encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 923522

Bases que han de regir la convocatoria de subvenciones en materia de promoción y fomento de la Cultura para Asociaciones y Entidades sin ánimo de lucro año 2026

LOCAL · COMARCA DE COMUNIDAD DE CALATAYUD · COMARCA DE COMUNIDAD DE CALATAYUD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:04 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES24 - ARAGON

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
04/08/2026
Fin de solicitudes
10/09/2026
Registro en BDNS
04/08/2026
Publicación en diario oficial
11/08/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

EXTRACTO de la resolución de 23 de julio de 2026 por la que se convocan subvenciones a entidades culturales sin ánimo de lucro de la Comarca de la Comunidad de Calatayud para la promoción y fomento de la Cultura en el ejercicio 2026.  De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/839684)Primero. — Beneficiarios.Asociaciones y demás entidades culturales de carácter privado, sin ánimo delucro, con personalidad jurídica propia, que a la fecha de la solicitud reúnan los siguientesrequisitos:—Estar legalmente constituidas/poseer código de identificación fiscal.—Tener reflejado en sus estatutos, entre sus fines, el correspondiente a «promocióny difusión de la Cultura».—Estar inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma de Aragón.—Poseer su domicilio social en algún municipio de la Comarca Comunidad deCalatayud.—Cumplir con la totalidad de requisitos establecidos en el artículo 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones.No podrán ser beneficiarias de las subvenciones en la presente convocatoria aquellas asociaciones y entidades mencionadas en el párrafo anterior cuando hayan suscrito convenios de colaboración con aportación económica con la Comarca Comunidad de Calatayud en alguna de las materias subvencionables por esta convocatoria.Segundo. — Objeto.El objeto de la presente convocatoria de la Comarca de la Comunidad de Calatayud es regular la concesión de ayudas a las entidades sin ánimo de lucro cuyo domicilio social se encuentre radicado en alguno de los municipios integrantes de la Comarca, subvencionando aquellos programas o actividades que tengan por objeto incentivar la realización de proyectos específicos de actividades relativas a cultura tradicional y costumbres, intercambios y certámenes culturales, encuentros culturales, artes plásticas, publicaciones, música tradicional, teatro, imagen y en general todos aquellos programas que impliquen colaboración, intercomunicación y fomento de la cultura.Tercero. — Bases reguladoras.La presente convocatoria se realiza con sujeción a lo dispuesto en la Ordenanza General por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Comarca de la Comunidad de Calatayud (BOPZ núm. 146, de 28 de junio de 2016), bases de ejecución del presupuesto de la entidad comarcal para el ejercicio 2025 y acuerdo de Consejo Comarcal de 29 de mayo de 2025.Cuarto. — Cuantía.El crédito para esta convocatoria asciende a la cantidad de 15.000 euros, que se aplicarán con cargo a los presupuestos del 2026, aplicación presupuestaria 3-330-48000 del presupuesto comarcal 2026, más modificaciones presupuestarias que incrementen dicha cantidad antes de la resolución definitiva.Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a estas ayudas será de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ. El texto completo podrá consultarse en la página web de la Base Nacional de Subvenciones del Ministerio de Hacienda y AdministracionesPúblicas (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).Las solicitudes serán dirigidas al señor presidente de la Comarca de la Comunidad de Calatayud mediante su presentación en el Registro Electrónico de la Comarca Comunidad de Calatayud, tal y como se establece en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Entidades Públicas.Calatayud, a 4 de agosto de 2026. — El presidente, José Ignacio Marcuello Casorrán.

Bases y documentación

Anexos Bases Asociaciones Cultura 2026Publicado 05/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 05/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA CULTURA PARA ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO AÑO 2026.Publicado 11/08/2026