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Plazo no verificadoBDNS 929255

Orden por la que se convocan para el año 2026, las ayudas previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, por intervenciones que contribuyan a prestación serv.mediam. acuicultura

AUTONOMICA · ANDALUCÍA · CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:45 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES61 - ANDALUCIA

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Agricultura, Pesca y Alimentación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
24/09/2026
Fin de solicitudes
07/10/2026
Registro en BDNS
14/09/2026
Publicación en diario oficial
23/09/2026

Texto oficial de apertura: 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la J

Texto oficial de cierre: 10 días habiles desde el día siguiente al que se publique en el BOJA

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.Primero. Convocatoria. 1. Se convocan para el año 2026, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática, previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027. 2. Estas ayudas se convocan en la cuantía total máxima que se especifica y con arreglo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:Línea de ayuda:Ayudas por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027Partida presupuestaria: 1200120000G/71P/47300/00_G4210401A6Cuantía máxima (€) 2026:225.000,00 €Segundo. Beneficiarios.Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas así como las sociedades civiles y comunidades de bienes titulares de la autorización de cultivos acuícolas sometidos, en su totalidad o en parte, a restricciones o requisitos de gestión específicos como consecuencia de la integración de la explotación acuícola en la Red Natura 2000, y solo cuando las restricciones o requisitos medioambientales les vengan impuestos por la legislación nacional o planes de gestión de espacios naturales jurídicamente vinculantes,de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 19 de agosto de 2024.Tercero. Cálculo de la ayuda. La compensación por lucro cesante se calculará por beneficiario teniendo la ayuda como límite el menor de los dos valores siguientes: a) El valor resultante del cálculo de multiplicar 281€ por cada hectárea en producción de la instalación acuícola que presta el servicio medioambiental en cultivo extensivo o 400€ por cada hectárea en producción de la instalación acuícola que presta el servicio medioambiental en cultivo semi-intensivo. b) El valor del 15% de la facturación por la producción de la empresa declarado fiscalmente en el ejercicio anterior a la fecha de la solicitud, de esas hectáreas afectadas.Cuarto. Objeto. El objeto de esta orden es realizar la convocatoria para el año 2026 de las ayudas destinadas a fomentar actividades de acuicultura en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante compensaciones por el lucro cesante en que hayan incurrido las personas o entidades solicitantes de las mismas como consecuencia de la utilización de métodos de cultivo compatibles con necesidades medioambientales específicas y sujetos a requisitos específicos de gestión derivados de la designación de Zonas Natura 2000 con arreglo a las Directivas 92/43/CEE y 2009/147/CE, en concreto para la acuicultura realizada en humedales que favorezca la conservación de la biodiversidad de la avifauna acuática, previstas en la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027Quinto. Bases reguladoras. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicultura, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027 (BOJA núm. 166, de 27 de agosto de 2024).Sexto. Cuantía. La dotación de esta línea de ayuda se expone en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Octavo. Otros datos. Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la orden de convocatoria y podrán obtenerse igualmente en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25274.html.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 23/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de la Orden por la que se convocan para el año 2026 para concesión de ayudas prestacion servicios medioambientalesPublicado 23/09/2026Orden de 19 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, por intervenciones que contribuyan a la prestación de servicios medioambientales por parte de la acuicult