Plazo no verificadoBDNS 927597
ORDEN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026, DE LA CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LOS ARTESANOS/AS INDIVIDUALES Y EMPRESAS ARTESANAS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2027
AUTONOMICA · REGIÓN DE MURCIA · CONSEJERÍA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 16:24 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES62 - REGION DE MURCIA
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Industria y Energía
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 04/09/2026
- Fin de solicitudes
- 30/11/2026
- Registro en BDNS
- 02/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 04/09/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:Podrán ser beneficiarios las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, dedicados a la elaboración de productos artesanos y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.Segundo. Finalidad:Para que sus talleres artesanos aumenten su comercialización.Tercero. Bases reguladoras:Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, de subvenciones a artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia, publicada en el B.O.R.M. nº 152 del 2 de julio de 2016, modificada por la Orden de 3 de mayo de 2022, de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 110 del 14 de mayo de 2022 y por la Orden de 14 de marzo de 2023, de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos, por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 69 del 24 de marzo de 2023.Cuarto. Actuaciones e Importe Subvencionable:1.- La subvención a conceder tendrá un importe máximo total de 2.000,00-.€ IVA no incluido, cumpliendo además que la cuantía máxima de subvención a conceder será del 80% de cada una de las inversiones a realizar.2.- Las actuaciones subvencionables son las siguientes:D) Comunicación y Comercialización.d.2.) Los costes de la inscripción de los talleres artesanos en las muestras y ferias profesionales que se celebren dentro o fuera de la Región de Murcia. Importe máximo de la subvención 2.000,00-.€ IVA no incluido.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo es de sesenta días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la orden de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 02/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA ORDEN DE LA CONSEJERIA DE EMPRESA, EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A LOS ARTESANOS/AS INDIVIDUALES Y EMPRESAS ARTESANAS DE LA REGIÓN DE MURCIA PARA EL AÑO 2027Publicado 04/09/2026Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia.Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.