PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Tipo de convocatoria
Concesión directa - canónica
La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
02/09/2026
Publicación en diario oficial
11/09/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.
Texto oficial de cierre: Pasados 15 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del extracto en BOP.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
EXTRACTOConvocatoria de Ayudas para sufragar parte de los gastos de comedor de personas menores de edad escolarizadas en el curso escolar 2026/2027 en educación infantil de 0 a 3 años.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):Primero. Beneficiarios.Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas para sufragar los gastos de comedor y material escolar las niñas y niños, escolarizados en el curso escolar 2025-2026, que estén empadronadas y/o que acrediten la convivencia en el municipio de Burjassot o bien cuyos progenitores/as, tutores/as, curadores o acogedores tengan su domicilio laboral en el municipio de Burjassot y que en el curso 2025-2026, vayan a ser escolarizados/as en educación infantil de primer ciclo de 0 a 3 años en cualquiera de los centros de educación infantil del municipio de BurjassotSegundo. Requisitos de las personas beneficiariasPodrán ser beneficiarios/as de estas ayudas para sufragar los gastos de comedor escolar las niñas y niños, que se encuentres escolarizados en el curso 2026-2027 en Primer Ciclo de Educación Infantil de 0 a 3 años en centros ubicados en el municipio de Burjassot, que estén empadronadas y/o que acrediten la convivencia en el municipio de Burjassot o bien cuyos progenitores/as, tutores/as, curadores o acogedores tengan su domicilio laboral en el municipio de Burjassot .Requisitos:1. Ser persona menor de edad matriculada para el curso 2026-2027 en Primer Ciclo de Educación Infantil de 0 a 3 años en los Centros Escolares de Infantil que se encuentren ubicados en el municipio de Burjassot.2. Estar empadronados/as y/o acreditar la convivencia de forma permanente en el municipio de Burjassot de las personas menores para los que se solicite la ayuda, con su respectiva familia (padres, tutores o acogedores) o bien tener los/las progenitoras, tutores o acogedores su domicilio laboral en el municipio de Burjassot. En caso de separación o divorcio este requisito solo será exigible al padre o a la madre que tenga la guarda y custodia de la personal menor.3. Tener unos ingresos familiares (referidos al ejercicio anterior), y la renta per cápita anual de todos los miembros de la unidad familiar o convivencia a la que pertenezca el/la solicitante, no exceda de seis veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) anual.4. Presentar la solicitud en el plazo establecido al efecto.5. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributaria y de la Seguridad Social, así como en las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Burjassot. Se considerará que la persona solicitante está al corriente de obligaciones tributarias con el ayuntamiento cuando no mantenga deudas o sanciones tributarias en periodo ejecutivo, salvo que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviera suspendida.6. La persona menor No deberá percibir ningún tipo de ayuda o beca de comedor escolar de las reguladas mediante la convocatoria de la Conselleria de Educación.7. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en las que concurran alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.Tercero. Objeto.El objeto de la presente convocatoria es establecer las condiciones para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Ayuntamiento de Burjassot de ayudas para sufragar parte de los gastos de comedor de personas menores de edad que residan en el municipio de Burjassot o cuyos progenitores/as, tutores o acogedores tengan su domicilio laboral en el municipio de Burjassot y se encuentren escolarizadas en el curso 2026-2027 en Primer Ciclo de Educación Infantil de 0 a 3 años en centros ubicados en el municipio.La finalidad de estas ayudas es promover la escolarización infantil no obligatoria mediante el apoyo a la alimentación.Cuarto.- Bases Reguladoras y Plan Estratégico de subvenciones.La ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA CONCESIÓNDE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS INDIVIDUALIZADAS EN MATERIA DE SERVICIOS SOCIALES (PEISS). está publicadas en elPortal de Transparencia del Ayuntamiento de Burjassot.URL:https://sede.burjassot.org/sta/docs/GetDocumentServlet?CUD=13065624052312613060&HASH_CUD=531579fc38df6fc495eea71e30779a08e4b92570&APP_CODE=STAEsta subvención se encuadra en el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Burjassot, para el periodo 2026-2028, aprobado por acuerdo del Pleno de 16 de febrero de 2026, en la Línea Estratégica 1: Servicios Sociales y Promoción Social, que desarrolla las subvenciones adscritas al Departamento de Servicios Sociales, e incluye la SUBLÍNEA LS1.3 PEISS Ayudas menores 0 a 3 años.Quinto.- Financiación.El importe de la presente convocatoria será de 40.000 €, que irán a cargo de la partida presupuestarias partida 2310/48100 “Ayudas Menores 0 a 3 años” del vigente presupuesto.La cuantía de cada ayuda será de 150 €, y hasta agotar la consignación presupuestaria.El pago de estas ayudas se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente especificada en la solicitud.Sexto. Plazo de presentación.El plazo para solicitar las Ayudas para sufragar parte de los gastos de comedor de las personas menores escolarizadas en educación infantil de 0 a 3 años en el curso escolar 2026-2027, será de 15 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOP.