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Plazo no verificadoBDNS 927527

Beca de Formación práctica en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente para la realización de estudios y actividades en el área de Informática y comunicaciones

AUTONOMICA · CANTABRIA · CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIVERSIDADES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:07 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES130 - Cantabria

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/09/2026
Publicación en diario oficial
07/09/2026

Texto oficial de apertura: Al dia siguiente de la publicación del extracto en el BOC

Texto oficial de cierre: diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero. Objeto 1. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, una beca de formación, investigación y especialización práctica en el campo de Informática y Comunicaciones, dentro de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. La beca tendrá como objeto la formación, investigación y especialización práctica en materias del ámbito competencial de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.  Segundo. Bases reguladoras. Las bases reguladoras de la presente convocatoria se contienen en la orden ECD/27/2017, de 16 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a técnicos superiores de Formación Profesional del sistema educativo en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente (B.O.C. nº 59, de 24 de marzo de 2017).  Tercero. Personas destinatarias. 1. Podrán acceder a la condición de beneficiarias de la beca objeto de esta Resolución, todas aquellas personas que reúnan los siguientes requisitos: a. Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.b. Poseer capacidad funcional para la realización de los estudios y cometidos que implican la aceptación de la beca.c. Poseer la titulación de Técnico o Técnica Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma o de Técnico o Técnica Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web o de Técnico o Técnica Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red, y que se haya superado la formación del ciclo formativo en el curso 2018-2019 o en cursos posteriores.d. No haber sido beneficiario o beneficiaria de ninguna otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.e. Podrán acceder a la condición de beneficiarias aquellas personas que hayan disfrutado de otra beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria hasta completar el plazo máximo de dos años legalmente establecido.f. No haber sido separado del servicio de ninguna administración o institución como consecuencia de expediente disciplinario.2. No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas personas incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. Cuarto. Cuantía. El importe que percibirá el adjudicatario, previo informe del tutor acreditativo de la asistencia efectiva será de ochocientos euros brutos mensuales (800 €) que se abonarán a mes vencido. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación será de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Sexto. Otros Datos. La beca comenzará el día en que se produzca la incorporación del becario, no antes del 1 de noviembre de 2026, y tendrá una duración máxima de un año, pudiendo prorrogarse, excepcionalmente y por una sola vez, a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente y previo informe de la persona responsable de la tutoría de la persona becada, por un período máximo de 12 meses hasta completar el plazo máximo de dos años.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo II- aceptación/renunciaPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexo I-solicitud de participaciónPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden EDU/45/2026, de 1 de septiembre,por la que se convoca una beca de formación práctica en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Universidades para la realización de estudios y actividades en el área de Informática y Comunicaciones.Publicado 07/09/2026Orden ECD/27/2017, de 16 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas dirigidas a técnicos superiores de Formación Profesional del sistema educativo en la Dirección General de Formación Profesional y Educación Perman