Plazo no verificadoBDNS 923485
"VI PREMIS A L’ÚS DEL VALENCIÀ EN EL COMERÇ LOCAL DE L’AJUNTAMENT DE MASSAMAGRELL", 2026
LOCAL · MASSAMAGRELL · AYUNTAMIENTO DE MASSAMAGRELL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:03 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 04/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 13/08/2026
Texto oficial de apertura: endemà de la publicació de l'extracte en el BOP
Texto oficial de cierre: 15 dies hàbils des de la publicació de l'extracte de la convocatòria en el BOP
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Extracto publicado
Extracto de la convocatoria y de las bases aprobadas por Decreto n.º 2026-0939 de fecha 03/08/2026 para la concesión de los VI Premios al uso del valenciano en el comercio local del Ayuntamiento de Massamagrell, 2026, por el procedimiento de concurrencia competitiva (Exp.: 1606/2026).De conformidad con aquello que se prevé en los artículos 17.3 y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ayuntamiento de Massamagrell.Primero. Beneficiarios y requisitosPueden solicitar esta subvención aquellas personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que llevan a cabo actividades económicas y que cumplan los requisitos siguientes:a) Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma o empresa que esté dada de alta a 31 de diciembre de 2025.b) Que esté dada de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente y en Hacienda y, así mismo, contar con el título habilitando (autorización, licencia o comunicación ambiental) que permita la apertura y el funcionamiento de acuerdo con la *legislación ambiental en el momento de la presentación de la instancia.c) Acreditar el mantenimiento de la actividad en el momento de la solicitud de la ayuda.b) Que la actividad de que se trate se realice en el municipio de Massamagrell.d) No encontrarse incursa en ninguno de las circunstancias recogidas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). El requisito de encontrar- se al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social previsto en el arte. 171 de la Ley 1/2015, de la Generalitat, podrá acreditarse mediante una declaración responsable de la persona beneficiaria.e) No tener ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Massamagrell.Las personas beneficiarias no podrán incurrir en ninguno de las prohibiciones indicadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.Según el artículo 28 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo, el Ayuntamiento de Massamagrell puede consultar directamente los datos de estar al corriente de las obligaciones con la AEAT, TGSS y otras administraciones. En caso de que lo o la solicitante no deseo otorgar el consentimiento para la consulta, lo tiene que marcar expresamente en la solicitud normalizada y comprometerse a aportar los datos y la documentación correspondiente.Segundo. Objeto y finalidadLa finalidad de estas bases y convocatoria es regular la concesión de los premios que convoca el área de Normalització Lingüística del Ayuntamiento de Massamagrell, a través de la Agencia de Promoción del Valenciano (AVIVA Massamagrell) entre las empresas, los comercios y servicios del municipio.El Ayuntamiento de Massamagrell tiene, entre los suyo objetivos, el de contribuir a la promoción del uso del valenciano en el sector del comercio. Es por eso que, en el marco de su trayectoria a favor de la normalización lingüística del valenciano en el sector socioeconómico, quiere premiar los establecimientos o empresas comerciales que hayan destacado en la promoción del valenciano.Todo el que no se especifique en estas bases queda establecido por la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Massamagrell, aprobada por el Pleno el 23 de febrero de 2022, y por la normativa vigente en materia de subvenciones.Tercero. Convocatoria y bases específicasLa convocatoria y las bases reguladoras específicas de la concesión de estas subvenciones se contienen en el Decreto 2026-0939 de fecha 03/08/2026. Los criterios de valoración serán los mismos que se establecen en esta *convocatoria.Cuarto. CantidadSe otorgarán tres premios por modalidad, y serán los siguientes:Modalidad A: 1.º premio: 1.000 €; 2.º premio: 600 €; 3.º premio: 400 €Modalidad B: 1.º premio: 1.000 €, 2.º premio: 600 €, 3.º premio: 400 €La totalidad por los 6 premios de las dos modalidades no podrá superar la cantidad estipulada de 4.000 €. Se prevé que si hay algún premio que queda desierto en alguna modalidad, se destine a dotar un premio mas en la otra modalidad. En caso de que este sobrante no se pueda destinar a otro premio, el premio de que se trate quedará desierto.La concesión y el pago de las ayudas se publicará también en la BDNS.Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. Documentos a anexarLas solicitudes se formularán mediante el modelo que consta como Anexo Y de esta convocatoria. Se remitirán a la Alcaldía del Ayuntamiento, y se presentarán por registro de entrada del Ayuntamiento de Massamagrell en horario de 9.00 a 13.00 h, o por cualquier de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPV.En la solicitud se indicará la modalidad del premio a la cual optan, y tendrán que presentar la documentación necesaria para acreditar ante la Comisión de valoración los méritos que crean oportunos para el *obtenció del premio.Para més *informació, tendrán que ponerse en contacto con el Gabinete de Normalización Lingüística-Aviva Massamagrell a través del correo oficinamunicipaldelbarri@massamagrell.es o por teléfono: 607.952.387DOCUMENTACIÓN A ANEXAR:1.- Solicitud rellenada con las declaraciones firmadas de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como de cumplir con los requisitos de la convocatoria (ANEXO Y).2.- Certificado actualizado de la situación censal que indique la actividad económica, con fecha de alta y domicilio del local de desarrollo de la actividad.3.- Fotocopia del DNI/NIE o pasaporte de la persona solicitante y mantenimiento de terceros o certificado de la entidad financiera o banca electrónica o fotocopia de la cuenta corriente.4.- Dosier explicativo de la actividad en valenciano (se pueden anexar los documentos, imágenes y capturas que se crean necesarios para demostrar el uso del valenciano en las diferentes acciones o actividades).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 04/08/2026Descargar archivo oficial · BDNS"VI PREMIS A L’ÚS DEL VALENCIÀ EN EL COMERÇ LOCAL DE L’AJUNTAMENT DE MASSAMAGRELL", 2026Publicado 13/08/2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.