CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS COMO INSTRUMENTO PARA LAS RELACIONES SOCIALES Y EL BIENESTAR PERSONAL DE LAS PERSONAS MAYORES. AÑO 2026
LOCAL · CONSEJO INSULAR DE MALLORCA · CONSELL INSULAR DE MALLORCA
PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES532 - Mallorca
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Servicios Sociales y Promoción Social
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
01/10/2026
Publicación en diario oficial
03/10/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB
Texto oficial de cierre: 15 días hábiles a partir del siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Bases reguladorasDe conformidad con lo que establece el artículo 70 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, y el artículo 96.2 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, esta convocatoria se rige por lo que se dispone en el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de la CAIB y el resto de normativa que sea de aplicación.Esta convocatoria se efectúa en el marco de la Ordenanza general de subvenciones del Consell Insular de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de 23 de diciembre de 2016, BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017, y modificada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión 14 de junio de 2018, BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018.2. ObjetoLa convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para financiar los gastos derivados de proyectos de interés cultural, sociales y lúdicos como instrumento para las relaciones sociales y el bienestar personal de las personas mayores, y que se realicen en la isla de Mallorca.Los proyectos por los cuales se pide la subvención no pueden estar incluidos en ningún otro de las convocatorias de cualquier departamento del Consell de Mallorca. Asimismo, solo se puede presentar un único proyecto por universidad solicitante.3. FinalidadesLos proyectos que se subvencionen deben tener algunas de las finalidades relacionadas con las personas mayores y que se describen a continuación:Promover y estimular el envejecimiento activo y la promoción de hábitos saludables.Promover las relaciones sociales y la comunicación interpersonal como medio para conseguir un enriquecimiento personal y para prevenir el aislamiento social.Crear espacios donde se compartan valores de tolerancia, convivencia y solidaridad, determinantes en las relaciones comunitarias.Interaccionar con la promoción de la autonomía personal y la calidad de vida.4. Personas beneficiarias4.1 Pueden obtener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones las universidades públicas que lleven a cabo, en el ámbito insular de Mallorca, programas destinados a las personas mayores que les permita el desarrollo de valores y actitudes que mejoran la capacidad de disfrute y la calidad de vida de las personas, y que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca y en el artículo 10 Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones.4.2 No pueden obtener la condición de personas beneficiarias las entidades en las cuales se cumpla alguna de las circunstancias siguientes:a) Las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca y en el artículo 10 Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.b) Las universidades que presenten un proyecto en el cual no se exprese de manera clara la conexión existente entre el proyecto presentado y el objeto y finalidades de la convocatoria.5. Crédito presupuestarioSe destina la cantidad de cincuenta mil euros (50.000,00 euros) a las subvenciones objeto de esta convocatoria, con cargo en la partida presupuestaria 00.23180.45390, del presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2026.RC220260021253A9202600120656. Gastos subvencionablesSe consideran gastos subvencionables los gastos que, de manera indudable, corresponden a la naturaleza de los proyectos subvencionados y se efectúan durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026 (ambos incluidos). Asimismo, se considera gasto hecho el que ha sido efectivamente pagado antes de que acabe el periodo de justificación establecido en el punto decimocuarto de esta convocatoria, de acuerdo con lo que establece el artículo 44 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca.Las actividades justificadas y la fecha de los justificantes de las actividades tienen que corresponder al periodo que comprende desde el día 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos.7. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles, contadores a partir del día siguiente de publicarse el extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.La documentación que debe presentarse para solicitar la subvención se relaciona en el punto 11 de la convocatoria.Las entidades deben presentar la documentación correspondiente a través del trámite que se publica en la Sede Electrónica del Consell de Mallorca.(https://seu.conselldemallorca.net)