Plazo no verificadoBDNS 929194
SUBVENCION A LAS ASOCIACIONES PARA ACTIVIDADES DE INTERES GENERAL EN EL MUNICIPIO
LOCAL · MONDARIZ · AYUNTAMIENTO DE MONDARIZ
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:43 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES114 - Pontevedra
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 14/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 17/09/2026
Texto oficial de apertura: DESDE LA FECHA DE PUBLICACION DE LAS BASES
Texto oficial de cierre: 30 OCTUBRE 2026
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Extracto publicado
ANUNCIO DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN El BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA Resolución de alcaldía de fecha 09/09/2026 por la que se convocan subvenciones a las asociaciones delambito municipal, para actividades de interés general realizadas durante el año 2026. TEXTO De conformidad con el previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.la de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.infosubvenciones.es) y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mondariz. El código de identificación que asigne la BDNS a la convocatoria es 724006. ª.–OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Son objetivos perseguidos por las ayudas reguladas en estas bases a potenciación y el fomento de actividades que mejoren y contribuyan en la participación comunitaria de todos los vecinos y vecinas del ayuntamiento de Mondariz, en la realización de actividades de carácter lúdico, social, cultural, deportivo o de tiempo libre.ª.–BENEFICIARIOS/Las. Serán beneficiarias las asociaciones con ámbito de actuación en el término municipal del Ayuntamiento de Mondariz para el desarrollo de actividades y programas de interés general desarrolladas desde el 1 de enero de 2026 hasta el 15 de diciembre de 2026.ª.–ACTIVIDADES/PROYECTOS SUBVENCIONABLES. Serán subvencionables las siguientes actividades/proyectos realizadas dentro del territorio del ayuntamiento de Mondariz en el año 2026 en los siguientes ámbitos o materias: • IGUALDAD: equipamiento y actividades que favorezcan la igualdad e integración de personas o colectivos que puedan ser objeto de discriminación, que potencien el color responsabilidad y participación equitativa de mujeres y hombres, que faciliten la conciliación de la vida familiar, laboral y personal.• TERCERA EDAD: equipamiento y actividades que promuevan la imagen de personas mayores sin estereotipos, así como campañas de envejecimiento activo (marchas, senderismos, talleres, excursiones, actividades deportivas...)• JUVENTUD E INFANCIA : equipamiento y actividades que fomenten la educación en valores, el incremento de la participación social de la juventud, la educación democrática y el fomento de la prosocialidade: formación para la vida activa, lo desenrollo sostenible, la protección del medio ambiente, el enriquecimiento cultural y la adopción de hábitos de vida saludables.• SAUDE Y DEPORTE: equipamiento y actividades que promuevan los estilos de vida saludables( gimnasia, yoga, pilotes, aerobia, jornadas, conferencias, cursos, talleres....) y que socialice las prácticas deportivas.• OCIO Y TIEMPO DE OCIO : equipamiento y actividades que promuevan espacios de convivencia y encuentro: talleres de trabajos manuales, restauración, musica, lectura, danza, teatro, etc. Así como actividades y celebraciones tradicionales como magostos, cacharelas, carnaval, fiestas populares propias del municipio etc.• CULTURA Y MEDIO AMBIENTE: equipamiento y actividades que fomenten los conocimientos sobre el patrimonio artístico, cultural y medioambiental (talleres de juegos tradicionales, cursos, seminarios, conferencias, coloquios, rutas, etc. ) Cada entidad suelo podrá presentar un único proyecto o actividad; en caso de ser varios se le había comunicado para que elección lo mas adecuado o se había escogido de oficio en función de los intereses generales de la ciudadanía. ª.–LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Toda vez que los potenciales beneficiarios de las ayudas son personas jurídicas obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones de conformidad con el artículo 14.2 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, la solicitud normalizada de la convocatoria (Anexo I) había debido presentarse en el Registro Municipal exclusivamente por vía telemática a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Mondariz, e ira acompañada de los siguientes documentos:Documentos acreditativos de la personalidad del solicitante (DNI, NIF, CIF) y estatutos por los que se rige en el caso de las personas jurídicas.Certificado de los datos bancarios relativos a entidad, numero de cuenta (IBAN),titularidad, que permitan hacer efectivo el importe de la subvención mediante transferencia, en caso de que la subvención sea concedida. Memoria de las inversiones y actividades o actuaciones programadas o realizadas, con indicación específica del siguiente: Línea para la que se solicita ayuda (Línea 1 o Línea 2), personas participantes, actividades o inversiones para las que se solicita ayuda, calendario de programación o realización de la inversión o actividad, personas beneficiarias de la inversión o actividad e importes del gasto (sin IVA y con IVA). La Memoria deberá estar firmada electrónicamente por el representante de la entidad.d) Declaración