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Plazo no verificadoBDNS 926005

Convocatoria de ayudas para material y transporte en la enseñanza del Ayuntamiento de Valga de 2026/2027

LOCAL · VALGA · AYUNTAMIENTO DE VALGA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:54 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
31/10/2026
Registro en BDNS
24/08/2026
Publicación en diario oficial
27/08/2026

Texto oficial de apertura: Desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

PRIMERO. DESTINATARIOS Y REQUISITOS.Para ser beneficiario de estas ayudas es necesario cumplir los siguientes requisitos: A)    Cursar estudios en alguno de los siguientes centros de enseño para los que solicita la ayuda: •    SEGUNDO CICLO  INFANTIL: todos los centros públicos del ayuntamiento (CEIP, CRA)•    BACHILLERATO Y FORMACIÓN PROFESIONAL: IES de Valga, en el caso en que el transporte a este centro dejase de ser gratuito, y en cualquier centro público, siempre que la formación deseada no esté disponible en el IES de Valga. •    UNIVERSITARIOS: cualquier universidad gallega.•    ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES: cualquier centro gallego.•    El alumnado con necesidades educativas especiales que impidan su escolarización en un centro ordinario del municipio, podrán solicitar la ayuda para la asistencia a un centro de educación especial, aunque no esté localizado en el ayuntamiento. B)    Que la renta per cápita familiar no supere el límite de 7.000,00 euros.C)    Estar empadronado en el Ayuntamiento de Valga y ser hijo dependiente económicamente. No se puede beneficiar de estas ayudas el alumnado que no sea dependiente económicamente.  Se considerarán hijos dependientes económicamente los menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año inmediato anterior a aquel en el que comienza el curso escolar para el que se solicita ayuda y siempre que no tengan un contrato de trabajo o percibiesen recursos (excepto bolsas) durante el año 2025.D)    Cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario, recogidas en los artículos 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones y 10 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de Subvenciones de Galicia.SEGUNDO. OBJETO.Es objeto de la presente convocatoria de ayudas favorecer la escolarización pública y formación universitaria en familias con menos recursos económicos del Ayuntamiento de Valga. Estas ayudas se concederán a través de dos líneas diferenciadas, en función del tipo de estudios y de los potenciales beneficiarios:•    Ayudas para material escolar, dirigidas a alumnos de 2º ciclo infantil.•    Ayudas al transporte, dirigidas al resto de los alumnos, de acuerdo con lo establecido en la base segunda.TERCERO. BASES REGULADORASLas bases reguladoras de la concesión de esta subvención están contenidas en el ANEXO I de la resolución de la alcaldía para la concesión de subvención en materia de AYUDAS PARA MATERIAL Y TRANSPORTE EN LA ENSEÑANZA DEL AYUNTAMIENTO DE VALGA 2026/2027, de fecha 31 de xullo de 2026.CUARTO. CUANTÍA DE LA AYUDA.El Ayuntamiento de Valga abonará las bolsas a los beneficiarios que reúnan todos los requisitos previstos en la base segunda y presenten su solicitud dentro del plazo establecido en la convocatoria junto con la documentación requerida en la base tercera.Los importes máximos de las ayudas, por alumno/a y curso serán los que se reflejen en la tabla siguiente:AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR E. I. (2º CICLO)Renta per cápita                     PuntosDe 0 € a 5.000 €                     6De 5.001 € a 6.000 €              4De 6.001 € a 7.000 €              2Los importes de las ayudas de transporte, por alumno y curso se determinarán en función de la renta per cápita y de la situación del centro educativo, tal y como se indica en la siguiente tabla:  AYUDAS PARA TRANSPORTE (CRITERIO RENTA)Renta per cápita                    PuntosDe 0 € a 5.000 €                    6De 5.001 € a 6.000 €             4De 6.001 € a 7.000 €             2AYUDAS PARA TRANSPORTE (CRITERIO DISTANCIA DESDE LA RESIDENCIA)Distancia (Km)                     PuntosSuperior a 100                      6&#8805; 40 e &#8804; 100                         4< 40                                      2Las ayudas individuales no superarán los importes indicados en las siguientes tablas, en función de la puntuación obtenida por los solicitantes:AYUDAS PARA MATERIAL ESCOLAR E. I. (2º CICLO)Puntuación                                  Importe (€)Más de 6 ata 10 puntos              75,00Más de 4 ata 6 puntos                50,00Desde 2 ata 4 puntos                 30,00AYUDAS PARA TRANSPORTEPuntuación                                 Importe (€)Más de 8 ata 16 puntos             175,00Más de 6 ata 8 puntos               120,00Desde 4 ata 6 puntos                  80,00Los créditos presupuestarios a los que se imputa la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas son las siguientes:APLICACIÓN PRESUPUESTARIA    CONCEPTO                                   IMPORTE2026.0.3260.48900                            Ayudas para transporte alumnos    8.000,002026.0.3260.48901                            Ayudas para material escolar         4.000,00QUINTO. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDESA.    La solicitud se presentará en el registro general del Ayuntamiento de Valga, de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:30 horas, o bien a través de la sede electrónica (disponible durante las 24 h de los 365 días del año), o a través de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. B.    El plazo de presentación de solicitudes empezará al día siguiente de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial da Provincia de Pontevedra y finalizará el 31 de octubre de 2026.SEXTO. OTROS DATOS.Documentación obligatoria:A)    Las solicitudes para la concesión de estas ayudas se formalizarán en el impreso normalizado que se incluye como Anexo II y podrá asimismo obtenerse en las oficinas generales (registro de entrada) del Ayuntamiento de Valga o bien a través de sede electrónica: https://valga.sedelectronica.gal.B)    Junto con la solicitud, en el modelo normalizado y debidamente cubierto, se presentará la siguiente documentación: •    Fotocopia del DNI del solicitante. •    Fotocopia del libro de familia en el que figuren todos los miembros de la unidad familiar. •    Fotocopia de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 de los padres o tutores legales. En el caso de no estar obligado a presentar la declaración del IRPF, copia de la notificación-liquidación o certificado acreditativo del nivel de rentas emitido por la agencia de administración tributaria que corresponda. Excepcionalmente, si la unidad familiar alega carecer de recursos, o quiere acreditar una situación excepcional, imprevista o de carácter de especial necesidad que afecte negativamente a la situación familiar o en el caso de percibir pensiones no contributivas deberá acreditarla mediante informe social. En los casos de separación o divorcio se está al previsto en la base 6ª para la determinación de los miembros de la unidad familiar. Los hijos entre 18 y 25 años inclusive, que perciban rentas y no figuren en la declaración de la renta de los padres aunque residan con ellos, deberán acreditar sus rendimientos y computarán como ingresos de la unidad familiar. •    En el caso de presentar solicitudes para varios hermanos, no es necesario duplicar documentación. •    Facturas originales o copia compulsada, o en su caso certificado sellado del gasto en material expedido por el centro educativo, que acrediten el gasto realizado en material escolar o libros para el alumnado infantil. Dado el carácter finalista de las ayudas de esta convocatoria, en ningún caso el importe de la ayuda concedida por el ayuntamiento podrá ser superior al gasto realizado por el/a beneficiario/la. En consecuencia, de ser necesario, se realizará el oportuno ajuste en la cantidad de la ayuda concedida en cada caso. Si se detectaran facturas falsas o fraude en la declaración de los datos facilitados se perderá el derecho a obtener las ayudas en los cinco años siguientes. •    Certificado de la matrícula expedida por el centro educativo o resguardo de tener pagada la matrícula, sellado por la entidad bancaria para el alumnado de bachillerato, F. P., universitarios, enseñanzas artísticas superiores y alumnado con necesidades educativas especiales. •    Declaración responsable de encontrarse al corriente con los deberes tributarios y de la seguridad social, de no estar incurso/la en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario/la de subvenciones públicas y de estar al corriente en el cumplimiento de deberes por reintegro de subvenciones, según Anexo III.•    Certificado bancario del número de cuenta donde sea titular el solicitante y/o el alumno/a.•    Autorización al Ayuntamiento de Valga para que realice las comprobaciones oportunas durante todo el período que dure el proceso, según Anexo III.•    Las ayudas serán solicitadas por los representantes legales del alumnado: los padres, las madres o los tutores. En el caso de alumnos/las de entre 18 y 25 años podrán hacerlo también los propios beneficiarios.Documentación complementaria:- Certificado que acredite el grado de minusvalía y/o incapacidad en un grado igual o superior al 33% de algún miembro de la unidad familiar, si procede.- Certificado que acredite la situación de desempleo por un período superior a 6 meses durante el año 2026 de algún miembro de la unidad familiar, si procede.- Documentación acreditativa de la situación de familia monoparental o de ausencia de ambos dos progenitores, así como, declaración responsable del ANEXO IV.- Título de familia numerosa 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 24/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la resolución de alcaldía de fecha del 29 de xullo de 2026, por la que se convocan subvenciones en materia de ayudas para materia y transporte en la enseñanza del Ayuntamiento de Valga de 2026/2027, por el procedimiento de concurrencia competitivaPublicado 27/08/2026BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA MATERIAL Y TRANSPORTE EN LA ENSEÑANZA DEL AYUNTAMIENTO DE VALGA 2026/2027