Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 14/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 23/09/2026
Texto oficial de apertura: a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia
Texto oficial de cierre: 10 días hàbiles a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPV
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios.Podrán optar a las ayudas previstas en estas bases los estudiantes de Xeraco que, habiendo finalizado durante el año 2026 los estudios de Bachillerato, prueba de acceso a la Universidad, ciclo formativo de grado medio o superior de Formación Profesional, Grado Profesional de Música o prueba de acceso al Grado Superior de Música, se hayan matriculado durante el curso 2026-2027, por primera vez, en primer curso de estudios universitarios de grado, ciclos formativos de grado superior o Grado Superior de Música, y cumplan los siguientes requisitos:a) Estar empadronado o empadronada ininterrumpidamente en Xeraco desde antes del 1 de enero de 2026. El cumplimiento de este requisito se comprobará de oficio.b) Acreditar que durante el curso académico 2025-2026 se encontraban matriculados y han cursado los estudios del nivel anterior a los que inician durante el curso 2026-2027, mediante la documentación académica correspondiente. Esta documentación tendrá carácter obligatorio y será subsanable.Asimismo, la documentación acreditativa de las calificaciones obtenidas en los estudios previos será tenida en cuenta, cuando corresponda, para la valoración del criterio de nota establecido en la base 11.c) Estar matriculado o matriculada por primera vez en primer curso, durante el curso académico 2026-2027, en estudios universitarios de grado, en un ciclo formativo de grado superior o en el Grado Superior de Música.d) No haber solicitado ni recibido con anterioridad estas ayudas, tanto en la modalidad de estudios universitarios de grado como en la modalidad de ciclos formativos de grado superior o Grado Superior de Música.e) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Xeraco, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.f) No incurrir en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.En el caso de personas menores de edad, la documentación que corresponda deberá ser aportada por los padres, tutores o representantes legales. En el caso de personas mayores de edad, la documentación deberá estar expedida a nombre de la persona solicitante.La documentación acreditativa de la matrícula en los estudios previos durante el curso 2025-2026 tendrá carácter obligatorio y subsanable.Estas ayudas se destinan exclusivamente al inicio de primer curso de los estudios previstos en estas bases y no incluyen cursos posteriores, tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni estudios conducentes a la obtención de títulos propios de las universidades.Segundo. ObjetoLas presentes bases tienen por objeto regular el régimen y el procedimiento aplicable para la concesión, por parte del Ayuntamiento de Xeraco y en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a estudiantes empadronados en Xeraco que hayan finalizado durante el año 2026 los estudios previos requeridos y que, durante el curso académico 2026-2027, inicien por primera vez estudios de primer curso de un grado universitario, de un ciclo formativo de grado superior o del Grado Superior de Música, de acuerdo con los requisitos establecidos en la base 3.Las ayudas tienen como finalidad incentivar y facilitar la continuidad de los estudios de los jóvenes de Xeraco, una vez finalizados los estudios de Bachillerato, ciclos formativos de Formación Profesional, estudios de Música o las pruebas de acceso correspondientes, favoreciendo así el acceso a estudios de formación superior.Las presentes bases se fundamentan en los principios de igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, no discriminación y eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Corporación, así como en el principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.Tercero. Bases reguladoras.Las Bases y la convocatoria de las subvenciones han sido aprobadas mediante la resolución de la alcaldía núm. 1260/2026, de fecha 18 de agosto de 2026.El texto completo de la convocatoria y sus anexos está a disposición de los interesados en la página web del Ayuntamiento de Xeraco: www.xeraco.es.Cuarto. Cuantía.Se concederán ayudas por importe de 400 euros cada una.El presupuesto municipal 2026 en materia de servicios complementarios de educación consigna una aplicación de un total de 19.200 euros con cargo a la partida 3260-48000 "Enseñanza. Becas".Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.Las solicitudes, según modelo oficial, serán dirigidas al señor alcalde presidente del Ayuntamiento de Xeraco, mediante presentación en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.