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Plazo no verificadoBDNS 929748

Convocatoria de subvención para estudios post obligatorios de alumnos menores de veinticinco años

LOCAL · FAR D'EMPORDÀ, EL · AYUNTAMIENTO DE FAR D'EMPORDÀ, EL

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 19:55 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES512 - Girona

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
15/10/2026
Registro en BDNS
16/09/2026
Publicación en diario oficial
07/10/2026

Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación en el BOP de Girona

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

ANUNCIO DE ENMIENDA DE OFICIO Y PRÓRROGA DEL PLAZO PARA PRESENTAR SOLICITUDES  Por Decreto del alcalde, se ha resuelto modificar de oficio la convocatoria de subvenciones para estudios postobligatorios aprobada el 15 de septiembre de 2026 y prorrogar el plazo para la presentación de solicitudes, de conformidad con los artículos 109.2 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (LPACAP). En concreto, se modifica el plazo para la presentación de solicitudes establecido en el punto cuatro del Decreto de Convocatoria del 15 de septiembre de 2026 y en el Anexo I de este, redactado de la siguiente manera: "Plazo y forma de presentación de solicitudes: El plazo para presentar solicitudes será de 15 días laborables, contando a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Girona. Por tanto, dado la publicación del 7 de octubre de 2026 (periódico nº 2026-193-0, edicto BOP-449941069), el plazo para presentar solicitudes permanecerá abierto del 8 al 29 de octubre de 2026, ambos incluidos". El resto de las condiciones y requisitos de la convocatoria y las bases regulatorias permanecen sin cambios.

