Plazo no verificadoBDNS 936422
BASES CONVOCATÒRIA PER A LA CONCESSIÓ DE SUBVENCIONS PER A LA CREACIÓ DE LOCALS MULTISERVEIS ALS MUNICIPIS RURAL DE LA DEMARCACIÓ DE LLEIDA. Anualitat 2026.
LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE LLEIDA · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LLEIDA
Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 23/10/2026 00:45 (España)
¿A quién se dirige?
El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.
Ámbito territorial
ES513 - Lleida
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Plazos, con su contexto.
- Inicio de solicitudes
- No consta
- Fin de solicitudes
- No consta
- Registro en BDNS
- 20/10/2026
- Publicación en diario oficial
- 21/10/2026
Texto oficial de apertura: Des de l`endemà de la publicació al BOP.
Texto oficial de cierre: 20 dies des de l`endemà de la publicació al BOP.
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Extracto publicado
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (minhap.gob.es).Las determinaciones básicas de la convocatoria son las siguientes:Primero. BeneficiariosPodrán ser beneficiarios los ayuntamientos de municipios rurales y las entidades municipales descentralizadas de estos municipios rurales de la demarcación de Lleida.Se consideran municipios rurales los que figuran en el listado de municipios previsto en la Resolución PRE/415/2026, de 18 de febrero, por la que se da publicidad a la lista inicial de municipios rurales. A efectos de estas bases, se consideran asimilables a los municipios rurales aquellos que constan en las disposiciones adicionales primera y segunda de la citada Resolución.Segundo. ObjetoEl objeto de estas bases-convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas de la Diputación de Lleida para la creación de locales multiservicios en los municipios rurales.Se entiende como establecimiento comercial promovido por un ente local aquel en el que el ente local, o una entidad dependiente de este, impulsa la puesta en funcionamiento de una actividad comercial o de servicios en un espacio de titularidad pública, con un horario de apertura al público mínimo de 20 horas semanales.Los establecimientos comerciales promovidos por entes locales podrán ser operados mediante gestión directa, concesión de servicios, concesión de uso privativo de dominio público, arrendamiento del local o a través de cualquier otra fórmula admitida en derecho, con independencia de si la titularidad de la actividad económica corresponde al ente local o a la persona que realiza la gestión.Tercero. Bases reguladorasBases generales reguladoras de la concesión de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida núm. 58, de 25 de marzo de 2025, comenzando su vigencia el 26 de marzo de 2025. Cuarto. Crédito presupuestario y cuantía de las subvencionesEl importe total de la convocatoria es de 300.000,00 € euros a cargo de la aplicación presupuestaria 2026 073 414 7620000, Subv. Ayuntamientos por creación locales multiservicios, del presupuesto de la Diputación de Lleida correspondiente a la anualidad 2026.Esta dotación podrá ampliarse hasta 300.000,00 € adicionales de acuerdo con el artículo 18.1 c) de las Bases generales de subvenciones de la Diputación de Lleida y el artículo 582 4t del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin necesidad de una nueva convocatoria, siempre que este aumento se produzca antes de la resolución de concesión.El importe de las ayudas no será superior al 90% del coste total de la actuación.Se establece un límite máximo de subvención de 25.000,00 €.La cantidad de la subvención tendrá la consideración de porcentaje o fracción total del coste total del presupuesto presentado como coste de la actuación, de acuerdo con el artículo 8.1 de las BB.GG.En ningún caso la subvención otorgada podrá ser superior al importe solicitado por el beneficiario.Quinto. Plazo de presentación de solicitudesEl plazo de presentación será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).Sexto. Solicitud6.1 La solicitud de subvención se realizará por medio de un formulario dirigido a la Presidencia de la Diputación de Lleida de acuerdo con el modelo que se encuentra en la web promocioeconomica.cat, que deberá cumplimentarse por vía telemática.6.2 Las solicitudes irán firmadas por el representante legal de la entidad, e incluirán la documentación siguiente:A) Modelo de solicitud1. Las dades del solicitante.2. El objeto de la solicitud, con la descripción de la actuación para la que se solicita, el coste de la actuación a realizar y el importe de la subvención que se pide.3. La previsión de financiación de la actuación.4. La previsión temporal de su ejecución.5. Declaración responsable respecto a los extremos de los artículos 10 y 12 de las Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos:B) Documentación técnica específica. Consistente en la Ficha técnica de la actuación, según modelo determinado por la Diputación, en la que se hará constar la memoria relativa a los criterios de valoración a los que hace referencia el artículo 16 de esta convocatoria.C) Certificación o declaración responsable de existencia de oferta de comercio alimentario en el municipio emitido por el ente local que acredite o no la existencia de oferta de comercio alimentario, tienda de comestibles, panadería, supermercado o similar, o previstas en el momento de presentar la solicitud; en caso de que ya exista un punto de venta, el nuevo no podrá ofrecer los mismos productos que el existente.Todos los documentos que requieran firma deberán incorporar una firma electrónica generada a partir de un certificado electrónico que identifique al firmante, ya sea como persona o en ejercicio de su cargo, de acuerdo con lo que recoge el decreto de la Presidencia de la Diputación de Lleida 4625/2018, de 29 de octubre, de Política de firma electrónica de la Diputación de Lleida y de sus organismos dependientes (diputaciolleida.cat).En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, la Diputación de Lleida solicitará que se subsane o complete durante un período de 10 días hábiles, advirtiendo que, de incumplirse el plazo establecido, se archivará de oficio el expediente sin ningún trámite posterior.La presentación de la solicitud de subvención significa la plena aceptación de estas Bases.La Diputación podrá comprobar los datos que los beneficiarios aporten para el cálculo de las puntuaciones, pidiéndoles aclaraciones en caso de duda. Si una vez asignada la subvención se comprobase que alguno de los datos aportados no se ajusta a la realidad, el ente beneficiario deberá proceder a la devolución de la parte de la subvención que, de acuerdo con los datos reales, no le correspondería, además del resto de penalizaciones legalmente establecidas.Séptimo. Otros datosa) Criterios de valoración. Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes y, en su caso, la ponderación de estos criterios de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de las Bases generales reguladoras del otorgamiento de subvenciones de la Diputación de Lleida y sus organismos autónomos serán los siguientes:1. Población del municipio, según datos del Instituto de Estadística de Cataluña a enero de 2025: (Hasta 40 puntos)o Municipios rurales de hasta 500 habitantes: 40 puntos.o Municipios rurales de entre 501 y 2.000 habitantes: 20 puntos.o Municipios rurales de 2.000 habitantes o más: 10 puntos.2. Existencia de oferta de comercio alimentario activa en el municipio (tienda de comestibles, panadería, supermercado o similar): (Hasta 20 puntos)o No existe oferta de comercio alimentario: 20 puntos.o Hay una sola actividad de comercio alimentario: 15 puntos.o Hay más de una actividad de comercio alimentario: 5 puntos.3. Servicios asociados a la actividad a subvencionar:Se otorgarán las puntuaciones siguientes por cada uno de los servicios que integre el proyecto (Hasta un máximo de 20 puntos):o Comercio alimentario: 20 puntos.o Bar, restaurante y/o comida para llevar: 15 puntos.o Comercio no alimentario: 10 puntos.o Organización de actividades sociales y comunitarias: 5 puntos.o Servicio de entrega y recogida de productos: 5 puntos.o Servicios personales dirigidos al bienestar de las personas (podología, atención a la tercera edad, apoyo psicológico, fisioterapia, estética o similares): 3 puntos por cada servicio.o Servicios a niños y jóvenes (ludoteca, biblioteca, refuerzo escolar y similares): 3 puntos por cada servicio.o Cualquier otro servicio a las personas que facilite la sostenibilidad del establecimiento y dinamice la economía local (espacio de coworking, punto de información turística y similares): 1 punto por cada servicio.4. Inversión presentada de las acciones a subvencionar. Fondos propios (Hasta 20 puntos)o Hasta el 10% de la inversión correspondiente a fondos propios: 10 puntos.o Más del 10% y hasta el 20% correspondiente a fondos propios: 15 puntos.o Más del 20% correspondiente a fondos propios: 20 puntos.Para poder acceder a las subvenciones, las solicitudes deberán obtener una puntuación mínima de 60 puntos.c) Anticipo.Una vez comunicada la concesión de la ayuda, previa solicitud del beneficiario en un plazo máximo de 20 días desde la comunicación del otorgamiento de la ayuda, la Presidencia de la Diputación podrá autorizar un anticipo de hasta el 100% del importe de la subvención concedida.d) Período de ejecución. El período de ejecución comprende el período desde el 1 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2027.Se podrán justificar gastos realizados desde el 1 de enero de 2026.No se aceptan prórrogas en el período de ejecución.e) Compatibilidad de las ayudas. Las ayudas de esta convocatoria son compatibles con la obtención de cualquier ayuda adicional destinada a la misma actuación, con las limitaciones del párrafo siguiente. En cualquier caso, juntamente con las otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán exceder el coste de la actuación.En el caso de que alguna entidad disponga o firme un convenio/ayuda directa con la Diputación de Lleida para la misma actuación que se pretende subvencionar con esta convocatoria y cuyo período de ejecución esté dentro del período establecido en el artículo 10, no podrá recibir ayuda por los dos procesos y será necesario que renuncie a uno de los dos.
Bases y documentación
Texto en otra lengua de la convocatoriaPublicado 20/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSTexto en castellano de la convocatoriaPublicado 20/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSExtracto del acuerdo de la Junta de Gobierno de la Diputación de Lleida, en sesión de 19 de octubre de 2026, por el que se convocan las subvenciones para la creación de locales multiservicios de la demarcación de Lleida, anualidad 2026.Publicado 21/10/2026Bases generals reguladores de l`atorgament de subvencions de la Diputació de Lleida i dels seus organismes autònoms (2025)Información orientativa; confirma siempre las bases y el plazo en la sede oficial antes de presentar tu solicitud.