Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 19/10/2026
- Fin de solicitudes
- 30/10/2026
- Registro en BDNS
- 08/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/10/2026
Texto oficial de apertura: A partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOCM
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Universidad Rey Juan Carlos Resolución de fecha 7 de Octubre de 2026 del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de la convocatoria 2026 de ayudas a personas refugiadas de la Universidad Rey Juan Carlos. BDNS : 934246 Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 7 de Octubre de 2026 por la que se por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de la convocatoria 2026 de ayudas a personas refugiadas de la Universidad Rey Juan Carlos. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index). Primero: Beneficiarios Las personas destinatarias de estas ayudas son: Personas refugiadas o solicitantes de protección internacional, apátridas o beneficiarias de protección subsidiaria, incluyendo: Personas que hayan solicitado asilo o hayan sido reconocidas como personas refugiadas u otra protección conforme a la Ley 12/2009, Reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria en España.Personas a las que se le haya denegado la condición de personas refugiadas conforme a la Ley 12/2009 en resolución no firme y cuya resolución haya sido objeto de impugnación en vía administrativa o contencioso-administrativa.Personas con tarjeta roja o blanca en vigor como solicitante de asilo o protección internacional en espera de resolución. Personas con situación de necesidad de protección por razones humanitarias derivada de ser nacional de un país en situación de conflicto. Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma, así como mantenerlos hasta la finalización de todo el proceso que afecta a las ayudas. Requisitos Generales Procedencia de un país no perteneciente a la Unión Europea.Acreditación de la condición de persona refugiada o solicitante de protección internacional, apátrida o beneficiaria de protección subsidiaria, o persona con situación de necesidad de protección por razones humanitarias derivada de ser nacional de un país en situación de conflicto bélico o similar.Aportación de documentación acreditativa de la situación de necesidad en que se encuentra la persona solicitante para ser valorada por la Comisión de Valoración de esta convocatoria.No podrán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.En caso de que El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconozca su derecho a la prestación de ingreso mínimo vital (IMV), no se abonará importe de matrícula al estar exenta de pago.En el caso de procedencia de países donde el idioma oficial del país no coincida con el idioma de los estudios a cursar en la Universidad Rey Juan Carlos, acreditación del idioma B2 en el que se desarrollen los estudios que permita el seguimiento total de los mismos (español o inglés). Segundo Objeto La presente convocatoria tiene por objeto regular el procedimiento de concesión, mediante un régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de estudios de grado o posgrado en la URJC durante el curso 2026/2027 para personas refugiadas o solicitantes de protección internacional, apátridas o beneficiarias de protección subsidiaria, o personas con situación de necesidad de protección por razones humanitarias derivada de ser nacional de un país en situación de conflicto bélico o similar, a juicio de la Comisión de Valoración de esta convocatoria y, excepcionalmente, para solicitantes de estas ayudas en la convocatoria de 2025 cuya solicitud hubiera sido admitida para su tramitación.Los destinatarios de las presentes ayudas serán estudiantes de Grado o Posgrado matriculados o admitidos para ser matriculados en la Universidad Rey juan Carlos que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula quinta de estas bases.Para la obtención de las ayudas objeto de la presente convocatoria, los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en la misma.Esta ayuda es incompatible con otras ayudas, y con otras fuentes de financiación dirigidas a los mismos fines. Tercero Bases Reguladoras La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios. Cuarto Cuantía La cuantía máxima de las ayudas objeto de la presente convocatoria será de 25.000 euros, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 30.VC.RS.CI.423B.483.00 “Becas, formación y otras” del presupuesto del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte. Quinto Plazo y presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud específico que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias Sexto Otros datos Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base SEXTA de las Bases Reguladoras. Séptimo Adjudicaciones y criterios de selección Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración presidida por La persona titular del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte, o persona en quien delegue, de la que formarán parte en calidad de vocales, tres personas expertas en Cooperación al Desarrollo y Voluntariado pertenecientes a la comunidad universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, y la persona responsable de la Coordinación Académica de Cooperación, Voluntariado y ApS, que actuará como secretario/a de la comisión. Los criterios de baremación serán los que figuran en la base NOVENA de las Bases Reguladoras de la Convocatoria. Octavo Resolución y Recursos El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación. Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente. Móstoles, 7 de octubre de 2026 El Rector de la Universidad Rey Juan CarlosAbraham Duarte Muñoz.