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Abierta (plazo verificado)BDNS 934254

Plan de la Agenda 2030 (anualidades 2026-2027)

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE ZARAGOZA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZARAGOZA

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 18:36 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES243 - Zaragoza

Finalidad

Otras actuaciones de carácter económico

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
13/10/2026
Fin de solicitudes
26/10/2026
Registro en BDNS
08/10/2026
Publicación en diario oficial
09/10/2026

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Extracto publicado

ANUNCIOExtracto del Decreto nº 2026-3013 de fecha 6 de octubre de 2026, de Presidencia, por el que se convocan subvenciones con cargo al Plan ?Agenda 2030 (anualidades 2026/2027)?.De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/):Primero. Beneficiarios:Podrán acogerse a las subvenciones reguladas en esta Convocatoria todos los municipios de la provincia de Zaragoza, a excepción del municipio de Zaragoza capital, que no se encuentren incursos en ninguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones), que se encuentren al corriente en el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones (artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio) y que no estén incursos en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con la Diputación Provincial de Zaragoza.Segundo. Finalidad:Este Plan tiene por objeto la financiación de la ejecución de actuaciones de inversión en el área de gasto 1, en virtud de las aplicaciones presupuestarias previstas para las mismas, y en el área de gasto 4 ?caminos vecinales?, todas ellas destinadas a la realización de actuaciones para la lucha contra la despoblación y la adaptación al cambio climático, relacionadas en la exposición de motivos de las Bases de la Convocatoria.En ningún caso se considerará gasto subvencionable el importe del IVA correspondiente a una actuación de abastecimiento y distribución de agua potable.Señalar que los créditos iniciales y la distribución por programas presupuestarios se realiza con carácter estimativo, y con el fin de conseguir una eficacia y eficiencia administrativa, se ha asignado la totalidad de la aportación económica en el programa presupuestario 15320 para el área de gasto 1, y Programa presupuestario 45400 para el área gasto 4, sin perjuicio de que se pueden financiar con cargo a esta Convocatoria y puedan tener su reflejo presupuestario en alguno de los siguientes grupos de programas, de los recogidos en el anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades Locales, modificada por Orden HAP/419/2014 de 14 de marzo:ORGÁNICA PROGRAMA APLICACIÓN DENOMINACIÓN 2026 (€) 2027 (€) (previsión)42110 13200 7620300 Seguridad y Orden Público 0,00 0,0042110 13300 7620300 Ordenación del Tráfico y del Estacionamiento 0,00 0,0042110 13400 7620300 Movilidad Urbana 0,00 0,0042110 13500 7620300 Protección Civil 0,00 0,0042110 15320 7620300 Plan de lucha contra la despoblación Agenda 2030 10.000.000,00 1.111.111,1142110 16000 7620300 Alcantarillado 0,00 0,0042110 16100 7620300 Abastecimiento domiciliario de agua potable 0,00 0,0042110 16210 7620300 Recogida de residuos 0,00 0,0042110 16220 7620300 Gestión de residuos sólidos urbanos 0,00 0,0042110 16230 7620300 Tratamiento de residuos 0,00 0,0042110 16500 7620300 Alumbrado público 0,00 0,0042110 17100 7620300 Parques y jardines 0,00 0,0042110 17210 7620300 Protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas 0,00 0,0042110 45400 7620326 Caminos vecinales 10.000.000,00 1.111.111,11 20.000.000,00 2.222.222,22Cada entidad local beneficiaria podrá realizar como máximo 2 peticiones con cargo al presente Plan dentro de la cuantía determinada para cada una de ellas, una de ellas en el área de gasto 1 y otra en el área de gasto 4.La subvención podrá alcanzar hasta el 100% del presupuesto presentado por la entidad local solicitante, hasta que se agote el crédito de la Convocatoria, estableciéndose un criterio de distribución objetivo e igualitario de distribución, por tramos de población, de manera que el importe a conceder a cada uno de ellos es el resultante de la aplicación del siguiente criterio objetivo de distribución: ? De la cantidad destinada al área de gasto 1, que se corresponde con la mitad del presupuesto del Plan, se destina una cantidad fija por entidad beneficiaria, 10.000,00 €. El resto del presupuesto destinado al área de gasto 1 se distribuirá: ? Una cantidad fija correspondiente de dividir el 50% de este presupuesto entre las 292 entidades beneficiarias ? Una cantidad variable obtenida de multiplicar la población empadronada de la entidad beneficiaria por el coeficiente resultante de dividir el importe restante del área de gasto 1 entre la población total de las entidades beneficiarias. ? De la cantidad destinada al área de gasto 4, que se corresponde con la mitad del presupuesto del Plan, se destina una cantidad fija por entidad beneficiaria, 10.000,00 €. El resto del presupuesto destinado al área de gasto 4 se distribuirá: ? Una cantidad fija correspondiente de dividir el 50% de este presupuesto entre las 292 entidades beneficiarias ? Una cantidad variable obtenida de multiplicar la superficie de la entidad beneficiaria por el coeficiente resultante de dividir el importe restante del área de gasto 4 entre la superficie total de las entidades beneficiarias.En todo caso, las peticiones que realicen los beneficiarios deben incardinarse obligatoriamente en los programas de gasto contemplados en el cuadro anterior.La financiación de la diferencia entre el presupuesto presentado de la actuación y la subvención obtenida, si la hubiere, correrá a cargo de la entidad local, y podrá atenderse bien con recursos propios o bien con financiación procedente, a su vez, de ésta u otras Administraciones o Instituciones, teniendo en cuenta que el importe de las subvenciones no puede superar el coste de la/s actuación/es subvencionada/s, declarándose esta Convocatoria expresamente compatible con cualquier otra financiación de la Diputación Provincial de Zaragoza u otras Administraciones Públicas, salvo que estas declaren expresamente su incompatibilidad.Tercero. Bases reguladoras:Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Zaragoza, aprobada por Acuerdo Plenario celebrado el día 9 de marzo de 2016 (publicación a efectos de aprobación definitiva en BOPZ nº 128, de 6 de junio de 2024).Cuarto. Importe:La aportación de la Diputación Provincial de Zaragoza para financiar las actuaciones se establecen con carácter máximo y estimativo en la cantidad de 22.222.20,41 € con el siguiente desglose de anualidades:Anualidad 2026: 19.999.998,37 €Anualidad 2027: 1.111.110,95 €Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de estas normas en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.Si el último día de presentación fuera sábado, domingo o festivo, se entenderá como fin de plazo de presentación el primer día hábil siguiente. Zaragoza, 6 de octubre de 2026.- El Presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, Juan Antonio Sánchez Quero.

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 15/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del Decreto nº 2026-3013 de fecha 6/10/2026 por el que se convoca la subvención con cargo al Plan Agenda 2030 - Anualidades 2026/2027Publicado 09/10/2026