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Plazo no verificadoBDNS 926471

CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE PARA LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES Y APOYO A LA GANADERÍA Y EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, CORRESPONDIENTES Al EJERCICIO 2026.

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE OURENSE · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:03 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES113 - Ourense

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

La fuente indica que se publica un extracto en diario oficial, pero no aporta todavía un extracto con fecha y enlace verificables. Las fechas por sí solas no acreditan que la convocatoria ya sea válida. Consulta el original.

Inicio de solicitudes
27/08/2026
Fin de solicitudes
25/09/2026
Registro en BDNS
26/08/2026
Publicación en diario oficial
31/08/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria del concurso público para la concesión de subvenciones para la prevención de incendios forestales y apoyo a la ganadería y explotaciones agrícolas, correspondientes al ejercicio 2026 cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas y agrícolas inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Galicia (REGA) o en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia (REAGA), situadas en la provincia de Ourense, que cumplan los requisitos establecidos en estas bases.
Segundo. Objeto:
1. El objeto de estas bases es regular la tramitación y concesión, mediante convocatoria pública y por el procedimiento de concurrencia no competitiva, de subvenciones destinadas a los titulares de explotaciones ganaderas de la provincia de Ourense inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Galicia (REGA) y explotaciones agrícolas de la provincia de Ourense inscritas en el REAGA (Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia), con el fin de fomentar actuaciones que contribuyan a la prevención de los incendios forestales mediante el apoyo a la ganadería y agricultura y a la mejora de la sostenibilidad ambiental de las explotaciones y la modernización de sus medios materiales.
Las actuaciones subvencionables se estructuran en las siguientes líneas:
Línea A. Gasto corriente: recogida, transporte, tratamiento y reciclaje de plásticos agrícolas.
Serán subvencionables los gastos derivados de la recogida, transporte, tratamiento y reciclaje de los plásticos agrícolas generados por las explotaciones, así como aquellos otros directamente vinculados a la suya correcta gestión ambiental, con la finalidad de reducir el riesgo de incendios forestales lo asociado a la acumulación de estos residuos, favorecer la protección del medio natural y mejorar la sostenibilidad de las explotaciones.
El importe máximo la conceder en gasto corriente (Línea La) será de 1.500,00 euros por beneficiario.
Línea B. Gasto de capital: adquisición de maquinaria y bienes inventariables.
Podrán ser objeto de subvención los gastos derivados de la adquisición de maquinaria específica para la prevención de incendios forestales mediante actuaciones de silvipastoreo y gestión preventiva de la biomasa, tales como trituradoras, desbrozadoras de tractor, cisternas agrícolas u otra maquinaria de características análogas, así como de otros bienes inventariables directamente relacionados con la actividad de las explotaciones, siempre que tengan carácter inventariable y su adquisición se realice durante el ejercicio correspondiente a la convocatoria, de conformidad con el establecido en las presentes bases.
Tercero. Bases reguladoras:
Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de agosto de 2026 por el que se establecen las bases reguladoras de la convocatoria del concurso para la concesión de subvenciones para la prevención de incendios forestales y apoyo a la ganadería y explotaciones agrícolas.
Cuarto. Importe y disponibilidad presupuestaria:
La financiación de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto General de la Diputación Provincial de Ourense para el ejercicio 2026, de acuerdo con la siguiente distribución:
la) Línea A. Gasto corriente: Recogida, transporte, tratamiento y reciclaje de plásticos agrícolas, con cargo a la aplicación presupuestaria 41917/47911, con un crédito máximo de 25.000,00 euros.
b) Línea B. Gasto de capital: Adquisición de maquinaria específica para la prevención de incendios forestales y de otros bienes inventariables destinados a las explotaciones ganaderas extensivas, con cargo a la aplicación presupuestaria 41917/77901, con un crédito máximo de 175.000,00 euros.
La distribución del crédito entre ambas líneas tendrá carácter independiente, por lo que los importes asignados a cada una de ellas no podrán destinarse a la financiación de la otra, excepto que, una vez resuelta la convocatoria, exista crédito sobrante en una de las líneas y la Xunta de Gobierno de la Diputación acorde expresamente su redistribución, siempre que la naturaleza de los créditos y la normativa presupuestaria lo permitan.
3. La concesión de las subvenciones reguladas en esta convocatoria se tramitará mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva.
El crédito presupuestario disponible se distribuye entre las líneas de ayuda establecidas (Línea La y Línea B).
En ningún caso la cuantía individualizada que se conceda, podrá superar los siguientes límites máximos:
• Línea A (Gasto corriente): Máximo de 1.500,00 euros por beneficiario.
• Línea B (Gasto de capital): Máximo de 8.500,00 euros por beneficiario, sin que en ningún caso la cuantía concedida pueda superar el 70% del coste total del proyecto o inversión subvencionable.
Asimismo, el importe total acumulado de las ayudas concedidas a un mismo beneficiario para el conjunto de las actuaciones subvencionadas al amparo de esta convocatoria (suma de la Línea A y Línea B) no podrá superar en ningún caso los 10.000,00 euros.
En la línea A, se podrá conceder hasta el 100% de la inversión realizada, mientras que en la línea B, la cuantía máxima de la subvención no podrá superar el 70% del presupuesto total del proyecto elegible.
4. En caso de que el crédito disponible no sea suficiente para hacer frente a las ayudas solicitadas por todas las personas beneficiarias, se procederá al prorrateo, de acuerdo con el establecido en el artículo 19.3 de las Ley 9/2007 de 13 de junio de Subvenciones de Galicia.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación, por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense y finalizará el día 30 de septiembre de 2026, siendo este el último día en el que podrán presentarse válidamente las solicitudes.
Sexto. Plazo de justificación:
La justificación deberá realizarse ante la Diputación, como fecha límite, el 20 de diciembre de 2026, con carácter improrrogable.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 26/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 26/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE OURENSE PARA LA PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES Y APOYO A LA GANADERÍA Y EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS, CORRESPONDIENTES Al EJERCICIO 2026.