de las solicitudes y concesiones de otras ayudas o subvenciones por parte de alguna administración publica (Anexo II).e) Declaración jurada conforme el solicitante no esta incuso en ninguna de las causas de prohibición de percepción de subvenciones o ayudas publicas mencionadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003. Esta declaración esta incluida en el anexo III.f) Cuando el beneficiario sea una persona jurídica, había debido acreditarse ante el Ayuntamiento a calidad de representante de la persona física la que se le encomiende la realización de gestiones en nombre de la primera. (certificado acreditativo del acuerdo de solicitud y nombramiento del representante para las relaciones con el Ayuntamiento).g) Documentación acreditativa de los criterios de valoración recogidos en el apartado 7º de las presentes bases (Declaración firmada por el/a secretario/a de la asociación que certifique numero de socios de la entidad, actividades municipales en las que colabora y antigüedad de la misma). El plazo de presentación de solicitudes ira desde lo la dice siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra y finalizará el 30 de outubro de 2026. La convocatoria de subvenciones se hará pública igualmente en el tablero de edictos digital del Ayuntamiento y en el portal de transparencia, pudiendo darle difusión a través de los diferentes tableros de anuncios físicos del termino municipal, así como en las redes sociales institucionales. ª.– CREDITO PRESUPUESTARIO, IMPORTES MÁXIMOS Y CÁLCULO DE LA CUANTÍA INDIVIDUALIZADA DE LAS SUBVENCIONS. Los fondos destinados a financiación de las subvenciones reguladas en estas bases serán los correspondientes a las aplicaciones presupuestarias 338.48002, 334.78001 y 334.48001,341.48003 por importe total de 10.600,00 euros, de acuerdo con la base 1ª con el siguiente desglose:Línea 1. Equipamientos: 2.000 euros. Línea 2. Actividades: 8.600 euros. Se procederá a valorar los proyectos/solicitudes atendiendo los criterios de valoración establecidos en estas Bases, procediendo a un reparto proporcional de los fondos destinados a financiación de estas subvenciones, en función de la puntuación alcanzada por cada solicitante tras la valoración. ª.–ÓRGANO COMPETENTE Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldia de Mondariz en los plazos indicados en las presentes Bases.El concejal de Hacienda será el órgano competente para la instrucción del procedimiento, así como para la realización de cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que debe pronunciarse la resolución. Las valoraciones de las solicitudes y el estudio de las correspondientes propuestas de concesión de subvenciones se realizará, previo informe de la Intervención municipal, por una Comisión de Valoración constituida al efecto, que tendrá la siguiente composición:— Un/una técnico/a de cultura y juventud.— Un/una técnico/a del área de servizos sociais.— Un/una técnico/a de la Biblioteca.La Alcaldía será el órgano competente para la adopción del acuerdo de concesión de subvenciones de acuerdo con las BEO 2021 y con el artículo 21.1. f) de la LBRL. Este acuerdo agotará la vía administrativa. ª.–TRAMITACIÓN Y VALORACIÓN DE SOLICITUDES.Se establecen como criterios de valoración de las solicitudes del régimen de concurrencia competitiva, los siguientes:CRITERIOS DE VALORACIÓN COMUNS PARA AMBAS LÍNEAS (HASTA 25 PUNTOS).Nivel de representatividad de la asociación en el territorio (número de socios/as ): Hasta 20 puntos (dos puntos por cada 10 socios hasta el máximo de 100 socios valorables).— 2 puntos por 10 socios.— 4 puntos por 20 socios.— 6 puntos por 30 socios. — 8 puntos por 40 socios.— 10 puntos por 50 socios.— 12 puntos por 60 socios.— 14 puntos por 70 socios.— 16 puntos por 80 socios.— 18 puntos por 90 socios.— 20 puntos por 100 o más socios. Antigüedad de la entidad en el Registro Municipal de Entidades: Hasta 5 puntos- 2 puntos antigüedad de menos de 5 años.- 3 puntos por antigüedad de más de 5 y 10 años.- 5 puntos por antigüedad de más de 10 años. CRITERIOS DE VALORACION ESPECIFICOS DE CADA LÍNEA DE SUBVENCION (HASTA 40 PUNTOS) Se establecen como criterios específicos atendiendo al tipo de Línea para lo cual se solicita ayuda, los siguientes: CRITERIOS DE VALORACIÓN INVERSIONES. LÍNEA 1: Hasta 40 puntosTipo de inversión realizada o a realizar:— 5 puntos por adquisición de equipamiento de oficina.— 10 puntos por adquisición de equipamiento informático.— 15 puntos por adquisición de equipamiento acústico o audiovisual.— 20 puntos por adquisición de otro equipamiento o mobiliario para actividades específicas.Finalidad del equipamiento:— 5 puntos en el caso de inversiones relacionadas con el funcionamiento común de la asociación.— 15 puntos en el caso de inversiones relacionadas con las nuevas tecnologías.— 20 puntos en el caso de inversiones relacionadas con las artes escénicas, iluminación y sonido. CRITERIOS DE VALORACIÓN ACTIVIDADES. LÍNEA 2: Hasta 40 puntos A/ Nivel de colaboración y participación con las actividades de dinamización socio-cultural organizadas por el Ayuntamiento de Mondariz: Hasta 5 puntos.— 2 puntos sí se realiza una actividad al año.— 3 puntos sí se realizan de los actividades al año.