PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES521 - Alicante / Alacant
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
08/10/2026
Publicación en diario oficial
14/10/2026
Texto oficial de apertura: A partir de l'endemà de la publicació de l’extracte de la convocatòria en el Butlletí Oficial.
Texto oficial de cierre: 10 dies naturals.
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Primero. Beneficiarios:1.- Tendrán la consideración de beneficiarios de las becas las/los jóvenes deportistas que se encuentren en la situación que legitima su concesión.2.- Podrán obtener la condición de beneficiario las/los jóvenes deportistas en las que concurran las circunstancias previstas en la presente convocatoria y además cumplir las siguientes circunstancias:Edad inferior a 18 años a cumplir hasta finalizar el plazo de presentación de las solicitudes.Estar en posesión del graduado de ESO (4º de ESO) en caso de tener 16 años o más.Ser residentes y empadronados en el municipio de Muro al finalizar el plazo de la presentación de las solicitudes y durante el período objeto de la convocatoria de la beca.Estar en posesión de la licencia federativa en vigor de la modalidad deportiva correspondiente.3.- Serán obligaciones del beneficiario:Cumplir el objetivo y realizar la actividad objeto de financiación por el Ayuntamiento.Justificar ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos y condiciones para ser beneficiario del mismo.Estar compitiendo en campeonatos estatales, autonómicos o provinciales.Carecer de ingresos propios.No percibir otras ayudas o subvenciones con igual finalidad.Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.Someterse a las actuaciones de comprobación, por parte del Ayuntamiento, aportando toda la información que les sea requerida.Segundo. Objeto:1-. Las BECAS reguladas en la presente convocatoria tendrán por objeto colaborar en los gastos de formación y preparación deportiva, convertidos en referente y modelo para la juventud, y favorecer su perfeccionamiento, de cara al éxito en un más alto nivel en un futuro próximo.2-. La concesión de la BECA y su gestión por las/los jóvenes deportistas beneficiarios se realizará de acuerdo con los siguientes principios:Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.Eficacia en el cumplimiento de los objetivos.Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.3.- De acuerdo con el arte. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las bases reguladoras de las subvenciones, en el caso del Ayuntamiento de Muro, se aprueban mediante la Ordenanza general de subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada en sesión plenaria celebrada en fecha 19 de enero de 2006 y publicada de fecha 15 de abril de 2006.Tercero. Bases reguladoras:Ordenanza General de Subvenciones de este Ayuntamiento, aprobada en sesión plenaria celebrada en fecha 19 de enero de 2006 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 87, de fecha 15 de abril de 2006.Cuarto. Cuantía:Las becas o ayudas se concederán para el ejercicio económico 2026, hasta un máximo de 3 becas por importe de 500,00 euros cada una.Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.