Plazo no verificadoBDNS 934814
Acuerdo de 13 de Octubre del Ayuntamiento de Figueres, por el que se convocan subvenciones a determinados establecimientos de la ciudad como consecuencia de la utilización de los vales descuento de la campaña Si amas Figueres, compra en Figueres.
LOCAL · FIGUERES · AYUNTAMIENTO DE FIGUERES
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 15:33 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES512 - Girona
Tipo de convocatoria
Concurrencia competitiva - canónica
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
El estado actual del plazo no está verificado. Estas son las fechas declaradas en la BDNS; compruébalas en la fuente oficial.
- Inicio de solicitudes
- 20/10/2026
- Fin de solicitudes
- 25/11/2026
- Registro en BDNS
- 13/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 16/10/2026
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
1. Objeto, finalidad y condicionesEl objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones a determinados establecimientos de la ciudad como consecuencia de la utilización de los vales de descuento de la campaña “Si amas Figueres, compra en Figueres”, que se llevará a cabo en el municipio de Figueres del 20 de octubre al 25 de noviembre de 2026.La finalidad de esta subvención es fomentar la economía municipal de la ciudad y fomentar la compra en comercio de proximidad, promocionando el comercio local para contrarrestar el aumento de la venta online y la creación y ampliación de grandes centros comerciales que hacen disminuir la afluencia de consumidores en el centro comercial de Figueres.El procedimiento de concesión de esta subvención es el de concurrencia no competitiva.2. Bases reguladorasLa convocatoria se realiza de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por junta de gobierno local en fecha 12 de noviembre de 2025, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (BOPG) Número 223, Número de edicto 10.456, de 21 de noviembre de 2025.3. Crédito presupuestario y cuantía máximaLa cantidad total destinada a la subvención en forma de vales de descuento será de 100.000 euros.La cuantía de la subvención para cada establecimiento corresponde al total de vales recogidos, entrados y justificados correctamente en el aplicativo, con un máximo de 2.000 euros por establecimiento, esto es, 200 vales de descuento por establecimiento, y hasta agotar el crédito disponible.El crédito adecuado y suficiente para el otorgamiento de las subvenciones se encuentra en la aplicación presupuestaria 2026 401 43900 48002 AYUDAS CAMPAÑA COMERCIOVALES DESCUENTO del presupuesto vigente del Ayuntamiento de Figueras.4. Solicitud de la subvención, plazo para presentarla y reformulación de solicitudes4.1 El plazo para que los establecimientos se puedan adherir a la campaña y, por tanto, solicitar a subvención, será desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP y hasta el 19 de octubre de 2026.Los establecimientos que hagan la solicitud de subvención una vez haya comenzado la campaña, se incorporarán efectivamente a la campaña una vez recibida la confirmación por parte del Ayuntamiento de Figueres, indicando que la sol·licitud de adhesión se ha hecho correctamente y que los datos y documentación requeridas han sido comprobadas y son correctas.Para adherirse a la campaña y, por tanto, solicitar la subvención, el establecimiento deberá rellenar y firmar el formulario que se incluirá en el apartado específico de la web del Ayuntamiento de Figueres y adjuntar la documentación que se especifica en el apartado 4.2 de esta convocatoria. Los datos introducidos en el formulario se volcarán en el aplicativo creado por esta campaña y que el Ayuntamiento de Figueres pondrá a disposición de la Cámara de Comercio de Girona como entidad colaboradora.Cuando alguna solicitud presente deficiencias, el Ayuntamiento de Figueres requerirá al solicitante para que las enmiende o presente en el plazo máximo y improrrogable de 10 días hábiles, con la advertencia de que, en caso contrario, se declarará desistido de la petición y se procederá al archivo de las actuaciones. Así mismo, si el solicitante lo autoriza, el requerimiento de subsanación de solicitud se podrá realizar por correo electrónico.Con la presentación de la solicitud se autoriza al Ayuntamiento de Figueres para que compruebe de oficio el cumplimiento efectivo de las obligaciones fiscales con las haciendas públicas y con la seguridad social.Paralelamente, la misma solicitud de subvención incorpora la aceptación por parte de la persona beneficiaria de la subvención en caso de otorgarse.El incumplimiento de los requisitos no subsanables o del plazo de presentación de solicitudes comporta la inadmisión de la solicitud.Cada solicitante puede presentar una única solicitud. La solicitud de la subvención implica la aceptación de las bases reguladoras.4.2 La documentación que deberá adjuntarse al formulario que se incluirá en el apartado específico del aplicativo creado por esta campaña para poder adherirse y, por tanto, solicitar la subvención, será la siguiente:- Alta IAE, modelo 036 o 037, según corresponda.