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Plazo no verificadoBDNS 936525

BBRR y Convocatoria abierta de subvenciones de concesión directa destinadas a clubes, hogares, asociaciones y/o federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de la provincia de cáceres para favorecer un envejecimiento activo. 2026

LOCAL · DIPUTACIÓN PROV. DE CÁCERES · DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES

Fuente BDNS / SNPSAP · Comprobación 22/10/2026 21:24 (España)

¿A quién se dirige?

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El tipo de destinatario no garantiza elegibilidad. Consulta los requisitos de las bases.

Ámbito territorial

ES432 - Cáceres

Tipo de convocatoria

Concesión directa - canónica

La fuente identifica una concesión directa. Que figure un plazo no implica que exista una solicitud abierta al público general. Consulta los beneficiarios y las bases oficiales.

Finalidad

Servicios Sociales y Promoción Social

Plazos, con su contexto.

El plazo depende de condiciones del texto oficial. Las fechas numéricas por sí solas no confirman que puedas solicitarla.

Inicio de solicitudes
No consta
Fin de solicitudes
No consta
Registro en BDNS
20/10/2026
Publicación en diario oficial
21/10/2026

Texto oficial de apertura: Desde el día siguiente a publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres

Texto oficial de cierre: 15 días hábiles desde el siguiente a publicación de la convocatoria y su extracto en BOP Cáceres

Solo se calcula un estado verificado con ambas fechas inequívocas y una consulta de la fuente en las últimas 24 horas. No se interpreta automáticamente el texto libre.

