PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Cultura
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
16/09/2026
Publicación en diario oficial
22/09/2026
Texto oficial de apertura: Día siguiente al de publicación de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona
Texto oficial de cierre: 15 días a partir de la publicación en el Boletín Oficial Provincia Girona
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Personas beneficiarias.Las entidades que estén inscritas en el Registro de Entidades de Palau-saverdera.Segundo. Objeto.El objeto de estas bases es regular la concesión, por parte del Ayuntamiento de Palau-saverdera, de subvenciones destinadas a dar apoyo a la realización de actividades de carácter social o que desarrollen actividades sociales, por personas y colectivos, realizadas durante el ejercicio 2025 en el municipio de Palau-saverdera.Tercero. Bases reguladoras.Las bases específicas reguladoras de la concesión de subvenciones para la financiación de las entidades sociales del municipio de Palau-saverdera han sido publicadas íntegramente en el BOPG núm. 108 de fecha 07/06/2022 y se pueden consultar en la siguiente dirección web:https://www.palau-saverdera.cat/wp-content/uploads/2022/12/BASES-SUBVENCIONS-ENTITATS-APROV-DEF.pdfCuarto. Importe.La dotación destinada a las subvenciones para la financiación de las entidades sociales del municipio de Palau-saverdera es de 4.500,00 €, que se financian con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria: 231/480.00.04 (“subvenciones a entidades de ámbito municipal”) del presupuesto municipal para el ejercicio 2025.El importe de la subvención corresponderá al 100% del coste de funcionamiento de la entidad, hasta un máximo de 500 euros por entidad. En caso de que la consignación presupuestaria resulte insuficiente para atender todas las solicitudes, se reducirá el importe máximo de la subvención para poder atender todas las solicitudes que cumplan los requisitos.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo de presentación será de quince días hábiles a contar desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.Sexto. Otros datos.Forma de presentación:Las solicitudes se formalizarán exclusivamente por internet, mediante la presentación de la instancia genérica que está disponible en la página web del Ayuntamiento, acompañada del documento normalizado específico para esta convocatoria que consta en el anexo 1 de las bases de la convocatoria.Plazo de resolución:El plazo para resolver la concesión de las ayudas es de 40 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de presentación de las solicitudes.Carácter de la resolución y recursos contra la misma:La resolución expresa de concesión o denegación de las ayudas agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contencioso-administrativos de la provincia de Girona o, a elección de la persona interesada, de los que tengan competencia territorial en la localidad de residencia del demandante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la correspondiente resolución.Publicación:La resolución de las ayudas se notificará personalmente a los beneficiarios. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento y, a efectos de difusión, se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Los nombres y apellidos de las personas beneficiarias de esta subvención estarán publicados en la web del Ayuntamiento de Palau-saverdera (www.palau-saverdera.cat) durante un periodo de 5 años.Pago:Una vez aprobadas las subvenciones, se realizará el pago anticipado del 100% de la subvención. Los pagos se efectuarán a través de la cuenta corriente indicada por los solicitantes en el modelo normalizado de solicitud.Justificación:La entidad deberá presentar, en el plazo máximo de un mes desde la concesión de la subvención, la correspondiente justificación. La presentación de la justificación se efectuará exclusivamente por internet, mediante la instancia genérica disponible en la página web del Ayuntamiento. Habrá que adjuntar a dicha instancia genérica la Cuenta justificativa, según el modelo normalizado (ANEXO 2). La falta de justificación dará lugar a la obligación de devolver las cantidades no justificadas y, en su caso, la inhabilitación para percibir nuevas subvenciones, sin perjuicio de satisfacer el interés legal, a partir de la fecha en que deberían haberse rendido las cuentas y hasta la fecha en que se verifique el reintegro.