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Plazo no verificadoBDNS 925546

AYUDAS A PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA UNA CIUDADANÍA GLOBAL

AUTONOMICA · LA RIOJA · CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, DEPORTE Y JUVENTUD

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:45 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES230 - La Rioja

Finalidad

Cooperación internacional para el desarrollo y cultural

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
19/09/2026
Fin de solicitudes
14/10/2026
Registro en BDNS
19/08/2026
Publicación en diario oficial
18/09/2026

Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOR

Texto oficial de cierre: 16 días hábiles desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto convocatoria en BOR

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: Entidades beneficiarias. Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro y las agrupaciones, con o sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la citada Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo. Segundo: Objeto. Estas subvenciones están destinadas a financiar la ejecución de proyectos de educación para una ciudadanía global, formación, concienciación, educación investigación para el desarrollo, que tengan como objetivo la generación en la ciudadanía riojana de una conciencia crítica sobre la realidad mundial, la promoción de herramientas para la participación y la transformación social en claves de justicia y solidaridad mediante procesos educativos constantes. Tercero: Bases reguladoras. La Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo (B.O.R. nº 62, de 22 de mayo de 2019), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo, modificada por Orden CDT/40/2026, de 5 de agosto (B.O.R. nº 153, de 12 de agosto de 2026). Cuarto: Cuantía. El gasto de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un total de 250.000 euros, con cargo a las partidas presupuestarias de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud del Gobierno de La Rioja. Quinto: Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 16 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. Las solicitudes deberán presentarse antes de las 14:00 horas del último día de plazo. Sexto: Duración e importes máximos a subvencionar por proyecto. Se concederá a las entidades beneficiarias una ayuda máxima del 90% del coste total del proyecto. La duración máxima de los proyectos será de 24 meses y el importe de la subvención solicitada no podrá exceder los siguientes importes: 30.000 euros para proyectos hasta 12 meses; 40.000 euros para proyectos entre 12 meses y un día y 18 meses, y 50.000 euros para proyectos entre 18 meses y un día y 24 meses. Cada entidad solicitante podrá presentar un máximo de dos solicitudes. La subvención se abonará en un único pago de carácter anticipado, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.1 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo. Séptimo: Otros datos de interés. Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=24576). Documentación: La presentación de la solicitud se realizará por el representante de la entidad o de la agrupación, telemáticamente, mediante la cumplimentación de los campos establecidos en la aplicación informática creada al efecto y disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://ias1.larioja.org/cex/infra/indexCAR.jsp?sist=GSP). La solicitud deberá estar acompañada de la siguiente documentación: Documentación obligatoria: la prevista en artículo 12.1 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, que deberá presentarse de acuerdo a los modelos establecidos al efecto para esta convocatoria y conforme a las indicaciones contenidas en los mismos, que se encuentran disponibles en la propia aplicación informática y en la oficina electrónica. Documentación complementaria: de conformidad con la previsión del artículo 12.2 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, se puede presentar documentación complementaria, preferentemente en un único archivo, hasta un máximo de 50 páginas, en documento formato A4, tipo de letra Arial 10, interlineado sencillo, con márgenes (superior e inferior, derecho e izquierdo) entre 2 y 2,5 cm. No se admitirán y, por tanto, no se tendrán en cuenta, enlaces a otros documentos ni a otra información. En caso de que se incluyan varias páginas en miniatura dentro de una hoja formato A4, computarán todas y cada una de las páginas incluidas en el documento formato A4. En caso de que la documentación adicional se incluya en una hoja formato A3, se computará como dos páginas. Por cada página en exceso, se penalizarán 0,10 puntos del total de la puntuación obtenida en la valoración. Procedimiento de concesión: se tramitará conforme a lo previsto en el artículo 10 y siguientes de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo. Prioridades marcadas por el Plan Anual de Cooperación 2026, a efectos del apartado 3.1. del Anexo II de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo (https://www.larioja.org/larioja-client/cm/accion-exterior/images?idMmedia=1727374): Iniciativas innovadoras en la educación formal e informal relacionadas con el Aprendizaje-Servicio.La reducción de todas las formas de violencia, mediante la promoción de una cultura de paz; la prevención de la radicalización y la violencia, la lucha contra los discursos de odio especialmente la ejercida contra los colectivos más vulnerables: niños y niñas, jóvenes, mujeres, mayores, migrantes, personas refugiadas, personas LGTBI+, personas desplazadas a la fuerza y víctimas de trata. Reformulación: Cuando el importe de la subvención de la propuesta de resolución provisional sea inferior al solicitado, la entidad solicitante deberá presentar la reformulación de su solicitud en los términos previstos en los apartados 4 a 6 del artículo 18 de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo. Dietas: El importe máximo de las dietas se determina de acuerdo con el Decreto 44/2025, de 25 de noviembre, por el que se regulan las indemnizaciones por razón de servicio del personal de la Comunidad Autónoma de La Rioja: 125 €/día de Alojamiento, 45 €/día de Manutención, 170 €/día de Dieta entera y 0,26 €/km de Kilometraje. Justificación: La justificación de las actividades deberá realizarse de acuerdo a los artículos comprendidos en el Capítulo VI de la Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 15/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución nº 564/2026 de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud de convocatoria de subvenciones a proyectos de educación para una ciudadanía global para el ejercicio 2026.Publicado 18/09/2026Orden PRE/21/2019, de 21 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo