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Plazo no verificadoBDNS 933300

Ayudas 2026/2027, del Programa I y financiadas por CA y TE, a personas desempleadas que se hayan establecido como trabajadores autónomos, según Resol. de 28 de septiembre de 2026 que las convoca.

AUTONOMICA · EXTREMADURA · SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:27 (España)

¿A quién se dirige?

PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES43 - EXTREMADURA

Finalidad

Fomento del Empleo

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
03/10/2026
Publicación en diario oficial
09/10/2026

Texto oficial de apertura: Día siguiente a la publicación en DOE

Texto oficial de cierre: 12 meses desde fecha de inicio

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de laLey 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica elextracto de la resolución, cuyo texto completo puede consultarse en laBase de Datos Nacional de Subvenciones(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en elpresente Diario Oficial de Extremadura.Primero. Objeto.Subvenciones dirigidas al establecimiento de personas desempleadas comotrabajadoras por cuenta propia o autónomas.Segundo. Beneficiarias.Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:Las personas desempleadas que inicien una actividad empresarial comotrabajadoras por cuenta propia a título individual, siempre que debanquedar encuadradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos(RETA).Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes a lasque se refiere el capítulo III del título II de la Ley 20/2007, de 11 dejulio del Estatuto del trabajo autónomo.Los profesionales que ejerzan una actividad por cuenta propia querequiera la incorporación a un Colegio Profesional, cuyo colectivo sehaya integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en lamutualidad alternativa correspondiente.Quienes constituyan o se incorporen a comunidades de bienes u otrasentidades sin personalidad jurídica conforme al artículo 35.4 de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, formando parte comopersona socia y se den de alta en RETA o en la mutualidad alternativacorrespondiente.Tercero. Bases reguladoras.Decreto 39/2024, de 30 de abril (DOE núm. 109, de 6 de junio de 2024),modificado por el Decreto 154/2026, de 28 de julio (DOE NUM. 148), porel que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para elfomento y consolidación el empleo autónomo en el ámbito de la ComunidadAutónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de lasayudas de los programas I, II, III, IV y V para el período 2024-2025.Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención.El volumen total de crédito para el Programa I en la convocatoria es de31.500.000,00 euros, con cargo a los créditos del Servicio ExtremeñoPúblico de Empleo para los ejercicios 2026 y 2027, con cargo a lossiguientes códigos presupuestarios:— 20001389 “Fomento del Autoempleo”, financiado por Fondos Propios de laComuni¬dad Autónoma de Extremadura por un importe de 14.000.000,00 eurosde los que 3.500.000,00 euros corresponden al ejercicio 2026 y el resto,es decir, 10.500.000,00 euros, corres¬ponden al ejercicio 2027,aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20001389.— 20150076 “Ayudas al trabajo Autónomo”, financiado con fondos deTransferencias del Estado, por un importe de 12.500.000,00 euros, de losque 4.500.000,00 corresponden al ejercicio 2026, y el resto, es decir,8.000.000,00 euros corresponden al ejercicio 2027, aplicaciónpresupuestaria 140130000/G/242A/47000/TE24001001/20150076.— 20230062 “Fomento del Emprendimiento en Jóvenes (FS)”, cofinanciadopor el Fondo Social Europeo Plus, con un importe de 5.000.000,00 euros,de los que corresponden 0,00 euros al ejercicio 2026 y el resto, esdecir, 5.000.000,00 euros, al ejercicio 2027, aplicación presupuestaria140130000/G/242A/47000/FS21455A01/20230062.En cuanto a las cuantías de las ayudas, se modulan en función de loscolectivos en los que se encuadren las personas beneficiarias, variandodesde 6.000,00 euros hasta 10.000,00 euros.Además, se contempla una subvención adicional de 1.000,00 euros, en loscasos en los que la persona solicitante, encuadrada en cualquiera de losanteriores colectivos menos en el de actividad en municipio de menos de5.000 habitantes, cumpla con esa condición.Asimismo, una subvención adicional de 4.000,00 euros cuando la personasolicitante adquiera un negocio a través de relevo generacional. Estasubvención podrá incrementarse en 2.000,00 euros cuando la personabeneficiaria tenga el domicilio de la actividad en municipios de menosde 10.000 habitantes, de acuerdo con las últimas cifras oficiales depoblación resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enerodel ejercicio en el que se inicie la vigencia de la convocatoria,difundido por el Instituto Nacional de Estadística.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.La subvención deberá solicitarse, siempre dentro del periodo de vigenciade la convocatoria, en el plazo iniciado el día siguiente al que seinicie la actividad, de acuerdo con lo expresado por la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, y los cinco meses naturales siguientesal mes del citado inicio.La convocatoria tiene una vigencia de doce meses y se inicia el díasiguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto alpresente extracto, previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.Sexto. Otros datos.El procedimiento de tramitación de estas ayudas será realizado pormedios telemáticos.Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, que figuranpublicados en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es)junto con la convocatoria, están disponibles en la Sede Electrónica dela Junta de Extremadura, página web https://www.juntaex.es/w/6443 e,igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional dePublicidad de Subvenciones.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 03/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO DE LA RESOLUCION DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2026 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA EL PROGRAMA I: "AYUDAS AL ESTABLECIMIENTO DE PERSONAS DESEMPLEADAS COMO TRABAJADORAS AUTÓNOMAS", PARA EL PERIODO 2026-2027.Publicado 09/10/2026Decreto 39/2024, de 30 de abril, de bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo en la CA de Extremadura y primera convocatoria de los programas I, II, III, IV y V para 2024-2025