Plazo no verificadoBDNS 933993
BASES SUBVENCIÓN PARA LA COMPRA O AUTOPROMOCIÓN DE PRIMERA VIVIENDA, EJERCICIO 2026
LOCAL · ALMUSSAFES · AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 18:28 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES523 - Valencia / València
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 07/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 20/10/2026
Texto oficial de apertura: El día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Texto oficial de cierre: Diez días a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOP.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:1.- Tendrá la consideración de beneficiarios de la subvención las personas que se encuentren en la situación que legitima su concesión.2.- Podrán obtener la condición de beneficiario las personas en las que concurran las circunstancias previstas en la base cuarta de las bases que rigen la convocatoria.Segundo. ObjetoLas bases tienen por objeto regular el régimen de ayudas que concede el Ayuntamiento de Almussafes a las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en las bases, procedan a la compra o autopromoción de su primera vivienda, situada en la zona urbana del término municipal de Almussafes, durante el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, y que quede acreditada conforme a lo dispuesto en las bases.Tercero. Bases reguladorasLas bases para la concesión de subvenciones para la compra o autopromoción de primera vivienda para el ejercicio 2026, fueron aprobadas por Resolución de la Alcaldía 2728, de 2 de octubre de 2026, y se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la página web del Ayuntamiento (www.almussafes.net).Cuarto. CuantíaLa cuantía máxima a subvencionar por vivienda será de 2.500,00 €. El número total de subvenciones a conceder queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente. En el caso que el importe total a conceder superase la consignación inicial, la cantidad disponible se distribuirá equitativa y proporcionalmente al resultado obtenido en la valoración por los solicitantes.Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de diez días a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en españolPublicado 07/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSResolución de la Alcaldía nº 2728/2026 de 02/10/2026Publicado 07/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 07/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSAnuncio del Ayuntamiento de Almussafes sobre la publicación de las Bases para la concesión de subvenciones para la compra o autopromoción de primera vivienda ejercicio 2026.Publicado 20/10/2026BASES SUBVENCIÓN PARA LA COMPRA O AUTOPROMOCIÓN DE PRIMERA VIVIENDA, EJERCICIO 2026Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.