Plazo no verificadoBDNS 931649
AYUDAS DE COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS 2026
AUTONOMICA · COMUNIDAD DE MADRID · CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 20:34 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES3 - COMUNIDAD DE MADRID
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- 06/10/2026
- Fin de solicitudes
- 05/11/2026
- Registro en BDNS
- 25/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 05/10/2026
Texto oficial de apertura: AL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM
Texto oficial de cierre: UN MES DESDE EL INICIO DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
BDNS (código de identificación):De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).PrimeroBeneficiariosLas personas físicas, que sean jefes de explotación, que sean propietarios en su totalidado en parte de ella y que estén en situación de la jubilación establecida o cumplan losrequisitos para acceder a la jubilación de la actividad en el momento de realizar latransmisión u otra causa justificada de cese de actividad como la incapacidad laboralpermanente, conforme a la legislación nacional, y que cedan su explotación agraria a otrapersona física o jurídica que quiera sucederle en la explotación agraria a través de unproyecto de cooperación para la sucesión de esa explotación agraria.SegundoObjetoEl objeto de estas ayudas es fomentar la sucesión de las explotaciones agrarias de laComunidad de Madrid.TerceroBases reguladorasLa presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 4384/2025 de la Consejería deMedio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras delas ayudas de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas, cofinanciadas porel Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General delEstado y por la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria para el año 2025 de laayuda de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas (BOLETÍN OFICIAL DE LACOMUNIDAD DE MADRID número 276, de 19 de noviembre de 2025).CuartoCuantía y financiación de las ayudasLa Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes a subvenciones de capital concargo al programa 411A, partida 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad deMadrid distribuyéndose de la siguiente manera:- 2026: 0 €.- 2027: 100.000 €- 2028: 100.000 €.Estas ayudas serán cofinanciadas en un 23 % por el Fondo Europeo Agrícola de DesarrolloRural (FEADER), en un 17,5 % por la Administración General del Estado y en un 59,5% por laComunidad de Madrid salvo que en la declaración trimestral de gastos del Organismo Pagadorde los Fondos Europeos Agrícolas sean otras las tasas de cofinanciación del cuadrofinanciero vigente del PEPAC-CM.QuintoPlazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguienteal de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.SextoInformación ComplementariaEn caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al créditoinicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional de hasta el 50% delimporte inicial, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en elartículo 4 quater de la Ley 2/1995, de 8 de marzo y, en su caso en la Ley de PresupuestosGenerales de la Comunidad de Madrid vigente para 2026. La publicidad de los créditosadicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo de presentación desolicitudes.La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad delcrédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria queproceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
Bases y documentación
Anexos Anexo VIPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo VPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IVPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de pago finalPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IIIPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSOtros documentos Extracto de la convocatoriaPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Anexo IIPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnexos Solicitud de pago inicialPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSModelo de SolicitudPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 06/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO de la Orden 3274/2026 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid.Publicado 05/10/2026ORDEN 4384/2025, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLASInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.