadura correspondiente a laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de DatosNacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y enel presente DOE.Primero. Convocatoria.Se convocan las ayudas del Fondo de Cooperación para las MancomunidadesIntegrales de Municipios de Extremadura para 2026.Segundo. Objeto.La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas aconceder con cargo al Fondo de Cooperación para las MancomunidadesIntegrales de Municipios en Extremadura, cuya finalidad es la decooperar en el sostenimiento de las mismas, potenciando su desarrollointegral en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma deExtremadura, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas medianteDecreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio.A estos efectos, se entenderá por desarrollo integral de lasmancomunidades de municipios de Extremadura aquel orientado a larealización de obras y prestación de servicios que sean necesarios paraque las entidades locales que las integran puedan ejercer lascompetencias y prestar los servicios previstos en el artículo 15 de laLey 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal deExtremadura, y los enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, exigiendo quesu prestación se lleve a cabo mediante gestión directa.Tercero. Mancomunidades beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta resolución,las mancomunidades de municipios que, cumpliendo con los requisitosprevistos en el Decreto 10/2021, de 17 de marzo, por el que seestablecen determinados requisitos mínimos para la calificación comointegral de una mancomunidad de municipios de la Comunidad Autónoma deExtremadura, se encuentren calificadas como integrales por laPresidencia de la Junta de Extremadura a la fecha de finalización delplazo de presentación de solicitudes de las ayudas y reúnan, asimismo,los requisitos establecidos en el artículo 2.2 del Decreto delPresidente 39/2021, de 16 de julio.Cuarto. Bases reguladoras.Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulanlas bases para la distribución delFondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios deExtremadura (DOE nº 138, de 20 de julio).Quinto. Cuantía.El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperaciónpara las Mancomunidades Integrales que en este ejercicio asciende a dosmillones quinientos noventa mil trescientos treinta y dos euros(2.590.332,00 €) se distribuirá entre las solicitudes presentadas yconforme a los criterios previstos en el resuelvo SEXTO de la resoluciónde concesión. Este importe se distribuye en gastos corrientes con cargoa la aplicación presupuestaria 220060000/G/115B/46000 TA11001003 yprograma de financiación 20080173 por cuantía de dos millones doscientosnoventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332,00 €), einversiones, con cargo a la aplicación presupuestaria220060000/G/115B/76000 TA11001003 y programa de financiación 20080173,por cuantía de trescientos mil euros (300.000,00 €), con cargo a losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para2024, prorrogados durante el ejercicio 2026, hasta, en su caso, laaprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de laComunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, de acuerdo con loestablecido en la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijancondiciones y criterios de aplicación de la referida prórroga (DOE nº243, de 18 de diciembre de 2025).El importe se encuentra cofinanciado con las aportaciones de lasDiputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, mediante convenio decooperación suscrito al efecto con fecha 24 de septiembre de 2024 enmateria de Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.Ninguna mancomunidad integral podrá ser beneficiaria de ayudas quesuperen el 10 por 100 de la totalidad del importe consignado anualmenteen los presupuestos para el Fondo de Cooperación para MancomunidadesIntegrales de Municipios de Extremadura.Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partirdel día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoriay del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, a través deSede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto deAcceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica:https://www.juntaex.es/w/0620122