- Fotografías del establecimiento.La documentación presentada junto con la solicitud o con los demás trámites asociados al procedimiento de concesión puede ser una copia simple (documento escaneado en PDF), siempre que sean copias idénticas a los documentos originales.5. Destinatarios de los vales descuentoRecibirán 2 vales de 10 euros cada uno de los ciudadanos/as empadronados/as en Figueras de las siguientes franjas de edad:- Mayores de 18 años, incluidos.Se fija el 30 de septiembre de 2026 como fecha para determinar los mayores de 18 años (incluidos) empadronados en Figueres.El Ayuntamiento de Figueres introducirá los datos de las personas empadronadas en Figueres que cumplen los requisitos de edad especificados anteriormente y éstos podrán acceder a los vales de descuento a través del aplicativo proporcionado por el Ayuntamiento de Figueres introduciendo su DNI.Para utilizar cada vale de 10 euros será necesario realizar una compra de como mínimo 20 euros. En cada compra se podrán utilizar uno o dos vales. Los dos vales de descuento se podrán utilizar en la misma compra cuando ésta haya sido al menos de 40€. No se podrán utilizar más de dos vales de descuento en una misma compra. No se podrán utilizar vales de descuento de personas diferentes en una misma compra.Una vez descargados los vales de descuento, se podrán utilizar durante 15 días o hasta el día 25 de noviembre de 2026. Si no se han utilizado pasado este plazo y la campaña todavía está vigente, volverán a estar disponibles para descargarse.Si una persona se ha descargado los vales y le caducan pasados los 15 días anteriormente establecidos, no podrá volver a obtenerlos.6. Órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimientoLa ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de estas subvenciones en forma de vales de descuento, así como la resolución, corresponde a la Cámara de Comercio de Girona en la forma que se establezca en el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Figueres y la Cámara.El plazo máximo para resolver el otorgamiento o no de las subvenciones por parte de la Cámara de Comercio de Girona no podrá exceder del 26 de diciembre de 2026El vencimiento del plazo máximo sin que se haya publicado la resolución legitima a los interesados por entender desestimada por silencio administrativo la sol·licitud de la subvención.La Cámara de Comercio de Girona será la encargada de resolver cualquiera eventualidad no regulada en las bases.7. Justificación de la subvenciónLa justificación debe realizarse en los términos que establecen las bases. El plazo máximo para la presentación de la justificación por parte de los establecimientos será hasta el 10 de diciembre de 2026, siempre que no se haya ido justificante a medida que avanza la campaña.8. Régimen de recursosEl acuerdo de resolución de la convocatoria pondrá fin a la vía administrativa, y en ella se podrá interponer un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación. Alternativamente y de forma potestativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación.
Bases y documentación
Documento de la convocatoria en lengua cooficialPublicado 13/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSDocumento de la convocatoria en españolPublicado 13/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSConvocatoria para el otorgamiento de subvenciones a determinados establecimientos de la ciudad como consecuencia de la utilización de los vales descuento de la campaña: Si amas Figueres, compra en Figueres, que se llevará a cabo del 20 de octubre al 25 de noviembre de 2026Publicado 16/10/2026Subvención directa atribuida de acuerdo al artículo 22.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvencionesInformación orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.