Plazo no verificadoBDNS 926775
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES CULTURALES 2026
LOCAL · PALAMÓS · AYUNTAMIENTO DE PALAMÓS
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 22:07 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- 31/12/2026
- Registro en BDNS
- 27/08/2026
- Publicación en diario oficial
- 01/09/2026
Texto oficial de apertura: Dia siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: 1 mes a partir del dia siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
OBJETO I FINALIDAD: El objeto de la convocatoria es regular la concesión de subvenciones a entidades culturales durante el año 2026. La convocatoria se divide en cinco programas:- Programa 5.1: Artes escénicas- Programa 5.2: Música- Programa 5.3: Artes Plásticas- Programa 5.4: Asociaciones municipales de familias- Programa 5.5: Actividades socioculturalesBASES REGULADORAS: Aprobadas por el pleno del Ayuntamiento de Palamós en sesión ordinaria el día 19 de julio de 2022. Expuestas a información pública 20 días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el DOGC núm.8760, de fecha 29 de julio de 2022.PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.PUBLICIDAD DE LA CONVOCATÒRIA: Base de Datos Nacional de Subvenciones, BOP Girona, así como en la sede electrónica (http://seu.palamos.cat). Las sucesivas notificaciones y publicaciones se efectuarán en la sede electrónica municipal y el tablón de anuncios de la corporación. PERSONAS DESTINATARIAS: Pueden concurrir en la convocatoria de las subvenciones objeto de este programa, las entidades culturales o asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y domiciliadas en el municipio de Palamós, que tengan como finalidad la organización, la realización y la práctica de actividades culturales en el municipio de Palamós. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN: El otorgamiento de la subvención se realizará por prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones, con la ponderación de los criterios objetivos de otorgamiento que se relacionan en la convocatoria. Estos criterios se aplicarán para cada uno de los cinco programas. CUANTÍA DE LA SUBVENCION Y GASTOS SUBVENCIONABLES: La cuantía máxima que se destina a esta convocatoria para el año 2026 es de 30.000 € a cargo de la partida pressupostária 02 33000 48200 Subvencions i convenis a entitats i associacions culturals, distribuidos en cinco programas. - Programa 5.1: Artes escénicas 5.500 € - Programa 5.2: Música 6.000 € - Programa 5.3: Artes Plásticas 1.700 € - Programa 5.4: Asociaciones municipales de familias 11.000 € - Programa 5.5: Actividad socioculturales 5.800 € La cuantía de la subvención será el resultado de la distribución de la consignación presupuestaria de la partida correspondiente entre las solicitudes presentadas y en función del programa elegido. La distribución individualizada de estas cantidades se hará en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria para cada programa.En caso de que no se agote el presupuesto de un programa se redistribuirá la cantidad sobrante en primera instancia en proporción entre las entidades del mismo programa y si no se agota el sobrante se pasara a los otros programas.En ningún caso se podrá otorgar una subvención superior al importe solicitado.FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN: Las solicitudes se formalizarán mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palamós (http://seu.palamos.cat).Si la solicitud o la documentación que se acompaña no reúne los datos de identificación y / o cualquiera de los previstos en el art. 66 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se requerirá al interesado, de acuerdo con lo establecido en el art. 68 de la mencionada Ley, para que en el plazo de diez días hábiles subsane las deficiencias o acompañe los documentos preceptivos. Si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa notificación de la resolución que deberá dictarse en los términos previstos en el art. 21 de la Ley 39/2015.OBLIGACIONES DE LAS ENTITADES BENEFICIARIAS: A parte de las establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, deben estar al corriente de las obligaciones tributarias i con la Seguridad Social; atender a las actuaciones de comprobación que realice el Ayuntamiento y aportar la documentación que sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y en relación a la subvención concedida.PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: Las solicitudes deben presentarse en el Registro general del Ayuntamiento de Palamós o a través de la Sede electrónica, sin perjuicio de lo que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.ÒRGANO INSTRUCTOR: Responsable Área de CulturaCOMISIÓN DE VALORACIÓN: Encargada de valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios que se establecen en la convocatoria y formular propuesta de resolución a la Junta de Gobierno Local. Está integrada por los miembros que constan en la convocatoria.ÒRGANO COMPETENTE PARA LA RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO: La Junta de Gobierno Local por delegación de Alcaldía mediante decreto núm. 1.830 de fecha 22 de junio de 2023.PLAZO DE RESOLUCIÓN, CONCESIÓN Y NOTIFICACIÓN. El plazo máximo para la resolución del procedimiento de la conexión de subvenciones será de 6 meses, desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el BOP Girona. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN Y PLAZO: La entidad beneficiaria tendrá que presentar, como máximo el 31 de enero de 2027, la cuenta justificativa simplificada de la subvención mediante modelo normalizado disponible en la Sede electrónica, acompañada de los documentos justificativos correspondientes.PAGO DE LA SUBVENCIÓN. El pago se hará previa justificación y en base al plan de disposición de fondos de la Tesorería municipal. La falta de justificación comportará la exigencia del reintegro de las cuantías percibidas, de acuerdo con el artículo 36 y siguientes de la Ley general de subvenciones. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. Las entidades y asociaciones que sean beneficiarias de una subvención nominativa incluida en el presupuesto o que queden englobadas en los convenios de colaboración firmados con el Ayuntamiento de Palamós, no podrán obtener subvención dentro de la presente convocatoria por el mismo concepto subvencionado.PUBLICIDAD. El otorgamiento de las subvenciones será objeto de publicidad, con indicación de la convocatoria, aplicación presupuestaria, las entidades beneficiarias, la cantidad concedida, la finalidad de la subvención, el programa subvencionado.REGLAS DE CONDUCTA A LAS QUE TIENEN QUE ADECUAR LA ACTIVIDAD LAS PERSONAS BENEFICIARIAS. Los beneficiarios de las subvenciones de esta convocatoria están obligados a adecuar su actividad a los principios éticos y las reglas de conducta establecidas en el artículo 55 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia acceso a la información pública i buen gobierno.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 27/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSCertificat acord aprovació convocatòriaPublicado 27/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 27/08/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES CULTURALES 2026Publicado 01/09/2026CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA ENTIDADES CULTURALES 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.