Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 11/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/09/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM.
Texto oficial de cierre: El quinto día al día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BORM.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
El Ayuntamiento de Cieza, a través de la Concejalía de Comercio en colaboración con el pequeño y mediano comercio y la hostelería del municipio, con el objetivo de estimular el consumo en el pequeño y mediano comercio y la hostelería local, promueve la iniciativa “ ELIGE CONFIANZA: ELIGE COMERCIO LOCAL ” , consistente en la concesión de ayudas destinadas a reducir el precio a pagar por los consumidores por la realización de compras de productos y servicios teniendo en cuenta las siguientes bases reguladoras:- OBJETO DE LAS BASES. El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a reducir el precio a pagar por los consumidores por la realización de compras de productos y servicios en el pequeño y mediano comercio, la hostelería y otras actividades en el municipio de Cieza, dentro de la campaña “ELIGE CONFIANZA: ELIGE COMERCIO LOCAL ” ..- FINALIDAD DE LAS AYUDAS. La finalidad es la concesión de ayudas, cuyo beneficiario final es el consumidor, es reducir el precio a pagar por los consumidores por la realización de compras de productos y servicios en el pequeño y mediano comercio, la hostelería y otras actividades en el municipio de Cieza, que tienen como objetivos, los siguientes: - Ayudar a los consumidores a paliar el efecto de la subida de precios de los productos de consumo y servicios, acaecida en nuestro país en el ultimo año. - Estimular e incentivar el consumo en el pequeño y mediano comercio, la hostelería y el sector servicios del municipio de Cieza.– BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que participen en la campaña cumpliendo los requisitos establecidos en las presentes bases.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y FINANCIACIÓN. La cuantía prevista de las ayudas que se regulan en las presentes bases, asciende a la cantidad total de cien mil euros ( 100.000,00 €) y se abonarán con cargo a la partida COMERCIO. -SUBVENCIONES. REDUCIR EL PRECIO A PAGAR POR CONSUMIDORES del vigente Presupuesto Municipal . Las ayudas consistirán en la distribución entre los consumidores de un total de diez mil bonos ( 10.000) bonos descuento numerados, por importe unitario de diez euros (10,00 €) cada uno de ellos, siendo el importe total de los mismos de cien mil euros ( 100.000,00 €). - DURACIÓN DE LA CAMPAÑA. La campaña se desarrollará desde el 1 al 17 de octubre de 2026.- REGULACIÓN DE LA FIGURA DEL ESTABLECIMIENTO COLABORADOR REQUISITOS, SOLICITUD DE ADHESIÓN Y OBLIGACIONES. Podrán actuar como establecimientos colaboradores en la gestión de las ayudas que regulan las presentes bases las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o sociedades cooperativas que tengan establecimientos comerciales y hosteleros permanentes que desarrollen su actividad en el municipio de Cieza, conforme a lo preceptuado en el párrafo primero del artículo 12 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y PLAZO PARA ADHERIRSE COMO ESTABLECIMIENTO COLABORADOR. Las solicitudes se presentarán tanto en el Registro General como en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cieza https://cieza.sedipualba.es/, así como a través de cualquier registro electrónico de las Administraciones Públicas, formalizándose en los impresos oficiales conforme el modelo que figura en el anexo I de las presentes bases. Podrá presentarse una única solicitud por empresa o persona trabajadora por cuenta propia.El plazo para la presentación de solicitudes será de 5 días naturales desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.La presentación de la solicitud fuera del plazo establecido será causa de inadmisión.DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. La documentación que se presentará será la siguiente:1. Solicitud de adhesión cumplimentada y firmada por la persona interesada o representante del solicitante según modelo establecido en el ANEXO I de las presentes Bases.2. En caso de que la solicitud la realice un representante deberá presentar autorización de representación según modelo establecido en ANEXO II de las presentes Bases.3. Modelo cumplimentado de la declaración de tercero del ANEXO III de las presentes Bases.4. Declaración responsable firmada de no estar incurso en ninguna de las situaciones determinadas por el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ANEXO IV.Los documentos a los que se refieren los apartados 3 no será necesario aportarlo si han sido aportados con anterioridad y no han sido objeto de modificación.OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS COLABORADORES Prestar total colaboración con el Ayuntamiento de Cieza en la gestión de las Ayudas destinadas a reducir el precio a pagar por los consumidores por la realización de compras de productos y servicios en el pequeño y mediano comercio, la hostelería y otras actividades en el municipio de Cieza con observancia de las presentes bases reguladoras.DESCRIPCIÓN DE LA COLABORACIÓN: Aquellos establecimientos comerciales y hosteleros que hayan solicitado su adhesión y cumpliendo con los requisitos establecidos en las presentes bases reguladoras obtengan la condición de establecimiento colaborador recibirán del Ayuntamiento de Cieza a través de la Concejalía de Comercio los bonos descuento correspondientes cuyo número será el resultante de dividir el número total de bonos emitidos entre el número de establecimientos colaboradores que resulte.El establecimiento colaborador entregará al consumidor un bono descuento por valor de 10 € (hasta agotar los mismos) por cada compra, consumición o servicio por importe igual o superior a 30 € que realice en el establecimiento