Plazo no verificadoBDNS 926026
Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa a oficinas de farmacia de la provincia de Cáceres en el año 2026
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 21:54 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES432 - Cáceres
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Sanidad
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 26/08/2026
- Fin de solicitudes
- 23/09/2026
- Registro en BDNS
- 24/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 25/08/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
IDENTIF BDNS:1.- OBJETO Y ENTIDADES DESTINATARIAS DE LA CONVOCATORIALas presentes bases tienen por objeto la regulación, en régimen de concesión directa mediante convocatoria abierta, de las subvenciones de la Diputación de Cáceres a favor de farmacias consideradas en situación de viabilidad económica comprometida (VEC) de la provincia de Cáceres para sufragar gastos de funcionamiento que se indican más adelante y asegurar que la población dispone de este servicio.2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIALa presente convocatoria de subvenciones se financiará con cargo a la aplicación 04.2314.47901, por importe de 50.000 €, del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Cáceres 2026.3.- REQUISITOS DE LOS SOLICITANTESPara poder participar en esta convocatoria las farmacias solicitantes deberán acreditar su condición de farmacia de Viabilidad Económica Comprometida (VEC).Y, además, que no encuentrarse incursas en ninguna prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas que se contempla en el artículo 13 de la LGS.4.- SOLICITUDESLa presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres. La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso, la fase de reintegro.La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el B.O.P. número 74, de 21 abril de 2010 modificado por acuerdo de pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP nº 163 de 23 de agosto.Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.Plazo de Presentación de las solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres. La presentación de la solicitud por parte de los interesados implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.5.- DOCUMENTOSCada solicitante podrá presentar una única solicitud de ayuda. Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácter obligatorio:- Acreditación del poder de representación, en los casos en que proceda.Si el solicitante es una persona jurídica, copia de la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.- Certificado actualizado de alta en Actividades Económicas.- Certificado de su condición de VEC para el año 2026 emitido por el organismo correspondiente.- Declaración responsable de no haber recibido de un Estado miembro otras subvenciones o ayudas sujetas al régimen de minimis cuyo importe total exceda de 300.000 euros en cualquier periodo de tres años previos, según lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/283, según modelo del Anexo I.Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.6.- CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONESLa cuantía de la subvención para cada farmacia será el resultado de dividir el total de la cuantía prevista en la convocatoria por el número de farmacias solicitantes que reúnan los requisitos y hayan presentado la solicitud correctamente o procedido a su subsanación, en su caso.El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible para la presente convocatoria de subvenciones.7.- OTROS DATOS DE INTERÉSLas ayudas serán prepagables al 100%.- Plazo de ejecución: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.- Plazo de justificación: hasta el 31 de marzo de 2027.
Bases y documentación
Anexo Régimen de MinimisPublicado 24/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 24/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de las Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de Concesión Directa a oficinas de farmacia de la provincia de Cáceres, 2026Publicado 25/08/2026Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa a oficinas de farmacia de la provincia de Cáceres en el año 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.