encuentraayudas
Plazo no verificadoBDNS 934647

PLAN DE OCUPABILIDAD OFICINAS TURÍSTICAS 2026 - TURISMO

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LEÓN · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 18:46 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES413 - León

Finalidad

Comercio, Turismo y Pymes

Plazos, con su contexto.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/10/2026
Publicación en diario oficial
14/10/2026

Texto oficial de apertura: Día hábil siguiente publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Texto oficial de cierre: 20 días hábiles a partir del día siguiente a publicación del extracto de la convocatoria en el BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

Extracto de la Convocatoria y Bases aprobadas por Acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2026, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con cargo al Plan de Ocupabilidad e Inserción Laboral del Servicio de Turismo de la Diputación de León para el año 2026, destinado a financiar la contratación de trabajadores desempleados para la apertura de Oficinas de Atención Turística.BDNS (identif.): Igualmente, se insertan en la web de la Diputación www.dipuleon.es, el texto íntegro de esta convocatoria y los modelos de Anexos propios de la misma en formato Word para facilitar su presentación, en los siguientes enlaces:https://www.dipuleon.es/Turismo/Atencion_Turistica/Ayudas_y_Subvenciones_4/ https://www.dipuleon.es/Ciudadanos/Ayudas_Subvenciones/Primero. - Beneficiarios. Serán beneficiarios del presente Plan de Ocupabilidad, los ayuntamientos de la provincia de León con población inferior a 20.000 habitantes que soliciten la subvención y cumplan los requisitos exigidos en la Base Quinta para su concesión debiendo obtener un mínimo de trece puntos. Segundo. - Finalidad. La presente convocatoria pretende financiar los costes derivados de la contratación por los ayuntamientos de la provincia de León con población inferior a 20.000 habitantes, de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la apertura de Oficinas de Información Turística, dentro del plazo de realización de la actividad objeto de subvención. Tercero. - Normativa reguladora. Las subvenciones objeto de la presente Convocatoria, de conformidad con lo regulado en el art. 2.5 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se regirán, además de por lo previsto en las presentes Bases, por el Convenio de colaboración suscrito con la Junta de Castilla y León para impulsar las políticas activas de empleo para la contratación de trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social de 22 de mayo de 2026. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones (en adelante OGS), en su redacción dada por acuerdo plenario de 27 de julio de 2022 (BOP n.º 206, de 27 de octubre de 2022), en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Reglamento que la desarrolla, en las Bases de ejecución del Presupuesto general de la Diputación de 2026 y en las restantes normas de derecho administrativo, aplicándose en su defecto las normas de derecho privado. Cuarto. - Cuantía. El crédito total para estas subvenciones asciende a ciento cuarenta mil euros (140.000,00 ⿬), crédito que se distribuirá entre 2026 y 2027, correspondiendo 105.000,00 ⿬ al ejercicio 2026, y 35.000,00 ⿬ al ejercicio 2027, quedando condicionada la anualidad futura a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos de la Diputación de León para 2027.La cantidad máxima subvencionada será la siguiente:1. Hasta el 90% de los gastos derivados de la contratación de personal titulado en Turismo (1):? máximo:1.200 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes? máximo: 600 ⿬ por contrato a media jornada y mes.2. Hasta el 80% de los gastos derivados de la contratación de personal que acredite la realización de los cursos que oferta el Aula Mentor (2):? máximo 1.000 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes.? máximo 500 ⿬ por contrato a media jornada y mes.3. Hasta el 70% de los gastos derivados de la contratación de personal no titulado en Turismo ni con la realización de los cursos citados del Aula Mentor:? máximo 900 ⿬ por contrato a tiempo completo y mes? máximo 450 ⿬ por contrato a media jornada y mes.(1) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones: Graduado en Turismo; Diplomado en Turismo; Técnico de Empresas y Actividades Turísticas (TEAT); Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turística; Técnico Superior en Información y Comercialización Turística(2) En la actualidad la oferta del Aula Mentor en la familia de Hostelería y Turismo, incluye los siguientes cursos, admisibles para optar a la presente subvención:? Diseño de productos y servicios turísticos locales.? Promoción y comercialización de productos y servicios turísticos locales.? Organización del servicio de información turística local.? Gestión de la información y documentación turística local.? Información y atención al visitante.En el supuesto de la imposibilidad de formalización de contratos a personal formado en materia turística, o que acredite la realización de los cursos que oferta el Aula Mentor, se podrá admitir la firma de contratos a personal que no tenga los cursos, o la titulación citada.No será subvencionable más de un contrato a tiempo completo o dos a media jornada, por Oficina. Se entenderá jornada completa un mínimo de 7 horas día/35 semanales y un máximo de 8 horas día/40 semanales. La medía jornada será como mínimo de 3,5 horas día/17,5 semanales y como máximo de 4 horas día/20 semanales.Quinto. - Plazo de presentación de las solicitudes. El plazo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación, a través de la BDNS, del extracto de las Bases en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LEÓN.Sexto. - Otros datos de interés. Presentación de solicitudes. - Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de la Diputación, en el modelo establecido en el Anexo I, acompañando:1. Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario en la convocatoria del Plan de Ocupabilidad e Inserción Laboral para 2026 (Anexo II).2. Anexo V, Anexo VI, y Anexo VII debidamente cumplimentados en todos sus apartados.Gastos subvencionables. - La cuantía de la subvención concedida será la suma total de los costes salariales imputables para los trabajadores contratados y el período de tiempo subvencionado, con el límite de la cantidad señalada en la base séptima, referidos a los siguientes conceptos: a) Salario base. b) Pluses que, con carácter general, se prevean en los Convenios Colectivos de aplicación.c) Parte proporcional de pagas extraordinarias que correspondan en función del periodo de tiempo trabajado. d) Importe de la aportación empresarial de la Entidad a la Seguridad Social, por las contingencias comunes y profesionales, excluidas las horas extra y otros conceptos no subvencionables. e) La indemnización por finalización de contrato. f) Los gastos que se ocasionen durante el período en que el trabajador esté de baja por incapacidad o por maternidad, incluidas las cotizaciones sociales. No tendrán la consideración de conceptos subvencionables las horas extraordinarias, así como los incentivos, primas o gratificaciones voluntarias o cualquier otra indemnización no prevista en la legislación laboral o en los convenios colectivos que resulten de aplicación. Requisitos para las contrataciones. ? Las contrataciones deberán cumplir los requisitos establecidos en la Base Novena entre los que destacan:? Las contrataciones subvencionadas serán las que se hayan realizado desde la fecha de aprobación del presente Plan de Ocupabilidad y hasta el 31 de diciembre de 2026, con una duración mínima de 2 meses.? Los contratos a formalizar serán los establecidos para la mejora de la ocupabilidad y de inserción laboral (modelos 405 o 505 según sean a jornada completa o parcial) y serán preferentemente a jornada completa; de hacerlo a jornada parcial, esta deberá ser al menos del 50% de la jornada legal o convencionalmente establecida. Periodo de realización de la actividad. - Serán subvencionables los costes de contratación efectuados desde la fecha de aprobación del presente Plan de ocupabilidad debiendo tener una duración mínima de 2 meses y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2026 y quedarán condicionadas a la efectiva aprobación del Plan.Procedimiento de concesión. ? Según se prescribe en la base decimosegunda y conforme al artículo 12 de la OGS. Órgano competente para resolver. ? El Pleno de la Corporación. Posibilidad de anticipo. - Sí, a aquellos ayuntamientos que tengan delegada la recaudación de los tributos en la Diputación, siempre previa solicitud, con un máximo del setenta y cinco por ciento (75%) de la subvención otorgada en la resolución de la convocatoria y con los requisitos que se señalan en la base decimoquinta. A los Ayuntamientos que no tienen delegada la recaudación de los tributos, se les concederá previa solicitud, un anticipo del 70%.Justificación. - - El plazo para que el ayuntamiento presente la justificación finalizará en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo previsto para la realización de la actividad acompañado de la documentación prevista en la base decimosexta de las que regulan la convocatoria.Forma de pago. ? El pago se efectuará fiscalizada la documentación justificativa, siguiendo lo dispuesto en la base decimoséptima. Compatibilidad con otras ayudas. - Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria, son compatibles con otras ayudas concedidas para la misma finalidad y actividad otorgadas por otras entidades públicas o privadas, En ningún caso la suma de las subvenciones concedidas podrá ser superior a la del gasto justificado, minorándose esta subvención en la cuantía necesaria para cumplir con dicha regla.- No serán compatibles con otras ayudas que pueda convocar la Diputación de León para el mismo fin, aunque las ayudas estén dirigidas a otra modalidad contractual.El Diputado delegado de Turismo(Por delegación del Presidente, resolución 10355/2023, de 13 de septiembre)

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto Convocatoria Subvenciones Plan Ocupabilidad 2026 para apertura Oficinas Informac Turística 2026Publicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO I - Solicitud subvenciónPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO II - Declaración responsablePublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO III - Solicitud de abonoPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSFicha de tercerosPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO V - Horario de oficinasPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VI - Memoría (Actividades)Publicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VII - PresupuestosPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO VIII - Memoria (Visitantes)Publicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSANEXO IV - Justificación. CertificaciónPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO CONVOCATORIA Y BASES DEL PLAN DE OCUPABILIDAD E INSERCIÓN LABORAL DEL SERVICIO DE TURISMO DE LA DIPUTACIÓN DE LEÓN PARA EL AÑO 2026, DESTINADO A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES DESEMPLEADOS PARA LA APERTURA DE OFICINAS DE INFORMACIÓN TURÍSTICA, AÑO 2026Publicado 14/10/2026ORD. GNRAL. DE SUBVENCIONES 2022