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Plazo no verificadoBDNS 927707

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS FÍSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES, SOCIALES O DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2026, MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA.

LOCAL · BOLAÑOS DE CALATRAVA · AYUNTAMIENTO DE BOLAÑOS DE CALATRAVA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:12 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES42 - CASTILLA LA MANCHA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Cultura

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/09/2026
Publicación en diario oficial
07/09/2026

Texto oficial de apertura: Al día siguiente a su publicación en el BOP

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde su publicación en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BeneficiariosPodrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las personas físicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro radicadas en Bolaños de Cva. y que, en caso de las asociaciones, estén legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava.Objeto de la convocatoriaConstituye el objeto de la presente convocatoria el establecimiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a asociaciones, personas físicas y entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades educativas, culturales, sociales o deportivas de interés municipal que se realicen durante el año 2026.Cuantía y gastos subvencionablesEn el Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2026 se contempla previsión de gasto por un total de 28.500,00 €, al objeto de atender las solicitudes de subvención que se presenten al amparo de esta convocatoria. Podrán ser subvencionables todos los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad proyectada.Presentación de solicitudesLa solicitud de subvención deberá presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Bolaños de Calatrava (sede electrónica > registro telemático > convocatoria de subvenciones y actividades para asociaciones u otras entidades) accediendo con certificado electrónico o cl@ve permanente, acompañada de la siguiente documentación:- Proyecto de la actividad a subvencionar, en el que conste una breve descripción de las actividades, el presupuesto detallado de ingresos y gastos, el calendario de realización y el número de beneficiarios a los que se destinan las actividades.- Declaración jurada del responsable o del representante legal de la entidad de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales con la Administración y frente a la Seguridad Social, así como de no hallarse incurso en ninguna de las incompatibilidades legales contempladas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Declaración jurada del representante legal sobre las subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin por otras entidades públicas o privadas.- Autorización a favor del Ayuntamiento para recabar datos tributarios de la persona física, asociación o entidad ante otras administraciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley General de Subvenciones.- Fotocopia del CIF, en caso de no haberse presentado con anterioridad.- Ficha de terceros, en caso de no haberla presentado con anterioridad.- Certificado del Secretario de la Asociación en el que conste el representante legal de la Asociación. El plazo para presentar solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal.Criterios de adjudicaciónLa valoración de las solicitudes presentadas vendrá determinada por los siguientes criterios:- Volumen de destinatarios al que va dirigida. (Hasta 30 puntos)- Incidencia cultural, social o deportiva, de la actividad en el municipio. (Hasta 200 puntos)- Estabilidad o implantación de la actividad. (Hasta 30 puntos)- Volumen de la inversión proyectada. (Hasta 20 puntos)- Aportación económica de la entidad solicitante. (Hasta 20 puntos)- Cantidad de actividades realizadas durante el mismo año natural. (Hasta 20 puntos)- Repercusión entre los ciudadanos y carácter participativo y abierto de la actividad. (Hasta 100 puntos)- Grado de coordinación y complementariedad con las actividades programadas  por el Ayuntamiento de Bolaños de Cva. a través de la Concejalía competente. (Hasta 100 puntos).Justificación y pago de la subvención.Para que pueda procederse al abono de la subvención deberá acreditarse la realización de la actividad mediante la presentación de la documentación siguiente:- Memoria de las actividades realizadas con indicación del número de participantes, resultados y temporalización.- Certificación del Secretario de la entidad beneficiaria sobre la existencia de otros ingresos o subvenciones para la misma actividad.- Declaración responsable del beneficiario de hallarse al corriente en los pagos de las obligaciones tributarias y fiscales y de las satisfechas a la Seguridad Social. (Cuando el importe de la subvención supere los 3.000 € deberán presentarse los correspondientes Certificados expedidos por la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social).- Relación expresiva de la totalidad de los gastos derivados de la actividad debidamente desglosados y detallados, con identificación de cada acreedor, C.I.F., concepto, importe, nº de factura y fecha de emisión, de acuerdo al presupuesto inicialmente presentado.- Facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa por importe, al menos, de la subvención concedida, junto a los documentos justificativos del pago de las mismas.- Carteles, folletos y otros soportes publicitarios de acuerdo a la base nº 13 sobre el patrocinio.La documentación justificativa deberá presentarse en el Registro del Ayuntamiento antes del 31 de diciembre de 2026, pudiendo procederse a su revocación total o parcial en caso de no acreditarse en el plazo previsto o de que ésta sea considerada insuficiente, en función del presupuesto inicialmente previsto. En caso de que la actividad subvencionada se desarrolle con posterioridad a esa fecha podrá solicitarse prórroga para la justificación del gasto.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 03/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 2 de septiembre de 2026 por la que se aprueba la Convocatoria y bases para la concesión de subvenciones a asociaciones y personas físicas para la realización de actividades educativas, culturales, sociales o deportivas durante el año 2026, mediante concurrencia competitiva.Publicado 07/09/2026CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y PERSONAS FÍSICAS PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS, CULTURALES, SOCIALES O DEPORTIVAS DURANTE EL AÑO 2026, MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA.