Plazo no verificadoBDNS 925802
SUBVENCIONES DESTINADAS A LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES EN CLM AÑO 2026.
AUTONOMICA · CASTILLA-LA MANCHA · VICECONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:49 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES42 - CASTILLA LA MANCHA
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 20/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/08/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en el DOCM
Texto oficial de cierre: Diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación en el DOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (Identif.): 925802 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/925802). Advertido error material en el extracto de la Resolución de 20/08/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convocan las subvenciones destinadas a la producción de largometrajes en Castilla-La Mancha para el año 2026, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección en los siguientes términos: En el apartado tercero, párrafo segundo, donde dice: "Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas y lo dispuesto en el ordinal segundo de la resolución de la convocatoria." Debe decir: "Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas y lo dispuesto en el ordinal tercero de la resolución de la convocatoria.”
Primero. Objeto y finalidad. Convocar las subvenciones destinadas a la producción de largometrajes de ficción, documental o de animación en Castilla-La Mancha para el año 2026. La finalidad de estas ayudas es el fomento y promoción del sector audiovisual en Castilla-La Mancha mediante la financiación de los gastos que se generen en la producción de largometrajes. Segundo. Bases reguladoras. Orden 85/2021, de 10 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la producción de largometrajes en Castilla-La Mancha (DOCM Núm. 116, de 21 de junio de 2021), modificada por la Orden 83/2024, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM Núm.104, de 29 de mayo de 2024) y la Orden 34/2026, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM núm. 50, de 13 de marzo de 2026). Tercero. Entidades beneficiarias. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual, que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas y lo dispuesto en el ordinal segundo de la resolución de la convocatoria. Cuarto. Financiación y cuantía. Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución se financiarán con fondos propios, destinándose un importe total máximo de 200.000 euros que serán contabilizados en la aplicación presupuestaria 18080000.G/455A/47417 del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con la siguiente distribución por anualidades: - Anualidad 2026: 100.000 € - Anualidad 2027: 50.000 € - Anualidad 2028: 50.000 € El importe máximo de la subvención a conceder no podrá exceder del 75% del gasto subvencionable del presupuesto, con un máximo de 100.000 euros por proyecto. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha Sexto. Otros datos. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Todos los trámites relacionados con la concesión de esta ayuda que no sean objeto de publicación se notificarán por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A tales efectos, las personas y entidades solicitantes deberán darse de alta en dicha plataforma, en la siguiente dirección: https: //notifica.jccm.es/notifica/.
Primero. Objeto y finalidad. Convocar las subvenciones destinadas a la producción de largometrajes de ficción, documental o de animación en Castilla-La Mancha para el año 2026. La finalidad de estas ayudas es el fomento y promoción del sector audiovisual en Castilla-La Mancha mediante la financiación de los gastos que se generen en la producción de largometrajes. Segundo. Bases reguladoras. Orden 85/2021, de 10 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la producción de largometrajes en Castilla-La Mancha (DOCM Núm. 116, de 21 de junio de 2021), modificada por la Orden 83/2024, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM Núm.104, de 29 de mayo de 2024) y la Orden 34/2026, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (DOCM núm. 50, de 13 de marzo de 2026). Tercero. Entidades beneficiarias. Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual, que tengan la condición de independientes, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine. Las personas o entidades beneficiarias deberán cumplir los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 85/2021, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas y lo dispuesto en el ordinal segundo de la resolución de la convocatoria. Cuarto. Financiación y cuantía. Las subvenciones que se convocan al amparo de la presente resolución se financiarán con fondos propios, destinándose un importe total máximo de 200.000 euros que serán contabilizados en la aplicación presupuestaria 18080000.G/455A/47417 del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con la siguiente distribución por anualidades: - Anualidad 2026: 100.000 € - Anualidad 2027: 50.000 € - Anualidad 2028: 50.000 € El importe máximo de la subvención a conceder no podrá exceder del 75% del gasto subvencionable del presupuesto, con un máximo de 100.000 euros por proyecto. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha Sexto. Otros datos. Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario habilitado al efecto en la Sede Electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha (https://www.jccm.es). Todos los trámites relacionados con la concesión de esta ayuda que no sean objeto de publicación se notificarán por medios electrónicos, a través de la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. A tales efectos, las personas y entidades solicitantes deberán darse de alta en dicha plataforma, en la siguiente dirección: https: //notifica.jccm.es/notifica/.
Bases y documentación
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