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Abierta (plazo verificado)BDNS 924057

Bonos de compra en establecimientos comerciales, hosteleros y de servicios de Eskoriatza 2026

LOCAL · ESKORIATZA · AYUNTAMIENTO DE ESKORIATZA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:15 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICAPYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES212 - Gipuzkoa

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
01/09/2026
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
07/08/2026
Publicación en diario oficial
18/08/2026

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Extracto publicado

bases de los bonos de compra “Eskoriatza Bizirik” PREÁMBULOEl Ayuntamiento de Eskoriatza, en el marco de sus políticas de impulso al desarrollo económico local y de apoyo al comercio, la hostelería y los servicios del municipio, pone en marcha la campaña de bonos de compra “Eskoriatza Bizirik”, con el objetivo de fomentar el consumo en los establecimientos locales, dinamizar la actividad económica y fortalecer el tejido comercial y social del municipio.A través de esta iniciativa se pretende incentivar las compras y el consumo en los establecimientos adheridos, promoviendo al mismo tiempo hábitos de consumo de proximidad y contribuyendo a la sostenibilidad económica de los pequeños negocios de Eskoriatza. Asimismo, la campaña busca reforzar la relación entre la ciudadanía y el comercio local, favoreciendo la generación de riqueza y empleo en el municipio.La convocatoria se configura como una medida de interés público orientada a apoyar al comercio, la hostelería y los servicios de proximidad mediante un sistema de bonos subvencionados por el Ayuntamiento, que permitirá a las personas empadronadas en Eskoriatza acceder a productos y servicios en condiciones ventajosas, al tiempo que se impulsa la actividad económica local.En ejercicio de las competencias municipales en materia de desarrollo económico y social local, y de conformidad con la normativa vigente en materia de subvenciones, el Ayuntamiento aprueba las presentes bases reguladoras de la campaña de bonos de compra “Eskoriatza Bizirik” para el ejercicio 2026.1. ObjetivoLa convocatoria tiene por objeto regular las bases de los bonos de compra destinados a la adquisición de bienes y servicios de consumo, así como las condiciones que deberán cumplir los establecimientos adheridos a la iniciativa para participar en la misma.2. Régimen jurídicoLa convocatoria se ajusta a la siguiente normativa:Ordenanza Municipal reguladora del régimen de concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Eskoriatza.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. 18-11-2003) y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi; en particular, su artículo 17.25, que recoge como competencia propia de los municipios el “desarrollo económico y social local y políticas o planes locales de empleo”.En todo lo no previsto por esta normativa, será de aplicación la Ley 38/2003 y la legislación vigente de subvenciones.3. Crédito presupuestarioLa consignación presupuestaria será de quince mil euros (15.000,00 €) y se financiará, en 2026, con cargo a la partida presupuestaria 0100.480.431.00.01.4. Personas beneficiariasLas personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos comerciales, hosteleros o de servicios con domicilio social en Eskoriatza (excluyéndose los establecimientos de lotería, otros juegos de azar, farmacias y estancos).Las personas empadronadas en Eskoriatza que utilicen los bonos para adquirir bienes o servicios en establecimientos de Eskoriatza.5. Requisitos de los beneficiariosPara establecimientos: Que la actividad principal consista en la venta directa al público de productos o servicios de consumo; estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social y con Hacienda; no tener deudas con el Ayuntamiento de Eskoriatza.Para particulares: Estar empadronados en Eskoriatza y ser mayores de edad.6. Gastos subvencionablesA efectos de esta convocatoria, se considerarán subvencionables las compras realizadas en cualquiera de los establecimientos de Eskoriatza recogidos en el artículo 10 de estas bases.7. Cuantía de las subvencionesCada bono de compra tendrá un valor de 30 € (desglosado en seis bonos de 5 €), y cada beneficiario lo adquirirá por 15 €; de este modo, podrá obtener productos o servicios por valor de 30 €. El Ayuntamiento asumirá la diferencia de 15 € por bono.8. Obligaciones de los comercios participantesAl realizar la venta, los comercios deberán adjuntar los bonos recibidos al ticket correspondiente.Rellenar el impreso de liquidación; en él se relacionarán los bonos correspondientes a cada ticket presentado e indicará la suma total de los bonos entregados.Entregar el impreso de liquidación, junto con los tickets y los bonos, en un sobre cerrado en el registro municipal.El importe de la venta no podrá ser inferior al valor total de los bonos.En cuanto a la política de devolución de las compras realizadas con bonos: cada comercio decidirá cuándo y cómo proceder con las devoluciones. En todo caso, las opciones serán:Sustituir el producto o servicio por otro de igual valor en el mismo establecimiento donde se realizó la compra con bonos.Abonar en efectivo el importe del ticket de compra; en este caso, se deberá comunicar la anulación de los bonos de compra y devolver al Ayuntamiento la cantidad recibida por dichos bonos.9. Naturaleza de las ayudasLas ayudas que se concedan en el marco de este programa se considerarán subvenciones no reintegrables.10. Comercios adheridosTendrán la consideración de entidades adheridas todos los establecimientos comerciales, de servicios, de hostelería y restauración de Eskoriatza que se inscriban en la campaña “Eskoriatza Bizirik”.Los establecimientos con deudas pendientes con el Ayuntamiento no podrán adherirse.La relación de establecimientos adheridos se publicará en la página web del Ayuntamiento de Eskoriatza para difundir la campaña.No se abonará cantidad alguna a los establecimientos no adheridos.11. Plazos de pago a los establecimientos adheridosEl Ayuntamiento recibirá y analizará las liquidaciones, tickets y bonos presentados por los establecimientos. Salvo que los servicios técnicos detecten alguna incidencia, los pagos se efectuarán en un plazo de dos semanas.Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria.El plazo de presentación de liquidaciones finalizará el 15 de noviembre de 2026.12. Vigencia de las subvenciones y calendario de la campañaCampaña informativa: Se trasladará información sobre la campaña de bonos “Eskoriatza Bizirik” tanto a los comerciantes como a los vecinos.Adhesión: Los establecimientos comerciales, hosteleros y de servicios de Eskoriatza podrán adherirse a la campaña entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre de 2026.Identificación: Los establecimientos adheridos exhibirán un distintivo “Eskoriatza Bizirik” para ser identificados.Venta de bonos: Se venderán en el Ayuntamiento:Del 7 al 10 de septiembre de 2026, de 10:00 a 13:00 y de 17:00 a 19:00.A partir del 11 de septiembre de 2026 (lunes a viernes), de 10:00 a 13:00.Solo se admitirán pagos con tarjeta.Cada persona mayor de edad empadronada en Eskoriatza podrá adquirir un bono; para garantizarlo, deberá facilitar su número de DNI al efectuar la compra.Excepcionalmente, las personas que no puedan comprar su bono en el horario establecido podrán ceder su DNI a otra persona para que lo adquiera en su nombre.Número de bonos: Se emitirán un total de 1.000 bonos.Ámbito de uso: Los bonos “Eskoriatza Bizirik” solo podrán emplearse como forma de pago en los establecimientos adheridos de Eskoriatza.Validez de los bonos: Los bonos podrán utilizarse del 7 de septiembre al 31 de octubre de 2026; transcurrido este plazo quedarán invalidados.Presentación de liquidaciones: Hasta el 15 de noviembre de 2026, los establecimientos adheridos podrán presentar sus liquidaciones en cualquier momento en el registro del Ayuntamiento, en horario de atención al público.13. Inspección e incumplimientosEl Ayuntamiento de Eskoriatza, como responsable del programa, podrá realizar cuantas comprobaciones, inspecciones y controles considere oportunos para asegurar el buen uso de los recursos públicos y la correcta aplicación de este programa de ayudas.En caso de incumplimiento por parte de los establecimientos adheridos, el Ayuntamiento podrá suspender su adhesión al programa de bonos de compra y aplicar las medidas derivadas del incumplimiento.Los establecimientos adheridos están obligados a facilitar toda la información que les requiera el Ayuntamiento de Eskoriatza para fiscalizar el destino de las ayudas.14. Instrucción del expedienteLa instrucción de estas ayudas corresponderá al área de Desarrollo Económico del Ayuntamiento.15. Interpretación de las basesLas dudas que puedan surgir sobre la interpretación de estas bases serán resueltas por el órgano competente para su aprobación, previa emisión de informe, en su caso, por la Comisión Informativa de Desarrollo Económico Sostenible.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 07/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIAPublicado 07/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 07/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES DE LOS BONOS DE COMPRA “ESKORIATZA BIZIRIK”Publicado 18/08/2026BASES DE LOS BONOS DE COMPRA “ESKORIATZA BIZIRIK”