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Plazo no verificadoBDNS 930601

CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAVOR DE LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE ORDES

LOCAL · ORDES · AYUNTAMIENTO DE ORDES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 20:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.

Inicio de solicitudes
25/09/2026
Fin de solicitudes
26/10/2026
Registro en BDNS
21/09/2026
Publicación en diario oficial
24/09/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Primero: Beneficiarios:Serán beneficiarios/as de estas ayudas los/as padres/madres que estén empadronados/as en Ordes que tuvieran o adoptaran un/una hijo/a en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025 y cumplan los siguientes requisitos:- Los padres, o por lo menos, uno de ellos, deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Ordes con una antelación mínima a la fecha del parto o adopción de 6 meses.- Los/las niños/as nacidos/as, o adoptados/as, deberán inscribirse en el padrón de habitantes del Ayuntamiento de Ordes.- El/la solicitante de la ayuda deberá comprometerse a seguir empadronado/a en el Ayuntamiento, tanto él/ella como los/las niños/as, por un período de tres años desde el nacimiento o adopción.- El empadronamiento supondrá la residencia efectiva, por lo que tanto el/la beneficiario/a como sus hijos/as, deberán vivir habitualmente en cualquiera de las parroquias del Ayuntamiento de Ordes. Esta circunstancia podrá ser comprobada en cualquier momento por el Ayuntamiento solicitando los informes que procedan.Segundo: Objeto:El objeto de estas bases consiste en el establecimiento de medidas complementarias de apoyo a las unidades familiares del Ayuntamiento de Ordes mediante el diseño de mecanismos que ayuden a fijar la población evitando de este modo la despoblación.Tercero: Bases reguladoras:Bases reguladoras aprobadas por la Xunta de Gobierno Local el 4 de septiembre de 2026, y publicadas en el BOP de A Coruña de fecha 16/09/2026.Cuantía: La dotación económica total de la presente convocatoria será de veinticuatro mil euros (24.000,00 €), con cargo a los presupuestos para 2026, en su aplicación presupuestaria 231.480.00.Las ayudas serán como máximo de 250,00 € por cada hijo/a nacido/a o adoptado/a entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025. En el caso de discapacidad del/la menor la ayuda será de 300,00 € por cada hijo/a.Quinto: Plazo de presentación:El plazo de presentación de solicitudes en el Registro del Ayuntamiento de Ordes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de la Coruña.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 21/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 21/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAVOR DE LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE ORDESPublicado 24/09/2026BASES REGULADORAS PARA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A FAVOR DE LA NATALIDAD EN EL AYUNTAMIENTO DE ORDES