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Plazo no verificadoBDNS 927702

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2026 DESTINADAS A FOMENTAR LA EMPRENDIMIENTO CON LA CREACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS EN EL MUNICIPIO DE VILANOVA Y LA GELTRÚ

LOCAL · VILANOVA I LA GELTRÚ · AYUNTAMIENTO DE VILANOVA I LA GELTRÚ

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:12 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES511 - Barcelona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
09/09/2026
Fin de solicitudes
07/10/2026
Registro en BDNS
03/09/2026
Publicación en diario oficial
08/09/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero.- Bases reguladorasEn fecha 21 de abril de 2026, el texto completo de las bases fue publicado, mediante el preceptivo anuncio de exposición pública de las bases mencionadas en el BOP y en el Tablón de Edictos de la Corporación para la presentación de sugerencias y alegaciones en el plazo de 20 días hábiles.https://bop.diba.cat/anunci/3928833/aprovacio-inicial-de-les-bases-annexes-reguladores-de-la-concessio-de-subvencions-2026-destinades-a-fomentar-l-emprenedoria-amb-la-creacio-de-noves-empreses-i-autonoms-ajuntament-de-vilanova-i-la-geltruPasado el plazo de exposición pública preceptivo, sin que se haya presentado ninguna alegación, se aprueban definitivamente las Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el emprendimiento con la creación de nuevas empresas y autónomas en el municipio de Vilanova i la Geltrú (BOPB del 28/05/2026).Segundo.- Personas beneficiariasLas empresas, sean titulares de personas físicas o jurídicas, que generen actividad económica y que hayan sido dadas de alta entre el 1 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos, en el municipio de Vilanova i la Geltrú.No tendrán la consideración de nuevas empresas, aquéllas que sólo sean producto de su transformación de forma jurídica.Tercero.- Gasto subvencionableGastos subvencionables: los gastos que de forma indudable responden a la naturaleza de la actividad subvencionada, resultan estrictamente necesarios y se llevan a cabo en el plazo establecido por las bases reguladoras de las subvenciones.Los dos tramos de subvención son compatibles, pudiéndose solicitar uno o ambos.Se establecen dos tramos de subvención:Primer tramo: Ayuda base por alta de actividad (500€), para todas las empresas.Segundo tramo: Ayuda variable según puntuación (entre 1.500€ y 3.500€), por inversiones en inmovilizado material.Cuarto.- Importe de la subvenciónCada empresa creada que cumpla con los requisitos recibirá un primer tramo de subvención con un importe mínimo de 500 euros (quinientos euros).A este importe se podrá añadir un segundo tramo de subvención, cuyo importe se establecerá según la puntuación total obtenida por cada beneficiario, de acuerdo con los criterios de puntuación establecidos en el apartado 11 de las bases reguladoras, conforme al siguiente escalado:Las solicitudes que hayan obtenido entre 2 y 3 puntos …….…… 1.500 euros (mil quinientos euros)Las solicitudes que hayan obtenido entre 4 y 5 puntos ……..…… 2.000 euros (dos mil euros)Las solicitudes que hayan obtenido entre 6 y 7 euros ……….…… 2.500 euros (dos mil quinientos euros)Las solicitudes que hayan obtenido entre 8 y 9 puntos …….……. 3.000 euros (tres mil euros)Las solicitudes que hayan obtenido 10 o más puntos....................... 3.500 euros (tres mil quinientos euros)Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes deben presentarse exclusivamente por vía electrónica a través del Registro electrónico municipal https://seuelectronica.vilanova.cat/tramits/detall?id=18020El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones.Las personas interesadas en presentar la solicitud de subvención tienen a su alcance el servicio de información y asesoramiento de la Oficina de Atención a la Empresa (OAE) del Ayuntamiento de Vilanova y la Geltrú, con la que se podrán poner en contacto a través de la dirección electrónica empresavng@vilanova.cat/ o llamar al teléfono 938140000 (extensión 3217), o al teléfono móvil 660449556, de 9.00h a 14.00h, de lunes a viernes.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSCERTIFICADO DE ACUERDOPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2026 DESTINADAS A FOMENTAR EL EMPRENDIMIENTO CON LA CREACIÓN DE NUEVAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS, EN EL MUNICIPIO DE VILANOVA Y LA GELTRÚPublicado 08/09/2026