Plazos, con su contexto.
El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.
- Inicio de solicitudes
- 21/10/2026
- Fin de solicitudes
- 04/11/2026
- Registro en BDNS
- 13/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 20/10/2026
Texto oficial de apertura: Al día siguiente de su publicación en el BOCM
Texto oficial de cierre: 10 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación en el BOCM
Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.
Extracto publicado
Resolución de fecha 13 de Octubre de 2026 del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de Becas de Prácticas Fundación ONCE-CRUE en el curso 26-27. BDNS : 934852 Extracto de la Resolución Rectoral de la Universidad Rey Juan Carlos de 13 de Octubre de 2026 por la que se por la que se aprueba y se hace pública la convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras para la concesión, mediante procedimiento de concurrencia competitiva, de Becas de Prácticas Fundación ONCE-CRUE en el curso 26-27. De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias). Primero: Beneficiarios El beneficiario debe ser estudiante de grado o master de la URJC (oficial o título propio) y cumplir estos requisitos: Estar en posesión del certificado acreditativo de discapacidad igual o superior a 33%.Estar matriculado en la asignatura “Prácticas Externas” de cualquier grado o de un máster de la URJC (oficial o título propio).No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad o con la propia URJC, en el momento de disfrutar de la beca.La obligación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la ley y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.El interesado se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho de cobro.Haber realizado la solicitud de la beca a través de la plataforma de becas ONCE y, además, en la URJC a través del procedimiento establecido a tal fin en la sede electrónica de la URJC (ver instrucciones en el punto 6 “presentación de solicitudes”). En ningún caso podrá utilizarse la instancia general (expone/solicita) como modelo de solicitud válido para participar en la presente convocatoria.Tendrán preferencia los estudiantes que hayan superado al menos el 50% de los créditos de la titulación de grado o estar cursando un máster, sin haber realizado aún las prácticas académicas. El hecho de concurrir a la presente convocatoria por parte de los solicitantes implica la aceptación de las normas fijadas en la misma, así como de los requisitos en ella establecidos, de acuerdo con sus bases reguladoras. El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en las presentes bases o en su resolución de convocatoria, dará lugar a la pérdida del derecho de participación y/o a la ayuda. El beneficiario de estas ayudas deberá: Cumplir las prescripciones contenidas en la presente convocatoria y demás obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley de 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desde la presentación de la solicitud hasta la finalización de la beca.Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes.Comunicar al órgano concedente tan pronto como se conozca y en todo caso antes de la justificación, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas que resulten incompatibles con el objeto de la presente convocatoria.Proceder al reintegro de los fondos percibidos si se produjese alguna de las causas de reintegro contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003 de 17 noviembre, General de Subvenciones.El beneficiario, con carácter previo a recibir la ayuda, deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de subvenciones y de no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro, y que el interesado se compromete expresamente a mantener el cumplimiento de estos requisitos, durante el periodo de tiempo inherente al reconocimiento del derecho de cobro.No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad o con la propia URJC, en el momento de disfrutar de la beca. Segundo Objeto El objeto de la presente convocatoria es otorgar 2 becas de 2000€ cada una, a estudiantes con discapacidad de la URJC, para la realización de prácticas académicas externas en entidades participantes, por un periodo máximo de 3 meses de duración, percibiendo los estudiantes 600€ brutos al mes durante estos 3 meses; los 200 € restantes por estudiante, cubrirán los gastos de asesoramiento y apoyo por parte de la Universidad y los posibles gastos de seguridad social. Se convocan las becas Fundación ONCE-CRUE con objeto de promover la mejora de su empleabilidad y su futuro profesional. El programa está cofinanciado por el Fondo Social Europeo, siendo la Fundación ONCE quien transferirá a la URJC el 75% del total de la beca al inicio de esta, y el 25 % restante una vez finalice el periodo de prácticas. De estas 2 plazas, se reserva 1 plaza para estudiantes con gran discapacidad (que, de no cubrirse, pasará al cupo general). Se reserva 1 plaza para estudiantes de máster (que, de no cubrirse, pasará al cupo general). Tercero Bases Reguladoras La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad: https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios. Cuarto Cuantía La cuantía máxima de las ayudas objeto de la presente convocatoria será de 4.000 euros, de los cuales 3.600 se imputarán a la aplicación presupuestaria 30.VC.RS.UD.423B.483.00 y 400 se imputarán a la aplicación presupuestaria 30.VC.RS.UD.423B.483.07 del presupuesto del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte. Quinto Plazo y presentación de solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido se excluirán del procedimiento de concesión. Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo obligatoriamente cumplimentando el formulario de solicitud específico que estará disponible en la Sede Electrónica, accediendo a través del siguiente enlace: https://sede.urjc.es/convocatorias Sexto Otros datos Además del formulario de solicitud se deberá presentar la documentación exigida en la base SEXTA de las Bases Reguladoras. Séptimo Adjudicaciones y criterios de selección Las solicitudes serán estudiadas para su adjudicación por una Comisión de Valoración presidida por La persona titular del Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Cultura y Deporte, o persona en quien delegue, de la que formarán parte en calidad de vocales, tres personas expertas en Atención a Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales pertenecientes a la comunidad universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, y la persona responsable de la Coordinación Académica de Atención a la Discapacidad y Necesidades Educativas Especiales, que actuará como secretario/a de la comisión. Los criterios de baremación serán los que figuran en la base NOVENA de las Bases Reguladoras de la Convocatoria. Octavo Resolución y Recursos El Sr. Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos dictará Resolución de adjudicación. Dicha Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. Contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados, según lo dispuesto en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el plazo de un mes, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta (por silencio) del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente. Móstoles, a 13 de octubre de 2026. El Rector de la Universidad Rey Juan CarlosAbraham Duarte Muñoz.