Extracto publicado

1.- OBJETO. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.OBJETO:Las presentes bases tienen por objeto la regulación, en régimen de concesión directa medianteconvocatoria abierta, de las subvenciones de la Diputación de Cáceres a favor de Clubes, Hogares,Asociaciones y/o Federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de municipios de laprovincia de Cáceres de menos de 20.000 habitantes, con el objeto de favorecer un envejecimientoactivo.El objeto de estas normas reguladoras es establecer las premisas específicas en el marco de laOrdenanza General de Subvenciones de esta Diputación para regular la concesión de subvencionespúblicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LGS, y en los arts 14.2 y 21 de laOGS y en la Base 41 de las de Ejecución del Presupuesto para el ejercicio 2026, habiéndose previstoque esta subvención se lleve a cabo mediante concesión directa en régimen de convocatoria abierta.Las actuaciones susceptibles de ser subvencionadas al amparo de las presentes bases serán aquellasque se encuentran recogidas en el listado de actividades subvencionables establecido en el Anexo I.Podrán ser SUBVENCIONABLES actividades que tengan por finalidad la consecución de uno ovarios de los siguientes objetivos específicos:- Fomentar hábitos saludables en la población mayor de 60 años que permitan mantener elbienestar integral, la autonomía funcional y prevenir el deterioro asociado a la edad promoviendo laactividad física, la alimentación equilibrada y la estimulación cognitiva.- Prevención del aislamiento social y fomento de las actividades intergeneracionales quepromuevan la inclusión e interacción social de las personas mayores en situación o riesgo de soledadno deseada, mediante el impulso de la participación comunitaria y el desarrollo de iniciativasintergeneracionales que favorezcan el tejido social y la cohesión comunitaria.- Promover el acceso a la cultura y el ocio mediante actividades dirigidas a la población mayorde 60 años fomentando su participación activa, mediante un enfoque de inclusión cultural y departicipación en actividades significativas.- Fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida a través de actividades formativas que favorezcan laautonomía personal y reduzcan la brecha digital generacional a través de la alfabetización en TICs,garantizando su pleno acceso a servicios esenciales, reforzando su participación social y promoviendoun envejecimiento activo que prevenga el aislamiento y la exclusión social.- Impulsar el tejido asociativo senior y empoderar a las personas mayores de 60 años mediantela capacitación técnica y organizativa de las juntas directivas y el despliegue de estrategias dedinamización social con el fin de favorecer el trabajo en red entre asociaciones y municipios,garantizar el relevo generacional y promover un modelo de envejecimiento activo.Quedan EXCLUIDAS de la convocatoria las solicitudes:- Cuyas actividades y actuaciones no vayan a ser llevadas a cabo íntegramente en la provincia deCáceres.- Cuyos objetivos no se adecúen a las bases de la convocatoria.- Que incluyan actividades puntuales como fiestas, viajes o comidas que constituyan una actividadaislada y no formen parte de un proyecto de envejecimiento activo en el que se incluyan actuacionesformativas y/o divulgativas y no estén incardinadas en la consecución de los objetivos de estaconvocatoria, de manera clara e inequívoca.2.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.Las subvenciones que se conceden al amparo de esta convocatoria se imputarán a la partidapresupuestaria 2026.04.2314.48620 denominada SUBV. CD. ASOC E INSTIT. SIN ÁNIMO DE LUCROENVEJECIMIENTO ACTIVO – PROGRAMAS SOCIALES PRIMARIOS del Presupuesto de laDiputación Provincial de Cáceres del año 2026. EL importe total destinado a esta convocatoria asciendea CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (148.000,00€), que se destinarán a financiar los gastosde naturaleza corriente que se deriven de la ejecución de las actuaciones subvencionables.El importe máximo a conceder a cada entidad que resulte beneficiaria será de 2.500,00€ destinada afinanciar los gastos de naturaleza corriente derivados de la ejecución de las actuacionessubvencionables realizadas por los Clubes, Hogares, Asociaciones y/o Federaciones de personasmayores, jubiladas y/o pensionistas de municipios de la provincia de Cáceres de menos de 20.000habitantes, que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y hayan presentadocorrectamente la correspondiente solicitud o, en su caso, hayan procedido a su subsanación dentro delplazo establecido al efecto. El orden de tramitación y, en su caso, de concesión de las ayudas vendrádeterminado por el orden de entrada de las solicitudes que reúnan todos los requisitos exigidos,atendiendo, a estos efectos, al día, hora y minuto en que se produzca su presentación.3.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN. SOLICITUD. DOCUMENTACIÓN.SISTEMA DE TRAMITACIÓN.La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de la DiputaciónProvincial de Cáceres.La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, incluyendo, en su caso,la fase de reintegro.La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemáticamente, a travésde la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir aotros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible serán presentadas en la sedeelectrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se formalizará laentrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del RegistroGeneral de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, publicado en el BOP n.º 74,de 21 de abril de 2010, modificado por Acuerdo de Pleno de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fuepublicada en el BOP n.º 163 de 23 de agosto.Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a cumplimentaren las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán serobligatoriamente utilizados cuando así proceda.La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es:                https://sede.dip-caceres.es.SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN.Cada entidad podrá presentar una única solicitud, cumplimentando todos los campos obligatorios delformulario general de la sede electrónica.Las solicitudes se cumplimentarán necesariamente con los medios electrónicos disponibles en la sedeelectrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, de acuerdo con las instrucciones publicadas a talefecto.En el formulario aparecerán las siguientes informaciones a completar:1.- Información del/a solicitante y conjunto de autorizaciones y declaraciones.Para proceder a la tramitación de la subvención, la entidad solicitante deberá introducir todos sus datosidentificativos en los campos marcados como obligatorios. El carácter obligatorio de la informaciónvendrá expresado de forma clara en la propia sede.Podrá autorizar a la Diputación Provincial de Cáceres para que pueda obtener directamente y/o pormedios telemáticos la información los datos necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitosestablecidos en las bases de este procedimiento.Deberá declarar de forma obligatoria no incurrir en ninguna causa de incompatibilidad que impidaacceder a la subvención así como autorizar recibir todas las comunicaciones y notificaciones que serealicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través el registro electrónico.2.