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Plazo no verificadoBDNS 934675

SUBVENCION PARA ACCIONES REALIZADAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASÍ COMO A FAVOR DE ENFERMOS DE ENFERMEDADES CRÓNICAS Y SUS FAMILIARES.EJERCICIO 2026.

LOCAL · AZUQUECA DE HENARES · AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 21/10/2026 18:46 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES424 - Guadalajara

Tipo de convocatoria

Concurrencia competitiva - canónica

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
09/10/2026
Publicación en diario oficial
14/10/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente de la publicación en BOP de Guadalajara

Texto oficial de cierre: 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en BOP

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

BDNS: 927994
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/inicio)
Por resolución de alcaldía de 9 de octubre de 2026 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:
PRIMERO. OBJETO Y FINALIDAD
El objeto de la presente convocatoria es regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de financiar proyectos que tengan como objetivo la promoción de la salud para personas con diferentes enfermedades crónicas del municipio durante el año 2026.
SEGUNDO.BASES REGULADORAS
La presente convocatoria trae causa de las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) nº 229, de fecha 28 de noviembre de 2025, bajo el título: “Aprobación definitiva de las Bases reguladoras de la subvención para acciones realizadas para la promoción de la salud, así como a favor de enfermos de enfermedades crónicas y sus familiares”.
TERCERO. IMPORTE Y PARTIDA PRESUPUESTARIA
La cantidad máxima destinada para esta convocatoria de subvenciones será de 21.000 €, imputables a la partida presupuestaria 3110.489.08 del presupuesto municipal del Ejercicio 2026.
MODALIDAD 1 – presupuesto asignado – 18.000€
MODALIDAD 2 – presupuesto asignado – 2000€
MODALIDAD 3 – presupuesto asignado – 1.000€
Se adjudicarán las subvenciones, dentro del crédito disponible, a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor valoración, dentro de su modalidad, en aplicación de los criterios descritos en el artículo 9 de las bases que rigen la presente convocatoria. No obstante, si la calidad de alguno o de todos los proyectos presentados no es adecuada o no se ajustase a las líneas de actuación descritas en la presente convocatoria, podrá quedar desierta una parte del crédito presupuestario o todo él.
CUARTO.REQUISITOS
Podrán solicitar y ser beneficiarios de la subvención regulada en las presentes Bases las entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de aprobación de la correspondiente convocatoria, que puedan desarrollar o llevar a cabo programas, actividades en el ámbito de la promoción para la salud y el apoyo a los familiares de las personas con esclerosis múltiple del municipio, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
• La actividad a subvencionar habrá de tener como destinatarios finales los vecinos y vecinas de Azuqueca de Henares y desarrollarse dentro del término municipal.
• Estar al corriente, en el caso de haber recibido con anterioridad subvenciones del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el cumplimiento de las obligaciones contraídas por tal concesión, así como en el reintegro de subvenciones, en su caso.
• Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.
• Estar al corriente en el pago de obligaciones fiscales, o de otro tipo, con el Ayuntamiento de
Azuqueca de Henares.
• No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

QUINTO.PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes y el resto de documentación deberán presentarse dentro de los 10 días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Sólo se admitirá una única solicitud por interesado. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido, resolviéndose la inadmisión de las mismas.
Las solicitudes, junto a la documentación que deba acompañarlas, se presentarán de forma telemática con

Bases y documentación

Texto en castellano de la convocatoriaPublicado 09/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSCONVOCATORIA DE LA SUBVENCION PARA ACCIONES REALIZADAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA SALUD, ASÍ COMO A FAVOR DE ENFERMOS DE ENFERMEDADES CRÓNICAS Y SUS FAMILIARES.EJERCICIO 2026.Publicado 14/10/2026Bases Reguladoras de la subvención para acciones realizadas para la promoción de la salud, así como a favor de enfermos de enfermedades crónicas