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Plazo no verificadoBDNS 931121

DECRETO DE ALCALDÍA NÚM. 386/2026, DEL 22/09/2026, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE MESÍA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTOS INFORMÁTICOS PARA EL ALUMNADO DEL CURSO 2025-2026

LOCAL · MESÍA · AYUNTAMIENTO DE MESÍA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 20:21 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES111 - A Coruña

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Educación

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/09/2026
Publicación en diario oficial
28/09/2026

Texto oficial de apertura: A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA

Texto oficial de cierre: 30/10/2026

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto del Decreto de Alcaldía, núm. 386/2026, de fecha 22/09/2026, por el que se convoca las ayudas del Ayuntamiento de Mesía para la adquisición de equipamiento informático para el alumnado del curso 2026-2027Primero.- BeneficiariosSe podrán beneficiar de estas ayudas el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:a) Que el/la alumno/a para quien se solicita la ayuda no supere los 25 años de edad y siempre que esté estudiando y no obtenga ingresos.b) Que el/la alumno/a para quien se solicita la ayuda esté empadronado/a en el Ayuntamiento de Mesía con un año de antigüedad.c) Que uno de los padres o tutor legal, que ejerza la representación del/la alumno/a, esté empadronado/a en el mismo domicilio que el/la alumno/a para el/la que solicita la ayuda. En el caso de que el/la solicitante sea mayor de edad, únicamente será necesario que esté empadronado/a el/la solicitante.d) Que el/la alumno/a para quien se solicita la ayuda curse estudios en educación primaria, secundaria, bachiller, ciclos de formación profesional o universitarios en centros públicos o concertados en el curso 2026-2027.e) Que la unidad familiar del/la alumno/a esté al día en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.f) Pertenecer a una unidad familiar con una renta per cápita mensual igual o inferior a 1,2 veces el IPREM. Se considera, a estos efectos, unidad familiar al núcleo formado por el matrimonio o pareja de hecho, así como los ascendientes y descendientes menores de 18 años que convivan con ellos en el mismo domicilio y a los mayores de edad que no superen los 25 años siempre que esté estudiando y no obtenga ingresos (se incluirán los estudios realizados en centros educativos públicos o concertados siempre que tengan una duración lectiva de un curso académico). Segundo.- Finalidad y objectoEl Ayuntamiento de Mesía apoyará, mediante la concesión de ayudas, la adquisición de equipos informáticos, al alumnado que resida en el ayuntamiento y que estudie educación primaria, secundaria, bachiller, ciclos de formación profesional o universitaria en centros públicos o concertados en el curso 2026-2027.La finalidad de estas ayudas es incrementar el número de hogares con recursos tecnológicos adecuados ante la necesidad, cada vez mayor tras la crisis de la Covid-19, de poder llevar a cabo en los casos necesarios una educación semipresencial o a distancia, corrigiendo el acceso desigual a las nuevas tecnologías, los riesgos de exclusión y, en definitiva, favoreciendo y garantiendo la integración de los niños y de las niñas en el sistema educativo.Las ayudas reguladas en esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 231.48000, con un importe máximo de 6.000,00 €, conforme a lo dispuesto en la Base núm. 18 de las de ejecución del presupuesto municipal para el año 2026, en la Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, en la Ley 5/1997, del 22 de julio, de Administración local de Galicia y en la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones.Tercero. – Bases reguladorasLas bases están a disposición de las/los interesadas/os en la página web del ayuntamiento (www.concellodemesia.gal) y en el tablón de anuncios municipal.Cuarto.- Cuantía de las ayudas1. El importe de las ayudas vendrá determinado según la renta per cápita mensual de la unidad familiar. Se entiende por renta per cápita familiar mensual, la renta familiar dividida entre el número de miembros de la unidad familiar computables y entre doce meses.2. La renta familiar se obtendrá de la suma de las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtenga ingresos de cualquier naturaleza.3. Para el cálculo de la renta per cápita familiar se tendrá en cuenta los datos económicos del año 2025 y el importe del IPREM mensual (indicador público de renta de efectos múltiples) del año 2025 que es de 600,00 euros mensuales.4. La cuantía de las ayudas será la siguiente:a) Inferiores al 100% IPREM: 75% del importe de la factura hasta un máximo de 300 €b) Entre el 100% y el 120% IPREM: 75 % del importe de la factura hasta un máximo de 200 €5. En el caso de que el importe de las ayudas concedidas sea superior al crédito disponible, se rateará éste entre todas las solicitudes, de forma que las ayudas concedidas sufrirán una disminución proporcional de la cantidad concedida. Quinto.- ProcedimientoLa instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas corresponde al personal del Departamento de Servicios Sociales que, realizará de oficio, cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los que deberá formularse la propuesta de resolución provisional.El órgano instructor emitirá un informe propuesta con la lista provisional, que se publicará en la página web municipal, abriendo un plazo para presentar las alegaciones y/o subsanaciones que se estimen oportunas.A la vista de las alegaciones presentadas, de ser el caso, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva. De no presentarse alegaciones, la propuesta de resolución provisional tendrá automáticamente el carácter de propuesta de resolución definitiva.El órgano municipal competente dictará resolución definitiva, siendo vinculante a tal efecto la propuesta de resolución emitida por el personal del Departamento de Servicios Sociales.La resolución definitiva contendrá la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención así como las cuantías y/o la desestimación, de ser el caso, indicando el motivo.La resolución definitiva será publicada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mesía y en la página web municipal www.concellodemesia.gal.Las dichas publicaciones substituirán a la notificación en los términos que se establecen en los artículos 59 y 60 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. Sexto.- Plazo de presentación de las solicitudesEl plazo para presentar las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria específica de estas ayudas en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña y hasta el 30 de octubre de 2026. 

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 23/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 23/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE MESÍA PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO PARA EL ALUMNADO DEL CURSO 2026-2027Publicado 28/09/2026BASES Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE MESÍA PARA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTOS INFORMÁTICOS PARA EL ALUMNADO DEL CURSO 2026-2027