1. Bases reguladorasPor acuerdo plenario de 3 de julio de 2025, se aprobó la ordenanza que regula la concesión de subvenciones para estudios postobligatorios de estudiantes menores de veinticinco años, bajo un régimen de competición no competitiva del municipio de Far d'Empordà, publicada en la BOP de la provincia de Girona 174 de 12 de septiembre de 2025.2. BeneficiariosLos beneficiarios serán estudiantes menores de veinticinco años que, durante los años escolares, estén matriculados en estudios educativos regulados en centros públicos o privados con un título oficialmente aprobado, en los siguientes niveles:BachilleratoCiclos de entrenamiento (básico, intermedio y superior)Estudios de GradoLas personas que se encuentren en cualquiera de las situaciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre subvenciones generales, no podrán obtener el estatus de beneficiarios.3. Objeto y propósito de la subvenciónEl propósito y la finalidad de esta convocatoria es regular y establecer los criterios para el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión y recaudación de subvenciones individuales para becas otorgadas por el Ayuntamiento del Faro de Empordà.El propósito de estas subvenciones es contribuir al pago de los gastos derivados de estos estudios.Los beneficiarios deben estar matriculados durante todo el curso escolar 2026-2027 (de septiembre/octubre a mayo/junio).La concesión de la ayuda contemplada en esta convocatoria estará sujeta a los principios de publicidad, transparencia, competencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como a la eficacia en el cumplimiento de los objetivos y eficiencia en la asignación y uso de los recursos públicos.4. Procedimiento de concesiónLas subvenciones se concederán mediante un procedimiento no competitivo y conforme a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con las disposiciones de esta convocatoria y las bases específicas que las regulan.5. CondicionesPara acceder a las subvenciones, deben cumplirse los siguientes requisitos:a) Tener entre 16 y 24 años. Para contar las edades mínimas y máximas, se admitirán jóvenes nacidos entre el 01/01/2002 y el 31/12/2010.a) Estar matriculado durante el curso académico 2026-2027 en el tipo de estudios determinados en la sección 2 de esta convocatoria.b) Todos los miembros de la unidad familiar, en el caso de menores, y al menos el estudiante, en el caso de adultos, deben constar en el Registro Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Far d'Empordà.En caso de separación o no convivencia de los padres, será necesario justificarlo con documentación.El requisito de inscripción afecta al menos al estudiante y al progenitor con el que suele vivir (con custodia y custodia). En el caso de custodia compartida, al menos el estudiante y uno de los padres deben estar registrados en el municipio.c) Estar al día con las obligaciones fiscales y contractuales con el Ayuntamiento, así como con la Agencia de Hacienda y la Seguridad Social.6. Cantidad máxima total de subvenciones a otorgar y asignación presupuestariaEl presupuesto máximo que se asignará este año 2026 para la concesión de las subvenciones de esta convocatoria será de 8.000 € y se cargará a la solicitud 326 48.000.La ayuda se considerará como subvenciones del Ayuntamiento del Faro de Empordà a los beneficiarios bajo las condiciones reguladas por esta ordenanza, y serán las siguientes:200,00 €: Grado, Ciclos de Formación y Estudios Universitarios.7. Fecha límite, formulario y lugar para presentar solicitudesLas solicitudes de subvención podrán presentarse desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 15 de octubre de 2025 y estarán sujetas a disponibilidad presupuestaria.Se pueden presentar solicitudes, debidamente firmadas:Online: A través de la página web oficial del Ayuntamiento www.far.catPresencialmente: En la Oficina de Información Ciudadana (OAC), Assembleta Pl. 1. Horario de apertura: de lunes a viernes de 10:00 a 13:30 y martes de 15:00 a 17:30.8. Documentación que debe presentarse junto con la solicitudLas solicitudes de ayuda financiera para estudios postobligatorios se presentarán al Ayuntamiento, en los formularios oficiales y acompañando la siguiente documentación:Formulario de solicitud para la subvención. Cabe señalar que si la parte interesada tiene más de 18 años, debe firmarlo por sí misma, y solo los padres o tutores legales deben firmar en el caso de menores de 18 años.Prueba de matrícula para el curso académico 2026-2027 que indique al menos el nombre del estudiante, el tipo de estudios y el curso matriculado (2026-2027).Prueba de pago de la tasa de inscripción (prueba de transferencia bancaria o domiciliación bancaria).Declaración jurada de no incurrir en ninguna causa por no obtener el estatus de beneficiario conforme al artículo 13.2 de la LGS.DNI/CIF del solicitante y, si actúan en nombre de otro, documentación que acredite su representación.Número de cuenta del banco indicado por el beneficiario mediante un certificado de titularidad bancaria.Certificaciones o la declaración jurada que acredite el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, tal como se establece en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, simplificando la acreditación del cumplimiento de obligaciones fiscales y de seguridad social, ya que en todos los casos son importes que no superen los 3.000 €.La verificación del cumplimiento de las condiciones de registro será realizada ex oficio por el Ayuntamiento.9. Fecha límite y forma de justificaciónEn virtud de lo dispuesto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre Subvenciones Generales, la documentación presentada en el proceso de solicitud será, a todos los efectos, de carácter documentación de respaldo de la subvención.10. Criterios objetivos para la concesión de la subvenciónLas subvenciones se concederán en orden de entrada de las solicitudes que cumplan los requisitos hasta que se agoten los fondos.Durante el plazo para presentar solicitudes, estas serán examinadas por el organismo responsable de la investigación. Una vez finalizado el plazo para presentar solicitudes, se presentará una propuesta al organismo responsable de resolver el procedimiento, la Alcaldía, para la concesión de las subvenciones.11. Medios de notificación o publicaciónUna vez acordada la concesión de las subvenciones, estas serán notificadas a las partes interesadas en un plazo máximo de 10 días desde la fecha de aprobación de la resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sobre el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.12. Sistema de apelacionesLa resolución del procedimiento pone fin al procedimiento administrativo, y puede presentarse un recurso administrativo contencioso contra él en un plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación.Alternativamente, y opcionalmente, se podrá presentar un recurso de revocación ante el mismo organismo que lo emitió dentro del mes siguiente al día siguiente a su notificación.13. Otros datosLa concesión de subvenciones y otros asuntos relacionados se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones de las bases reguladoras.

Bases y documentación

Subsanación plazo de presentación de solicitudesPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 02/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 02/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSSubsanación de ampliación de plazos de presentaciónPublicado 13/10/2026Convocatoria de subvenciones para estudios postobligatorios de alumnos menores de veinticinco años, en régimen de concurrencia no competitiva, del municipio del Far d'Empordà, curso 2026-2027Publicado 07/10/2026Bases per a la convocatòria d'ajuts per a l'escolarització d'alumnes menors de vint-i-cinc anys