Plazos, con su contexto.
La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 05/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 07/08/2026
Texto oficial de apertura: 30 DIAS NATURALES A CONTAR DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOP LAS PALMAS
Texto oficial de cierre: FINALIZADOS LOS 30 DÍAS NATURALES DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOP LAS PALMAS
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Extracto publicado
1. OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN Las subvenciones tienen por finalidad la promoción y desarrollo de personas y comunidades de países en desarrollo, a través del procedimiento de concurrencia competitiva y conforme a los principios de igualdad y no discriminación, eficiencia y eficacia, publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad. Podrán ser objeto de subvención las acciones orientadas a:a) Contribuir a la satisfacción de las necesidades básicas de la población de los países empobrecidos. Se entenderán como necesidades básicas las relacionadas prioritariamente con la alimentación, vivienda, salud, educación, atención social y erradicación de la pobreza.b) Estas acciones o proyectos estarán orientados a contribuir al autoabastecimiento de las necesidades básicas en aquellas zonas más necesitadas de los países en vías de desarrollo, a impulsar el autodesarrollo de los pueblos indígenas y a asegurar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso a los recursos, incorporándose la perspectiva de género en los proyectos a ejecutar.c) Impulsar, desarrollar y ejecutar acciones de desarrollo local sostenible. Se consideran como acciones de desarrollo local sostenible las que están orientadas a impulsar, desarrollar y ejecutar iniciativas de desarrollo, sostenibilidad y atención integral de las necesidades socioeconómicas de la comunidad destinataria, por medio de la ejecución de infraestructuras y equipamientos para la preservación de servicios básicos. Estas acciones o proyectos serán orientados a contribuir a estrechar las relaciones del Ayuntamiento de Arucas con las corporaciones locales de los países en vías de desarrollo, a apoyar y contribuir a financiar proyectos o programas de desarrollo local sostenible, a propiciar la participación de los pueblos o comunidades afectadas y a atender a la potenciación de los recursos naturales, humanos y técnicos imprescindibles en cualquier proceso de desarrollo sostenible y de planeamiento estratégico.d) Ejecutar acciones de sensibilización, información y educación para el desarrollo. Se entiende por acciones de sensibilización, información y educación para el desarrollo las que, ejecutadas en nuestra comunidad autónoma, estén destinadas a fomentar el espíritu de solidaridad, las que den a conocer la problemática de los países en vías de desarrollo. Las que estimulen la participación comprometida de todos los ciudadanos en las tareas de cooperación internacional y el desarrollo de los pueblos, así como la información y extensión de las iniciativas de un comercio justo y responsable.e) Llevar a cabo acciones de ayuda humanitaria y de emergencia. Se entiende por acciones de ayuda humanitaria y de emergencia las que se hayan de ejecutar con carácter de urgencia, en razón de situaciones de emergencia, catástrofes naturales, conflictos bélicos o sus efectos, desabastecimiento de materias primas básicas o calamidades de cualquier naturaleza. Estas acciones estarán orientadas a prevenir y paliar en lo posible el sufrimiento humano, a salvar y preservar vidas humanas, a suministrar asistencia y socorro a las poblaciones afectadas, a contribuir a la financiación del transporte y de las acciones logísticas necesarias para la entrega de la ayuda, a hacer frente a las consecuencias de los desplazamientos de las poblaciones, a apoyar la ejecución de acciones civiles de protección a favor de las víctimas y de la población más vulnerable.2. BASES REGULADORAS Con arreglo a lo establecido en la Ordenanza Específica para la concesión de subvención a proyectos de cooperación al desarrollo de países empobrecidos, publicada en el BOP de Las Palmas Nº 109, de 22 de agosto de 2008 y que pueden consultarse en la web del Excmo. Ayuntamiento de Arucas (www.arucas.org) y en la web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/convoctoria/923570).3. BENEFICIARIOS Las entidades solicitantes tendrán que cumplir los siguientes requisitos: - Estar legalmente constituida. - Estar inscrito en el Registro de la Agencia Española de Cooperación Internacional o en los registros de asociaciones creados en las Comunidades Autónomas. - Carecer de ánimo de lucro. - Gozar de capacidad jurídica. - Indicar expresamente en sus estatutos que entre sus objetivos se encuentran la realización de proyectos orientados al desarrollo social y económico de países en vía de desarrollo. - En caso de haber recibido subvenciones con anterioridad por parte de este Ayuntamiento, deberán haber presentado las memorias finales técnicas y financieras del proyecto de referencia, con expresa justificación de los gastos correspondientes, a excepción de las subvenciones destinadas a proyectos que se encuentren en fase de ejecución. En este caso deberá haber cumplido los compromisos de emitir los informes parciales pertinentes. - No estar inmersa en procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o procedimiento sancionador incoado por incumplimiento de las normas previstas condicionantes para ejecutar los proyectos, por parte de este Ayuntamiento. - Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia en cooperación y capacidad operativa necesaria para ello. - Acreditar documentalmente mediante originales o fotocopias compulsadas que están al corriente de las obligaciones fiscales y de la seguridad social, según lo dispuesto en la normativa vigente. 4. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS La dotación presupuestaria de la presente convocatoria contará con un importe de QUINCE MIL QUINIENTOS EUROS (15.500,00 €): DIEZ MIL EUROS (10.000,00 €) con cargo a aplicación presupuestaria 03/2312/48914 convocatoria de subvenciones a las ONG´s para proyectos de ayuda humanitaria, y CINCO MIL QUINIENTOS EUROS (5.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 03/2312/78900 convocatoria de subvenciones a las ONG´s para proyectos de inversión.5. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes se presentarán en el Registro Municipal o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de TREINTA DÍAS (30 días) NATURALES desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES La solicitud, dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Arucas, se presentará por sede electrónica, según lo señalado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todos los requisitos y anexos de la presente convocatoria por concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo de países empobrecidos 2026, pueden consultarse en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Arucas (www.arucas.org) y en la web de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/convoctoria/923570).