Plazo no verificadoBDNS 925992
Subvenciones para la programación de las galerías de arte de la isla de Tenerife 2026
LOCAL · CABILDO INSULAR DE TENERIFE · CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES709 - Tenerife
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 24/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 28/08/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria
Texto oficial de cierre: Veinte (20) días naturales
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios. Empresarios/as colectivos/as (sociedades) e individuales (dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y entidades sin ánimo de lucro, titulares de galerías de arte con domicilio social en la isla de Tenerife; con fecha de apertura de la galería anterior al 1 de septiembre de 2024; y que acredite una actividad continuada de exposiciones durante los 12 meses anteriores a la publicación de esta convocatoria. En todos los casos, empresas, empresarios/as y asociaciones, deben estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a las actividades objeto de subvención. Se entiende por galería de arte aquellas empresas o empresarios individuales y entidades sin ánimo de lucro que tengan como actividad principal la exposición, abierta al público, de obras de arte con finalidad comercial (esto es, para su exposición y venta), que dispongan de un equipamiento permanente y que propongan una programación estable durante al menos ocho (8) meses en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027.Segundo. Objeto. Estas subvenciones pretenden contribuir a la financiación parcial de los gastos ocasionados por la realización de actividades expositivas de las galerías de arte de titularidad privada de Tenerife, y la proyección de los artistas en ferias y mercados de ámbito nacional e internacional. Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán incluir al menos un 50% de obra de artistas que desarrollan su labor creativa en la isla de Tenerife.Tercero. Bases reguladoras. Aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular AC0000028331 de 5 de agosto de 2026, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 98 de 17 de agosto de 2026 (https://bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/sumario.php?codigop=1&fecha_mas_reciente=2026-08-17).Cuarto. Cuantía. Las subvenciones de esta convocatoria se financiarán con cargo al Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para 2026, por un importe total de noventa mil euros (90.000,00 €), destinados a la organización de exposiciones, catálogos y asistencia y/o participación en ferias y mercados entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027. Se admitirán los gastos ejecutados dentro de este período de realización de la actividad; si bien, las facturas justificativas y los documentos de pago podrán tener fecha desde el 1 de julio de 2026 para aquellos casos en los que sea necesario adelantar el pago, por ejemplo, depósitos o reservas de suelo y montaje en ferias, anticipos para la edición de catálogos y material gráfico, pagos adelantados por el transporte de obras, etc.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Será de veinte (20) días naturales a partir del día siguiente a la publicación de este extracto. Una vez cumplimentada la solicitud, se acompañarán los documentos requeridos en la base 9 de las que regulan esta convocatoria.Sexto. Otros datos. Requisitos de financiación: las subvenciones otorgadas podrán alcanzar como máximo el límite de 20 mil euros para organización de exposiciones; 10 mil euros para catálogos e igual cantidad para asistencia y/o participación en ferias y mercados. Justificación: las actividades subvencionadas deberán justificarse una vez que finalice su ejecución y, en cualquier caso, antes del 30 de septiembre de 2027. Compatibilidad: estas subvenciones son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 24/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la convocatoria de subvenciones para la programación de las galerías de arte de la isla de Tenerife 2026Publicado 28/08/2026Bases generales y convocatoria aprobada por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Tenerife en sesión celebrada el 5 de agosto de 2026, que regirán el otorgamiento de subvenciones para la programación de las galerías de arte de TenerifeInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.