— 5 puntos sí se realizan tres o más actividades al año.Colectivos a los que se dirige la actividad:— 10 puntos en el caso de actividades para colectivos específicos (juventud, mujer, tercera edad)— 5 puntos en el caso de actividades para todos los colectivos indistintamente. B/Actividades comunitarias para celebrar fiestas tradicionales: hasta 5 puntos. C/Déficit de actividades análogas en el territorio de influencia: Hasta 5 puntos.D/Promoción de la lengua gallega cómo objetivo de la actividad: Hasta 5 puntos.E/Grao de innovación de la actividad: Hasta 10 puntos. ª.–RESOLUCIÓN DE La CONCESIÓN DE SUBVENCIONES. El acuerdo de concesión de la subvención se publicará en el tablero de anuncios del Ayuntamiento, se notificará individualmente la cada uno de los solicitantes. Todo lo eres, sin perjuicio de la publicidad que resulte preceptiva en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. La resolución de la concesión había debido notificárseles expresamente a todos los solicitantes de forma fidedigna. En dicha resolución se indicarán las actividades subvencionadas de acuerdo del punto 2 de esta convocatoria ª.–COMPROMISOS Y DEBERES DE Los BENEFICIARIOS 1.- Los beneficiarios de las subvenciones otorgadas, habían visto obligados a:a) Realizar la actividad que fundamentó la concesión de la subvención en los plazos nos señaláis Bases de la convocatoria.b) Someterse las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la subvención por parte del Ayuntamiento de Mondariz.c) Comunicar el Ayuntamiento a obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración Publica o Ente publico o privado.d) Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas o Consejo descuentas, en su caso. ª.– GASTOS SUBVENCIONABLES Se admitirán como gastos subvencionables los siguientes:a) Línea 1: los gastos de equipamiento adquiridos para el funcionamiento común de las asociaciones (equipamiento de oficina, equipamiento informático, equipamiento acústico o audiovisual, y adquisición de otro equipamiento o mobiliario para actividades específicas).b) Línea 2: los gastos de actividades culturales y otras actividades que mejoren o contribuyan la participación comunitaria de todos los vecinos y vecinas. Se admitirán como gastos subvencionables los siguientes:1. Gastos de publicidad y difusión: imprenta, serigrafía, etc. (se acercará copia de materiales). 2. Gastos de materiales consumibles específicos de las actividades.3. Asistencias técnicas: monitores/as, docencia, etc.4. Otros gastos relacionados con las actividades ejecutadas. No serán subvencionables inversiones en equipamientos o actividades que ya habían sido financiadas con otras ayudas concedidas por el Ayuntamiento de Mondariz. ª.-JUSTIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y PAGO DE LAS SUBVENCIONES. La entidad beneficiaria de la subvención estará obligada a justificar documentalmente el cumplimiento de las condiciones impuestas y la aplicación de los fondos recibidos, antes del 15/12/2026. En el caso de no justificarse en el plazo anteriormente mencionado, se procederá la revocación de la misma. La no presentación de la cuenta justificativa dentro del plazo señalado dará lugar a pérdida de la subvención. El pago se realizará una vez que los y las beneficiarias justifiquen los gastos ocasionados en la ejecución de las actividades subvencionadas, siempre dentro del plazo señalado y después de la fiscalización de la cuenta justificativa por la Intervención Municipal y posterior aprobación de la misma por la Alcaldia, quien había ordenado el pago. ª.–CONTROL DE LA APLICACIÓN DEL GASTO, REINTEGRO Y RÉGIMEN SANCIONADOR. Los beneficiarios de subvenciones quedarán sometidos a las responsabilidades y régimen sancionadora que sobre infracciones administrativas establecen los artículos 52 y siguientes de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, y, en su caso, al dispuesto en el artículo 350 del Código penal, según la redacción dada por la Ley Orgánica 6/95, de 28 de junio . ª.–RÉGIMEN JURÍDICO. En los aspectos no especificados en estas bases, las presentes ayudas se regularán por el dispuesto en la normativa general reguladora de subvenciones, en especial, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones. El que se hace público a los efectos de la apertura del plazo de presentación de solicitudes de subvenciones por las personas o entidades que correspondan, tal y como se recoge en las indicadas Bases. ª.–COMPROMISO DE PUBLICIDAD. Las entidades que sean destinatarias de las ayudas recogidas en estas bases habían debido señalar en la publicidad de las actividades realizadas durante el año 2026 la siguiente leyenda “con el apoyo del ayuntamiento de Mondariz”, seguido del escudo oficial del mismo, con la excepción de las actividades que ya habían sido realizadas en fecha anterior a la publicación de las presentes bases reguladoras. No caso de adquisición de equipamientos, se incorporará en un lugar visible del equipamiento a leyenda “con el apoyo del ayuntamiento de Mondariz”, seguido del escudo oficial del mismo.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 14/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 14/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSBASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES DEL AMBITO MUNICIPAL PARA ACTIVIDADES DE INTERES GENERAL REALIZADAS DURANTE EL AÑO 2026Publicado 17/09/2026SUBVENCION A LAS ASOCIACIONES PARA ACTIVIDADES DE INTERES GENERAL EN EL MUNICIPIOInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.