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Plazo no verificadoBDNS 930460

FINANC.ESTATAL-2ª CONV. INT.LAB.RIESG.EXCL.ITINERARIOS ENT.S/ANIMO LUCRO

AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 20:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES3 - COMUNIDAD DE MADRID

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
29/09/2026
Fin de solicitudes
13/10/2026
Registro en BDNS
18/09/2026
Publicación en diario oficial
28/09/2026

Texto oficial de apertura: EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA ORDEN EN EL BOCM

Texto oficial de cierre: 10 DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA ORDEN EN BOCM

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Extracto publicado

BDNS:De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en la página web de la Comunidad deMadrid (http://www.comunidad.madrid).PrimeroObjetoLa presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2026 subvenciones para favorecerla integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social medianteitinerarios personalizados de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucro.SegundoBases reguladorasLas bases reguladoras de la presente convocatoria se hallan contenidas en el Capítulo I dela Orden de 20 de julio de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 177,de 27 de julio de 2022) modificada por Orden de 11 de julio de 2024, de la Consejera deEconomía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 171, de 19 de julio de 2024).TerceroEntidades beneficiarias1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en esta orden, las entidadesjurídicas privadas sin ánimo de lucro, con ámbito territorial de actuación en la Comunidadde Madrid, que lleven a cabo programas de integración laboral de colectivos en riesgo osituación de exclusión social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, con unaexperiencia en este tipo de actuaciones de al menos dos años.2. No podrán acogerse a las subvenciones convocadas mediante esta orden las entidadesbeneficiarias de las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 23 de abril de 2026de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se aprueba la convocatoria parael año 2026 de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situaciónde exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sinánimo de lucro, cofinanciadas en el marco del programa FSE+ Comunidad de Madrid, 2021/2027CuartoFinanciación1. Para el cumplimiento de la finalidad prevista en esta orden de convocatoria, cuyavigencia se extenderá al ejercicio de 2026, se destinará el crédito presupuestario concargo al Programa 241M-Promoción y Fomento del Empleo de los Presupuestos Generales de laComunidad de Madrid para 2023, subconcepto de gasto 48099, por importe de 2.000.000 deeuros.2. Este gasto se financiará a través de los fondos de empleo de ámbito nacionaldistribuidos anualmente para su gestión por la Comunidad de Madrid, conforme a loscriterios objetivos acordados en la LXXXVII reunión de la Conferencia Sectorial de Empleoy Asuntos Laborales, celebrada el día 27 de mayo de 2026, por la que se aprueba ladistribución de fondos en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado, parasu gestión por las comunidades autónomas en el año 2026.QuintoCuantía de las ayudas1. La cuantía de la subvención será un módulo de 1.300 euros por cada personaparticipante que concluya un itinerario de inserción de 6 meses de duración. La cuantía dela subvención se reducirá o incrementará proporcionalmente si la duración del itinerarioes menor o mayor a la indicada, sin que pueda ser inferior a tres meses ni superior a docemeses.2. Las solicitudes se realizarán por la cuantía que resulte de multiplicar el número departicipantes previstos en los itinerarios por la cuantía del módulo fijado en el apartadoanterior en función de la duración del itinerario.SextoNúmero de itinerarios y periodo subvencionable1. El número mínimo de itinerarios por proyecto presentado será de 15 y el númeromáximo de itinerarios será de 150.2. El periodo subvencionable para la ejecución de los proyectos aprobados será, comomáximo, de doce meses a contar desde la fecha que figure en la orden por la que seresuelva la convocatoriaSéptimoPlazo de presentación de solicitudesEl plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desdeel día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en elBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Bases y documentación

Otros documentos BOCM-20260928-27 Extracto OrdenPublicado 28/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 28/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden de 17 de septiembre de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se aprueba la segunda convocatoria para el año 2026 de subvenciones para la integración laboral de personas en riesgo o situación de exclusión social mediante itinerarios de inserción, en colaboración con entidades sin ánimo de lucroPublicado 28/09/2026ORDEN DE 11 DE JULIO DE 2024, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2022, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INTEG