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Plazo no verificadoBDNS 923086

Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 27 de julio de 2027, relativo a la aprobación de las bases y convocatoria de las ayudas de minimis de «Bonos producto local» y «Bonos Menorca»

LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MENORCA · CONSELL INSULAR DE MENORCA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:03 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES533 - Menorca

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
10/08/2026
Fin de solicitudes
23/10/2026
Registro en BDNS
31/07/2026
Publicación en diario oficial
06/08/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. BeneficiariosPueden ser beneficiarias de estas ayudas de minimis las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar. Además, tienen que ser establecimientos con sede o razón social ubicada en Menorca y tienen que estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Estado, así como no tener deudas pendientes con el Consejo Insular de Menorca.Igualmente, se entienden como beneficiarias indirectas las personas físicas, que tengan dieciséis años o más y accedan a los bonos a través de los establecimientos adheridos a la campaña.Además, cada línea tiene que cumplir los siguientes requisitos:A) L1. Bonos de producto localLos beneficiarios tienen que ser titulares de explotaciones agrarias; puntos que formen parte de la red de venta directa de las Illes Balears con establecimiento ubicado en Menorca; puntos de primera venta, lonjas o centros de expedición de productos de pesca, el marisqueo o la acuicultura; cooperativas agrarias y agroalimentarias; asociaciones o agrupaciones de productores; otros puntos de venta, itinerantes o permanentes en que los productores o elaboradores comercialicen sus productos, e instalaciones de la industria alimentaria ubicadas en Menorca.B) L2. Bonos Menorca1. Los beneficiarios tienen que ser titulares de microempresas o de pequeñas empresas del sector del comercio o de determinadas empresas de servicios. Se considera pequeña empresa la que tiene, en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud de subvención, menos de 50 trabajadores y un volumen de negocio anual o un balance general que no supere los 10 millones de euros. Se considera microempresa la que tiene menos de diez trabajadores y un volumen de negocio o un balance general que no supere los dos millones de euros.2. Tienen que ejercer, en el momento de la publicación de la convocatoria correspondiente, alguna de las actividades incluidas en los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) (impuesto regulado por los Reales decretos legislativos 1175/1990, de 28 de septiembre, y 1259/1991, de 2 de agosto), que se detallan en el anexo III de las bases.Segundo. ObjetoPromocionar los productos agroalimentarios autóctonos, estimular el pequeño comercio local y apoyar al sector industrial y pesquero.Tercero. Bases reguladorasEsta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de día 27 de julio de 2026.Cuarto. CuantíaEl importe global máximo de la convocatoria es de 200.000 € (dos cientos mil euros).Los créditos presupuestarios máximos asignados son:L1. Bonos producto local                      L2. Bonos Menorca                80.000 €                                       120.000 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de las solicitudes para adherirse a cada una de las campañas es:— L1. Bonos producto local: desde el 10 de agosto al 11 de septiembre de 2026, ambos incluidos.— L2. Bonos Menorca: desde el 1 de octubre al 23 de octubre de 2026, ambos incluidos.Sexto. Otros datosLas campañas de ventas bonificadas se desarrollarán durante los periodos siguientes:— L1. Bonos producto local: desde el 21 de septiembre hasta el 25 de octubre de 2026, ambos incluidos.— L2. Bonos Menorca: desde el 26 de octubre hasta el 21 de noviembre de 2026, ambos incluidos.La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca actuará como entidad colaboradora para la gestión material y la distribución de los fondos subvencionables derivados del canje de los bonos, así como para comprobar y verificar las operaciones de compra realizadas, de acuerdo con las condiciones y los requisitos establecidos en esta convocatoria y en las bases reguladorasLas ayudas concedidas en el marco de estas bases tienen la consideración de ayudas de Estado sujetas al régimen de minimis

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 01/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 01/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 27 de julio de 2026, relativo a las bases y convocatoria de las ayudas de minimis de «Bonos producto local» y «Bonos Menorca» (exp. 3318-2026-000001)Publicado 06/08/2026Bases de las ayudas de minimis de «Bonos producto local» y «Bonos Menorca»