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Abierta (plazo verificado)BDNS 929543

IV PLAN EXTRAORDINARIO DE INFRAESTRUTURAS DEPORTIVAS

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE PONTEVEDRA · COOPERACIÓN COS MUNICIPIOS

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 19:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES114 - Pontevedra

Finalidad

Infraestructuras

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
18/09/2026
Fin de solicitudes
17/12/2026
Registro en BDNS
15/09/2026
Publicación en diario oficial
17/09/2026

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Extracto publicado

Mediante el acuerdo núm. 3.8714 del Pleno de la Diputación de Pontevedra, adoptado en la sesión extraordinaria del 11 de septiembre de 2026, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria del IV Plan extraordinario de infraestructuras deportivas, publicadas y disponibles en el Boletín Oficial de la Provincia de Pontevedra (BOPPO) y en la Sede electrónica de la institución provincial (https://sede.depo.gal). Primero. Entidades beneficiarias Los ayuntamientos de la provincia de Pontevedra con una población de derecho de hasta 50.000 habitantes, según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) referida a la última actualización del censo en la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPPO. Segundo. Objeto Las finalidades subvencionables son las señaladas a continuación: - Construcción de nuevas instalaciones y espacios públicos de uso deportivo, así como la cubierta de instalaciones deportivas. - Modernización, remodelación y mejora de instalaciones y otros espacios públicos de uso deportivo. - Dotación de equipamientos en las instalaciones deportivas, así como de material deportivo de carácter inventariable. - Adquisición de terrenos destinados a uso deportivo. No serán subvencionables las actuaciones en edificios o instalaciones de usos múltiples que no tengan carácter exclusivamente deportivo. Tercero. Bases reguladoras El procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones que se otorguen en el marco de este plan se regirá por lo dispuesto en las Bases reguladoras del IV Plan extraordinario de infraestructuras deportivas. Con todo, para lo no previsto en ellas, se aplicarán supletoriamente la LGS; su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; su reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero; la Ordenanza general de subvenciones de la Diputación Provincial de Pontevedra; las restantes normas de derecho administrativo; y, en su defecto, las normas de derecho privado. Cuarto. Cuantía y aplicación presupuestaria La financiación de este plan asciende a ocho millones de euros (8.000.000,00 €), financiados con fondos propios de la Diputación con cargo al Presupuesto provincial del ejercicio de 2026, imputable a la aplicación 2026/942.3420.762.95. Para atender esta convocatoria, se está tramitando el expediente de modificación de crédito núm. 07/2026, por lo que su eficacia queda condicionada a la aprobación definitiva de dicho expediente. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones que se acojan a este plan es de tres (3) meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el BOPPO y en la BDNS. Sexto. Lugar de presentación de solicitudes Las solicitudes se presentarán debidamente cubiertas y en ellas se especificarán su denominación, el presupuesto total y el importe de la subvención solicitada. La presentación se realizará por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra (https://sede.depo.gal), de acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Las solicitudes deberán ser aprobadas mediante un acuerdo del órgano municipal competente según corresponda, en el que se indiquen expresamente la finalidad concreta y la cuantía que se solicita. Para la presentación de las solicitudes la Sede electrónica de la Diputación de Pontevedra admite los certificados electrónicos del sistema Cl@ve, que contempla la utilización de sistemas de identificación basados en claves concertadas (sistemas de usuario y contraseña) y certificados electrónicos (incluido el DNIe). Las solicitudes deberán acompañarse de la documentación establecida en la base decimoprimera en función de la tipología de la inversión. Séptimo. Otros datos - Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva, conforme a los criterios de reparto establecidos en la base sexta. - Gastos subvencionables: los recogidos en la base primera. - Compatibilidad: sí. - Reinversión de baja: sí. - Forma de pago: transferencia. - Forma de justificación: mediante la aportación de la documentación justificativa prevista en la base vigesimoséptima. - Plazo máximo de ejecución y justificación: las inversiones deberán estar ejecutadas en su totalidad el 31 de diciembre de 2028, y, en todo caso, se fija el plazo de justificación hasta el 31 de mayo de 2029, de acuerdo con lo previsto en las bases vigésima y vigesimoséptima.

Bases y documentación

Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 15/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DEL ACUERDO NÚM. 3.8714 DEL PLENO DE LA DIPUTACIÓN DE PONTEVEDRA, ADOPTADO EN LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 11 DE SEPTIEMBRE DE 2026, EN EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DEL IV PLAN EXTRAORDINARIO DE INFRAESTRUCTURAS DEPORTIVAS Publicado 17/09/2026III PLAN EXTRAORDINARIO DE INFRAESTRUTURAS DEPORTIVAS