PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
23/09/2026
Publicación en diario oficial
28/09/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente al de la publicación en el BOPG
Texto oficial de cierre: 15 días a partir del día siguiente al de publicación de convocatoria en el BOPG
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/..........)Primero. Personas beneficiarias.Pueden solicitar estas ayudas los padres, las madres, los tutores legales o las personas encargadas temporal o definitivamente de la guarda de las personas beneficiarias, siempre que estos estén empadronados en el municipio de Palau-saverdera y tengan la residencia efectiva en el municipio a lo largo del curso para el que se solicita la ayuda y estén matriculados en un curso de ESO durante el 2026-2027.Asimismo los solicitantes deberán estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palau-saverdera, con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social.Segundo. ObjetoEl objeto de esta convocatoria es concretar el procedimiento de otorgamiento de las subvenciones para la adquisición de material académico de la educación secundaria obligatoria (ESO), según se establece en las bases aprobadas por el Pleno el 23 de septiembre de 2024.Tercero. Bases reguladorasPuede accederse a las bases reguladoras de estas subvenciones mediante el siguiente enlace donde consta su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona, consultando el nº de publicación 234 de 5 de diciembre del 2024.https://ssl4.ddgi.cat/bopV1/pdf/2024/234/2024234010523.pdfCuarto. ImporteLa dotación destinada a las subvenciones es de 3.201,18 € y correrán a cargo de la partida 231/480.00.03 (subvenciones libros escolares), del presupuesto del ejercicio 2026.El importe de la subvención se corresponderá con el 100% del coste de adquisición de material académico obligatorio para el curso 2026-2027, hasta un máximo de 90 € por alumno, siempre que cumplan los requisitos del apartado primero de esta convocatoria. Este concepto no incluye los gastos derivados de la adquisición de libros de lectura, diccionarios, agendas escolares y otro material complementario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.El plazo para la presentación de solicitudes se determinará en la convocatoria anual correspondiente y en ningún caso podrá exceder de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona.Sexto. Forma y documentación a presentarForma de presentación:Las solicitudes se formalizarán mediante la presentación de instancia normalizada con el modelo específico, acompañada de la documentación complementaria que constan en las bases de la convocatoria y que se indica seguidamente. Los modelos de instancia se pondrán a disposición en la Oficina de atención al ciudadano (OAC), así como en la página web municipal.Documentación a presentar:a) Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte del solicitante (solo en el caso de solicitud hecha presencialmente).b) b) Libro de familia u otros documentos que acrediten la relación familiar entre el solicitante y el alumno.c) Tíquet o factura de adquisición del material académico y justificación del pago correspondiente. Estos documentos deberán estar emitidos a favor de la persona solicitante o del alumno.d) Datos bancarios donde, si son subvencionados los gastos, se podrá transferir el importe de la subvención.e) Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro.f) Compromiso de cumplir las condiciones de la subvención.g) Autorización para solicitar y consultar datos de la AEAT, a la Seguridad Social, a la Recaudación municipal y a cualquier otra administración pública, a efectos de comprobar el cumplimiento de los requisitos económicos.h) Autorización de cesión y tratamiento de datos de carácter personal.Séptimo. Otros datosPlazo de resolución: El plazo para resolver la concesión de las ayudas es de 40 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de presentación de las solicitudes.Carácter de la resolución y recursos contra la misma: La resolución expresa de concesión o denegación de las ayudas agota la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien directamente contra esta resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de la provincia de Girona o, a elección de la persona interesada, de los que tengan competencia territorial en la localidad de residencia del demandante, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la correspondiente resoluciónPublicación: La resolución de las ayudas se notificará personalmente a los beneficiarios. Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento y, a efectos de difusión se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Los nombres y apellidos de las personas beneficiarias de esta subvención estarán publicados en la web del Ayuntamiento de Palau-saverdera (www.palau-saverdera.cat) durante un período de 5 años.”