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Plazo no verificadoBDNS 934102

202609001112 Ayudas individualizadas solicitadas por personas con discapacidad Bonotaxi

LOCAL · MURCIA · AYUNTAMIENTO DE MURCIA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 12:09 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES - ESPAÑA

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
13/10/2026
Fin de solicitudes
09/11/2026
Registro en BDNS
07/10/2026
Publicación en diario oficial
10/10/2026

Texto oficial de apertura: DESDE EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION EN EL BORM

Texto oficial de cierre: 20 DIAS HABILES

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.- Beneficiarios
Tendrán derecho a la obtención de la subvención que se regula en la presente convocatoria, todas aquellas personas solicitantes que reúnan los siguientes requisitos al momento de presentación de la solicitud:A) Estar empadronado/a en el municipio de Murcia durante un período mínimo de un año, previo a la publicación de la presente convocatoria y permanecer en alta en el Padrón Municipal mientras se perciba esta Ayuda. B) Tener reconocida por el organismo competente una discapacidad de al menos el 33 %. Que la discapacidad reconocida de acuerdo con el baremo específico tenga una movilidad en la que se hayan obtenido: B.1)- Al menos 7 puntos en el baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos, si el reconocimiento de discapacidad se realizó con la aplicación de las normas contenidas en el RD 1971/1999.B.2)- Al menos el 25 % en el baremo de limitación de movilidad, si el reconocimiento de la discapacidad se realizó aplicando las normas contenidas en el RD 888/2022, de 18 octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.B.3) - Personas con discapacidad visual grave: aquellas que muestren en el mejor ojo una agudeza visual igual o inferior al 0?1 con corrección, o un campo visual reducido a 10 grados o menos. por semejanza a la obtención de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, regulada en el RD 1056/2014.C) Que la discapacidad reconocida le impida utilizar los transportes públicos colectivos, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el nuevo procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, todas las resoluciones con fecha de resolución posterior al 19 de abril de 2023, tendrán la consideración de existencia de dificultad para la utilización de trasporte público cuando se acredite una puntuación igual o superior a 25 puntos en el BLAM (Baremo de limitación de las actividades de movilidad), dentro del plazo vigente de la convocatoria.Para las resoluciones concedidas con anterioridad a la fecha arriba indicada, se considerará grave problema de movilidad cuando la puntuación acreditada sea igual o superior a 7 puntos o tenga reconocido baremo de movilidad en la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad.D) Que la renta per cápita de la unidad de convivencia no supere el límite de ingresos anuales atendiendo al número de personas computables que la compongan:
Número de personas computables
Límite de ingresos
1 persona computable
245 % del IPREM 2026
2 ó más personas computables
213 % del IPREM 2026
E) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.F) No ser deudor/a por ningún concepto a la Hacienda Municipal.G) Tener justificadas las subvenciones concedidas por este mismo concepto en la convocatoria publicada en el año 2024, y presentada la justificación de la convocatoria 2025, en el caso de haber sido beneficiarias en ejercicios anteriores.H) Prestar la persona solicitante de la subvención declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de conformidad con el apartado segundo y tercero del art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como compromiso de mantener el cumplimiento de la declaración responsable durante el período de tiempo inherente al reconocimiento o ejercicio del derecho al cobro de la subvención.2. Objeto y finalidad
La presente Convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de competencia competitiva, de subvenciones dirigidas a personas gravemente afectadas en su movilidad (BONOTAXI), para el ejercicio 2026.La finalidad de las mismas es ofrecer una prestación económica para mejorar la calidad de vida e inclusión social de las personas a las que se dirige, así como favorecer la autonomía personal y desplazamientos en taxi a personas gravemente afectadas en su movilidad y con dificultades para utilizar los transportes públicos colectivos, como medida de inclusión social de las personas más vulnerables, como es el colectivo de personas con discapacidad.Esta convocatoria contempla dos vías de acceso: la Movilidad Física Reducida y la Discapacidad Visual Grave y Sordoceguera.3.- Bases reguladoras
Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, publicada en B.O.R.M. número 36 de fecha 14 de febrero de 2023.4.- Cuantía
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026/090/2316/48000 por un importe máximo de 45.272,90 euros. Las subvenciones se concederán hasta el agotamiento del gasto autorizado.5.- Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes de subvención, debidamente documentadas, se presentarán en el plazo de 20 días hábiles, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de su aprobación, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.6.- Otros datos
Las solicitudes se presentarán según modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia y en www.murcia.es
El modelo de solicitud también estará disponible en las Oficinas Municipales de Información y Registro del Ayuntamiento de Murcia.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 08/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto de Acuerdo de Junta de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia de 2 de Octubre de 2026, por el que se convoca en régimen de concurrencia competitiva, concesión de subvenciones a personas gravemente afectadas en su movilidad para realizar desplazamientos en taxi (BONOTAXI), para el ejercicio 2026.Publicado 10/10/2026ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES Y PREMIOS DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA