SUBVENCIONES EN REGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LAS ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DE ALUMNADO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL MUNICIPIO 2026
LOCAL · AZUQUECA DE HENARES · AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES424 - Guadalajara
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Educación
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 29/09/2026
- Publicación en diario oficial
- 01/10/2026
Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP
Texto oficial de cierre: Diez días naturales desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOP
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Por resolución de alcaldía de 29 de septiembre de 2026 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para las actividades y proyectos realizados por asociaciones de madres y padres del alumnado de los centros docentes (Infantil, Primaria y Secundaria), en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar iniciativas que redunden y mejoren la labor de la comunidad educativa.
SEGUNDO.BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 229, de fecha 28 de noviembre de 2025 bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases Reguladoras de ayudas y subvenciones destinadas para las asociaciones de padres y madres de alumnado de los centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria”.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 16.500 €, imputables a la partida presupuestaria 3230.489.14 del presupuesto municipal del Ejercicio 2026.
El importe máximo a adjudicar por asociación es de 1.500 €.CUARTO.REQUISITOS
Podrán solicitar y ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las Asociaciones de Padres y Madres de los centros educativos de Infantil, Primaria y Secundaria del municipio, que estén legalmente constituidas y con personalidad jurídica propia, con anterioridad a la fecha de aprobación de las correspondientes convocatorias, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, proyectos, actividades o actuaciones en el ámbito educativo, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
• Estar domiciliadas en Azuqueca de Henares e inscritas en el Registro Municipal de asociaciones y haber desarrollado su actividad en los dos últimos años.
• La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatarios finales el alumnado del centro educativo, así como sus familias.
• Ser una asociación sin ánimo de lucro, circunstancia que deberá constar en los documentos de constitución, estatutos sociales o modificaciones de los mismos.
• Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
• Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
• Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
• No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los requisitos exigidos, se deben acreditar a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
QUINTO.PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes de subvención se formalizarán según modelo recogido en la convocatoria, el cual deberá estar firmado por el/la presidente/a de la asociación o por quien tenga conferida la delegación debidamente acreditada, y deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Se presentarán electrónicamente junto con los documentos o informes que en su caso debieran acompañarse, conforme a lo establecido en las bases, en cualquiera de los lugares previstos o en el art. 16.4 en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para presentar las solicitudes, así como la documentación que deba acompañarla, es de 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de recepción del requerimiento, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
Se admitirá una única solicitud por proyecto. Junto a la solicitud, deberá presentarse en todo caso y de forma obligatoria la siguiente documentación:
a) Fotocopia de:
1. Certificado censal de la asociación.
2. Estatutos de la asociación o entidad solicitante de la presente subvención si no se hubieran
presentado en ejercicios anteriores, o éstos hubieran sufrido alguna modificación.
3. NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención.
b) Certificado expedido por el/la Secretario/a de la asociación o entidad solicitante acreditativo del número de asociados al corriente de pagos de la cuenta, cuando las hubiera, todo ello referido a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.
c) Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda.
d) Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de entidad beneficiaria. Se comprobará de oficio que la asociación se encuentra al corriente de sus obligaci
Bases y documentación
Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 29/09/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE AYUDAS Y SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS PARA LAS ASOCIACIONES DE PADRES Y MADRES DE ALUMNADO DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL MUNICIPIO. EJERCICIO 2026Publicado 01/10/2026Bases Reguladoras de ayudas para asociaciones de madres y padres de alumnos de Azuqueca de HenaresInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.