- Documentación complementaria.Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se indica a continuación, con carácterobligatorio:    -   Acreditación del poder de representación, puede acreditarse mediante cualquier medio válido        en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.    -   CIF o, en su caso, certificación de delegaciones de sede, que acredite fehacientemente la        ubicación de la entidad en municipios de menos de 20.000 habitantes en la provincia de        Cáceres. En el caso de asociaciones que no cuenten con domicilio social en la provincia de        Cáceres, pero sí con delegación permanente, deberá aportarse documento acreditativo de la        inscripción de la delegación en el registro de asociaciones correspondiente y/o constar en sus        Estatutos.    -   Certificación de inscripción en el Registro correspondiente, en el que conste la fecha de        inscripción en el mismo.    -   Declaración responsable en la solicitud presentada, que acredite que esta al corriente de sus        obligaciones tributarias con la AEAT y al corriente de pago con la Tesorería General de la        Seguridad Social, tal y como se recoge en la Ordenanza General de Subvenciones en su        articulo 7.4: La convocatoria podrá prever la sustitución de determinados documentos y la        acreditación de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante declaración        responsable, siempre que se prevea de manera expresa en la norma reguladora de la        subvención. Las entidades beneficiariasde la presente convocatoria se encuentran incluidas en        lo recogido en el articulo 7.4.f) “Subvenciones destinadas a financiar proyectos o programas de        acción social y cooperación internacional que se concedan a entidades sin fines lucrativos, así        como a federaciones, confederaciones o agrupaciones de las mismas”.    -   Declaración Responsable de Terceros, cumplimentado el documento y firmado        electrónicamente (programa Autofirma u otro similar).*En el apartado “Cuenta” deberá rellenarse tanto los 2 dígitos del IBAN como los 20 dígitos de lacuenta cliente, es decir, se deberá rellenar por este orden:Los 2 dígitos del IBAN, los 4 dígitos de la entidad financiera, los 4 dígitos de la oficina, los 2 dígitos deldígito de control y los 10 dígitos del n.º de cuenta (automáticamente se pasa de un grupo a otro).Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información,podrá dirigirse por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará,en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los requisitos quese definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias digitalizadas de losdocumentos, y la Diputación generará almacenará los correspondientes códigos de huella digital,identificados fielmente del contenido presentado por la entidad solicitante. Una relación de documentos ysus huellas digitales asociadas será firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. LaDiputación podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Siel cotejo no pudiera llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional a la entidad solicitante laexhibición del documento o de la información original.PLAZO PRESENTACIÓN.El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a lapublicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, noadmitiéndose las presentadas fuera de plazo. La presentación de la solicitud por parte de la entidadinteresada implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria, así como el consentimientoinequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad conla Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.4.- OTROS DATOS DE INTERÉSGASTOS SUBVENCIONABLESLas entidades beneficiarias podrán destinar el importe de la subvención a la financiación de gastos denaturaleza corriente que estén directa, necesaria e inequívocamente vinculados a la ejecución delas actuaciones objeto de subvención, siempre que dichos gastos sean adecuados a la naturaleza yfinalidad de la actividad subvencionada y se ajusten a las condiciones y requisitos establecidos en laspresentes bases y en la correspondiente convocatoria.Entre otros, se consideran gastos subvencionables los destinados a:    -   Los gastos de servicios, suministros, arrendamientos, material y gastos del personal propio de        la entidad, que estén vinculados a la ejecución de las actuaciones subvencionables        relacionadas en el Anexo I.    -   Se admitirán gastos correspondientes a manutención, catering, comidas o alojamiento, tanto de        las personas beneficiarias como de los representantes de la entidad, en un porcentaje máximo        de un 15% sobre el importe concedido.    -   En cuanto a los gastos de transporte o desplazamientos, se subvencionarán los gatos tanto de        las personas beneficiarias como de los representantes de la entidad, un porcentaje máximo de        un 15% sobre el importe concedido.En relación con los gastos indirectos que genere la actividad subvencionada, se admitirá sucompensación mediante tanto alzado, de conformidad con el art 72.2 d) del RGS, en un porcentajemáximo de un 10% sobre el importe concedido.No serán subvencionables los gastos que en el art 31.7 de la Ley General de Subvenciones establececomo tales “en ningún caso”. Así mismo, no lo serán, los gastos de inversión ni gastos de adquisición oreposición de enseres inventariables, tampoco se considerarán como subvencionables, los gastoscorrientes correspondientes a reparaciones, mantenimiento y conservación. Atenciones protocolarias, notendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de premios tanto dinerarios como enespecie o similares. Actividades relacionadas con la promoción de la entidad en sí misma.Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a losmismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.PLAZO DE EJECUCIÓNEl plazo de ejecución de las actuaciones subvencionadas será desde 1 de noviembre de 2026 hasta el30 de septiembre de 2027.PLAZO JUSTIFICACIÓNEl plazo máximo de justificación será de 3 meses desde la finalización del plazo de ejecución, hasta el31 de diciembre de 2027.

Bases y documentación

Documento de la convocatoria en españolPublicado 20/10/2026Descargar archivo oficial · BDNSEXTRACTO Convocatoria abierta de subvenciones de concesión directa destinadas a clubes, hogares, asociaciones y/o federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de la provincia de cáceres para favorecer un envejecimiento activo. 2026Publicado 21/10/2026BBRR y Convocatoria abierta de subvenciones de concesión directa destinadas a clubes, hogares, asociaciones y/o federaciones de personas mayores, jubiladas y/o pensionistas de la provincia de cáceres para favorecer un envejecimiento activo. 2026