colaborador y que podrá canjear en cualquiera de los establecimientos colaboradores adheridos.CANJEO DE LOS BONOS DESCUENTO. El consumidor podrá canjear los bonos descuento obtenidos en la realización de cualquier compra consumición o servicio por importe igual o superior a 30 € en cualquiera de los establecimientos colaboradores adheridos. El establecimiento colaborador adherido aplicará el descuento del importe del bono que porte el consumidor sobre el importe de la compra, consumición o servicio cuyo importe sea igual o superior a 30 €. Cada compra, consumición o servicio por importe igual o superior a 30 € ADMITIRÁ UN ÚNICO BONO DESCUENTO.En el momento del canjeo, el establecimiento colaborador cumplimentará el anverso del bono con el NOMBRE, APELLIDOS, NIF y TELÉFONO de la persona que canjea el bono en su condición de beneficiaria de la ayuda que debe ser MAYOR DE EDAD, siendo este requisito de obligado cumplimiento para la validez del mismo. El Establecimiento colaborador se hace responsable de la veracidad de los datos consignados en el anverso del bono, para lo cual el beneficiario deberá identificarse con su DNI, PASAPORTE, NIE o CARNET DE CONDUCIR. El ANEXO-V cumplimentado junto con los originales de los bonos descuento cumplimentados en su anverso con los datos del beneficiario, acompañados de los originales de los tickets de caja o facturas de compra, consumición o servicio prestado, sellados por el establecimiento, servirán para la justificación de las Ayudas.El establecimiento colaborador se hace responsable en lo referente al cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos frente al cliente.-JUSTIFICACIÓN Y PAGO DE LAS AYUDAS. El pago de las ayudas se hará efectivo previa justificación de las mismas. Para la justificación de las ayudas, los establecimientos colaboradores presentarán la siguiente documentación en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Cieza, https://cieza.sedipualba.es/ , así como a través de cualquier registro electrónico de las Administraciones Públicas,a) Liquidación del ANEXO V JUSTIFICACIÓN de las presentes bases, debidamente cumplimentada, firmada y sellada.b) Los originales de los bonos descuento cumplimentado en su anverso con el NOMBRE, APELLIDOS, NIF y TELÉFONO de la persona que canjea el bono en su condición de beneficiaria de la ayuda que debe ser MAYOR DE EDAD (con letra legible), acompañados de los originales de los tickets o facturas de compra, consumición o servicio prestado, sellados por el establecimiento.El ANEXO-V cumplimentado junto con los originales de los bonos descuento cumplimentados en su anverso con los datos del beneficiario/a, acompañados de los originales de los tickets de caja o facturas de compra, consumición o servicio prestado, sellados por el establecimiento, servirán para la justificación de las Ayudas. No serán válidas las fotocopias ni se podrán sustituir por cualquier otro documento. Para que tengan validez los bonos descuento no podrán contener tachaduras o enmiendas. Los tickets o facturas que acrediten la venta, consumición o prestación del servicio deben de ser de importe igual o superior a 30 € y con fecha dentro del plazo de desarrollo de la campaña.A cada bono descuento le corresponderá un único ticket o factura de compra, consumición o servicio prestado, sin que pueda acumularse más de un bono descuento por ticket o factura de compra, consumición o servicio, quedando anulados y por tanto no serán abonados los bonos que incumplan este requisito. Los bonos que no estén cumplimentados en su anverso con el NOMBRE, APELLIDOS, NIF y TELÉFONO de la persona que canjea el bono en su condición de beneficiaria de la ayuda que debe ser MAYOR DE EDAD (con letra legible), o que de las comprobaciones practicadas se desprenda que contienen datos no veraces o falsos quedarán anulados y por tanto no serán abonados.El plazo para la presentación de la justificación será del 18 de octubre al 22 de octubre de 2026 ambos incluise.El incumplimiento de la justificación supondrá la renuncia al derecho de las ayudas concedidas por el Ayuntamiento de Cieza. Las justificaciones que se realicen fuera del plazo establecido no serán admitidas y, por tanto, perderán el derecho a su abono. La documentación justificativa será comprobada y validada por el personal de la Concejalía de Comercio. Una vez realizada la comprobación material y validación, se formulará el correspondiente Informe – Propuesta por el Responsable del Departamento de Fomento del Empleo que constará en el expediente y equivaldrá a la comprobación material de todas las ayudas concedidas, proponiendo, en su caso, el abono de las cantidades que correspondan.Los documentos justificativos originales quedarán bajo la custodia de la Concejalía de Comercio, estando a disposición de los órganos de fiscalización y control tanto internos como externos.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS DE LAS AYUDAS Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en las presentes bases y en la normativa reguladora de subvenciones. Los beneficiarios de estas ayudas estarán obligados a prestar colaboración y facilitar cuanta documentación sea requerida en el ejercicio de las funciones de control que correspondan al Ayuntamiento de Cieza y en especial a identificarse con su DNI, PASAPROTE, NIE o CARNET DE CONDUCIR ante los establecimientos colaboradores a la hora del canjeo de los bonos descuento. Los beneficiarios de estas ayudas, con la participación en la campaña y el canjeo de bonos, autorizan expresamente al Ayuntamiento de Cieza a solicitar y/o facilitar información a otras administraciones y empresas públicas con el objeto de realizar las labores de comprobación y control de la misma en cualquiera de sus fases. Los beneficiarios de las presentes ayudas estarán sometidos a las responsabilidades, infracciones y sanciones reguladas en la normativa reguladora de subvenciones.